IV. Administración Local Albudeite 1514 Aprobación definitiva de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos. El pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el pasado día 14 de diciembre de 2016 adoptó acuerdo por el cual se aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos. Transcurrido el periodo de exposición pública sin que se hayan formulado alegaciones y habiendo quedado definitivamente aprobado, se publica a continuación el texto íntegro de la modificación, cumpliéndose así lo establecido en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos ?3.- Las cuotas resultantes se incrementarán en un 50% cuando los interesados solicitasen con carácter de urgencia la tramitación de los expedientes que motivasen el devengo. La tarifa a aplicar es la siguiente: Epígrafe primero: Censos de población de habitantes. 1.- Cambios de domicilio. 1,50 ? 2.- Certificado de empadronamiento: Exento 3.- Volante de empadronamiento: Exento Epígrafe segundo. Certificaciones y compulsas. 1.- Diligencia de cotejo de documentos: 0 ? 2.- Por certificaciones de acuerdos de los órganos de gobierno: 3,00 ?. 3.- Certificación de antigüedad de viviendas: 50,00 ?. Epígrafe tercero. Documentos de transmisión de dominio del I.B.I. 1.- De naturaleza rústica, por cada finca (modelo 903). 1,50 ? 2.- De naturaleza rústica, por cada finca (modelo 904). 1,50 ? 3.- De naturaleza urbana, por cada finca (modelo 901). 1,50 ? Epígrafe cuarto. Documentos expedidos o extendidos por las oficinas municipales. 1.- Por cada documento que se expida en fotocopia o folio: 0 ? 2.- Por cada contrato administrativo que se suscriba de obras bienes o servicios. 3,00 ? 3.- Fotocopia A4 o folio. 0 ? 4.- Fotocopia A3. 0 ? 5.- Fotocopia planos urbanísticos A3 o A4. 0 ? 6.- Envío de fax: por cada hoja enviada 0,65 ? Epígrafe sexto. Contratación de obras y servicios. 1.- Constitución, sustitución y devolución de fianzas para licitaciones y obras municipales, por cada acto. 20,00 ? 2.- Certificaciones de obra, cada una. 20,00 ? 3.- Acta de recepción de obras, cada una. 20,00 ? Epígrafe séptimo: Por informes de Policía y acuerdos e informes de actividades. Por cada informe que haya de evacuar la Policía con respecto a expedientes en que ello sea necesario: 5,00 ?. Por el ejercicio de la actividad administrativa de comprobación de ajuste de los locales a la normativa sobre otorgamiento de licencias: 50,00 ?. Por cambio en la tarificación del servicio de basura: 5,00 ?. Epígrafe octavo. Otros expedientes o documentos. Por celebración de matrimonio civil: 0 ? Por cualquier otro expediente o documento no expresamente tarifado: 1,50 ? La presente modificación entrará en vigor una vez publicada su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresa. Lo que se hace público para su general conocimiento, advirtiéndose que contra la ordenanza anteriormente expresada, podrá interponerse, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, conforme a lo dispuesto en el artículo 107.3 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-Administrativa. También podrá utilizarse, no obstante, otros recursos, si se estimase oportuno. Albudeite, a 21 de febrero de 2017.?El Alcalde-Presidente, Jesús García Martínez. A-020317-1514