IV. Administración Local Albudeite 5484 Aprobación definitiva de ordenanzas municipales. Expte. 190/2023. El Pleno del Ayuntamiento de Albudeite, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de julio de 2023, aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza reguladora de la prestación del servicio municipal de abastecimiento de agua potable a domicilio y del servicio de alcantarillado que a continuación se detalla, habiéndose publicado anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia n.º 163, de 17 de julio de 2023 sin que se hayan producido alegaciones, por lo que, transcurrido el periodo de exposición pública, el acuerdo de aprobación provisional se entiende definitivamente adoptado de conformidad con lo dispuesto en el art. 17.3 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y el art. 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, siendo la modificación de la ordenanza la que a continuación se transcribe: NUEVAS TARIFAS: AGUA POTABLE. Usos domésticos: Euros/m³ Hasta 10 m³....................... 1.07 De 10 a 20 m³.................... 1,20 De 20 a 40 m³.................... 1,36 Mas de 41 m³..................... 1,72 Cuota del servicio ................ 7,30 €/bim Uso Comunidades Euros/m³ Cuota de consumo Hasta 50 m³....................... 1,39 De 50 a 100 m³................... 1,74 Más 100 m³........................ 2.06 Cuota de servicio: Hasta 50 m³ ...................... 16.65 De 50 a 100 m³ ................. 31.91 Más 100 m³ ...................... 48.55 Uso dentro penitenciario: Hasta 50 m³ ....................... 1,4 De 51 a 100 m³ .................. 1,74 Más de 100 m³ ................... 2,06 Cuota de servicio 0-50 m³ ........................... 16,65 51-100 m³ ....................... 32 Más de 101 ....................... 49 NUEVAS TARIFAS: ALCANTARILLADO. El artículo 6 de la ordenanza queda redactado como sigue: Artículo 7.º- 1. El importe estimado de esta tasa, no excede, en su conjunto del coste previsible de este Servicio, para cuya determinación se han tenido en cuenta los informes técnico-económicos a que hace referencia el artículo 25 de la Ley 39/1988. 2. La cuota tributaria correspondiente a la concesión de la licencia o autorización de acometida a la red de alcantarillado se exigirá por una sola vez y consistirá: a) Para viviendas, locales, similares en el caso urbano: 20 €. b) Para industrias, locales, similares en el polígono industrial:120 € 3.- Se establece una cuota fija de servicio de saneamiento por abonado y bimestre de 1.17 €/bimestre tanto para doméstico como no doméstico. Como cuota variable se establece: a) Uso doméstico: cada m³ a 1.08 € b) Uso no doméstico: cada m³ a 0,13 € Lo que se hace público haciendo saber que la aprobación de la ordenanza es definitiva y pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro que se estime pertinente. Albudeite, 14 de septiembre de 2023.—El Alcalde-Presidente, Jesús García Martínez. A-250923-5484