IV. Administración Local Águilas 17848 Aprobación definitiva de ordenanzas 2013. Elevado a definitivo el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 25 de octubre de 2012 de aprobación inicial de modificación y aprobación de ordenanzas Fiscales, al no haberse presentado reclamaciones ni sugerencias durante el periodo de información pública y audiencia a los interesados. En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se publican su texto íntegro y artículos modificados a efectos de su entrada en vigor. Contra dicha aprobación definitiva se podrá interponer recurso contencioso- administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Región. Modificación de ordenanzas Fiscales. Todas las modificaciones, que a continuación se detallan, surtirán efectos a partir del día 1 de enero de 2013 y seguirán en vigor en ejercicios sucesivos en tanto no se acuerde su modificación o derogación. Ordenanza Fiscal del impuesto sobre bienes inmuebles. Art. 2.- Las cuotas de este impuesto será el resultado de aplicar a la base imponible. % a) En bienes de naturaleza urbana: 0,740 b) En bienes de naturaleza rústica: 0,800 c) En bienes inmuebles de características especiales: 0,832 Ordenanza reguladora de la tasa por recogida de basuras a domicilio. Modificación del artículo 7, 2) correspondientes a los tipos impositivos de esta tasa, quedando como sigue: Tar. Propuest Por cada vivienda, al mes: Zonas de 1.ª 11,06 ? Resto de calles 8,15 ? Restaurantes, supermecados, hoteles, hostales, etc. al mes, todas las zonas 64,05 ? Lonjas de pescado, al mes, todas las zonas 109,47 ? Locales negocios, bares, etc. al mes: Zonas de 1.ª 22,71 ? Resto de calles 16,77 ? Tarifa social: Zonas de 1.ª 5,53 ? Resto de calles 4,08 ? En Águilas a 4 de diciembre de 2012.?El Alcalde, Bartolomé Hernández Giménez. A-121212-17848