Abarán 15230 Aprobación definitiva modificación ordenanza precios públicos. No habiéndose presentado reclamaciones contra el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en sesión del día 12 de septiembre de 2006, sobre modificación de la Ordenanza Fiscal de Precios Públicos, añadiendo un apartado G) al Anexo I de dicha Ordenanza, a tenor del artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 4 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda elevado el citado acuerdo a definitivo, lo que se publica junto con el texto que se modifica de la correspondiente Ordenanza, a los efectos de su entrada en vigor, conforme dispone el número 4 de dicho precepto. G) Piscina Cubierta 1.- Cuotas Mensuales Adultos (22-64 años) 12 ¿ Matrimonio o pareja 20 ¿ Mayores de 65 años y pensionistas 6 ¿ Joven (14-21 años) 9 ¿ Joven con padre o madre abonado 7 ¿ Joven con padres abonados 5 ¿ Infantil (2-13 años) 6 ¿ Infantil con padre o madre abonado 3 ¿ Infantil con padres abonados. 0 ¿ Todas las personas no empadronadas en Abarán tendrán un aumento de las cuotas mensuales del 25 %. 2.- Precios entradas Una sesión de baño libre menos de 14 años. 1,5 ¿ Una sesión de baño libre adultos 2,5 ¿ 3.- Precios Actividades 3.1.- Trimestrales Actividades 3 días/semana adultos 60 ¿ Actividades 2 días/semana adultos 45 ¿ Actividades 3 días/semana niños 45 ¿ Actividades 2 días/semana niños 30 ¿ Natación escolar 8 ¿ 3.2.- Bimensuales Actividades 3 días/semana adultos 40 ¿ Actividades 2 días/semana adultos 30 ¿ Actividades 3 días/semana niños 30 ¿ Actividades 2 días/semana niños 20 ¿ Natación escolar 5.50 ¿ 4.- Bonificaciones 4.1.- No abonados Los pertenecientes a familias numerosas, pensionistas o personas con discapacidad superior al 33%: 20% en las actividades programadas. 4.2.- Abonados Los pertenecientes a familias numerosas o personas con discapacidad superior al 33%: 20%. 20% en las actividades deportivas programadas y preferencia de inscripción en las mismas. Abarán, 9 de noviembre de 2006.¿El Alcalde.