¿OC¿ Águilas ¿OF¿¿SUC¿ 587 Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza municipal de mercados y similares. ¿SUF¿¿TXC¿ Elevado a definitivo el acuerdo adoptado por el Pleno de esta Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 31 de octubre de 2002, de aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza Municipal de Mercados y Similares, al no haberse presentado reclamaciones ni sugerencias durante el período de información pública y audiencia a los interesados; se procede a la publicación del texto íntegro de las modificaciones en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, al efecto de su entrada en vigor, una vez transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 del mismo texto legal, en los siguientes términos: El artículo 4, apartado 6, queda redactado del siguiente modo: «6) Haber constituido una fianza en la caja municipal de dos mensualidades, excepto en los puestos eventuales, en que la fianza consistirá en el duplo del precio público a pagar por la utilización del suelo. Las fianzas se cancelarán a los quince días siguientes de cesar en la actividad. Para los puestos de venta del Carnaval, la fianza será de 42,07 euros por cada metro cuadrado de ocupación. Dicha fianza se actualizará automáticamente en función del IPC.» Contra dicha aprobación definitiva podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia; sin perjuicio de que se ejercite, en su caso, cualquier otro que se estime procedente. Dado en Águilas a 8 de enero de 2003.¿El Alcalde, Juan Ramírez Soto. ¿TXF¿ ¿¿