¿OC¿ Albudeite ¿OF¿¿SUC¿ 14495 Aprobación definitiva de la modificación de Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana. ¿SUF¿¿TXC¿ No habiéndose presentado reclamaciones al acuerdo de aprobación provisional de la modificación provisional de la modificación de la Ordenanza Fiscal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, se inserta, a continuación, el texto modificado, a efectos de su entrada en vigor, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales. Ordenanza reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana: Art. 3.- Conforme el artículo 72 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el tipo impositivo se fija: A) En bienes de naturaleza urbana: 0,70 % Art. 4.- La cuota de este impuesto será la resultante de aplicar a la base imponible: a) En los bienes de naturaleza urbana, el tipo de gravamen de 0,70 por ciento, totalizado en el apartado A) del artículo anterior. En Albudeite a 12 de diciembre de 2005.¿El Alcalde, Joaquín Martínez García. ¿TXF¿ ¿¿