Abarán 2029 Declaración de inviabilidad de la aprobación definitiva del Plan Parcial de la UBLE Industrial “Las Colonias”. El Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el día de 13 diciembre de 2007 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo en los términos que a continuación se exponen: “VI. Declaración de inviabilidad de la aprobación definitiva del Plan Parcial de la UBLE Industrial “Las Colonias”, a los efectos previstos en la Ley 9/2006, de 28 de abril.- Se da cuenta del dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Vivienda y Obras cuyo contenido literal es el siguiente: “Se presenta a la Comisión propuesta de la Concejalía de Urbanismo del siguiente tenor: “El Plan Parcial de la UBLE Industrial Las Colonias, fue aprobado inicialmente por este Ayuntamiento, mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 10 de marzo de 2005, siendo su primer acto preparatorio formal la Providencia de la Alcaldía, de fecha 12 de enero de 2004, ordenando a los servicios técnicos municipales, la obtención de la relación de propietarios, y la convocatoria a una reunión con los mismos, que se celebra el 4 de febrero de 2.004, al técnico redactor de los instrumentos de desarrollo y a la Comisión Gestora de la misma, anteriores por tanto al 21 de Julio de 2004 La Comisión Técnica de Evaluación Ambiental se reunió el pasado día 26 de mayo de 2006. La citada comisión acordó, según consta en el acta de dicha reunión “Realizar propuesta de declaración de Impacto Ambiental favorable, condicionada la redacción del anexo técnico de la propuesta de Declaración de Impacto Ambiental, al informe de la Dirección General del Medio Natural.” La decisión de inviabilidad a que se refiere la Disposición Transitoria Primera de la Ley 9/2006, corresponde hacerla al órgano promotor de este Plan Parcial, que en este caso es el Ayuntamiento de Abarán. La aprobación definitiva de los Planes Parciales sin sectorizar, compete al Pleno de la Corporación, como instrumentos de ordenación del Planeamiento que son. Por todo ello, Vista la tramitación del expediente de referencia, queda justificada la inviabilidad de su aprobación definitiva, con anterioridad al 21 de julio de 2006, por lo que se considera de aplicación la excepción prevista en la Disposición Transitoria Primera, apartado segundo, de la Ley 9/2006. Teniendo en cuenta que la declaración de inviabilidad deberá ser publicada en el BORM para general conocimiento, conforme a la citada disposición y notificada a la Dirección General de Calidad Ambiental, Vengo a proponer, al Ayuntamiento Pleno, la adopción de los siguientes acuerdos: Primero.- Declarar la inviabilidad de la aprobación definitiva del Plan Parcial de la UBLE Industrial Las Colonias, de Abarán, con anterioridad al 21 de julio de 2006, a los efectos previstos en la Disposición Transitoria primera de la Ley 9/2006. Segundo.- Ordenar la publicación del presente acuerdo en el B.O.R.M., y notificación a la Dirección General de Calidad Ambiental.” No habiendo debate, y examinados los documentos por los miembros de la Comisión, realizada la tramitación legalmente establecida y vista la competencia del Pleno, en virtud de los artículos 22.2.d) y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por la Presidencia se somete a votación la propuesta presentada, arrojando el siguiente resultado: GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, 3 VOTOS A FAVOR DE LA PROPUESTA GRUPO MUNICIPAL POPULAR, 4 VOTOS A FAVOR DE LA PROPUESTA Por Secretaría se procede al recuento de los votos emitidos, anunciando a la vista del mismo que la Comisión de Urbanismo, Vivienda y Obras, dictamina favorablemente, por unanimidad de los miembros asistentes a la sesión, la transcrita Propuesta, elevando al Pleno la adopción del siguiente ACUERDO: Primero.- Declarar la inviabilidad de la aprobación definitiva del Plan Parcial de la UBLE Industrial Las Colonias, de Abarán, con anterioridad al 21 de julio de 2006, a los efectos previstos en la Disposición Transitoria primera de la Ley 9/2006. Segundo.- Ordenar la publicación del presente acuerdo en el B.O.R.M., y notificación a la Dirección General de Calidad Ambiental.” Finalizado el debate se produjo la preceptiva votación que arrojó el siguiente resultado: GRUPO MUNICIPAL POPULAR, 9 VOTOS A FAVOR DE LA PROPUESTA. GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA, 7 VOTOS A FAVOR DE LA PROPUESTA. GRUPO MUNICIPAL IU+LOS VERDES, 1 VOTO A FAVOR DE LA PROPUESTA. Queda aprobada, por unanimidad de los sres. Asistentes a la sesión, la DECLARACION DE INVIABILIDAD DE LA APROBACION DEFINITIVA DEL PLAN PARCIAL DE LA UBLE INDUSTRIAL “LAS COLONIAS”, A LOS EFECTOS PREVISTOS EN LA LEY 9/2006, DE 28 DE ABRIL, así como los acuerdos contenidos en la transcrita propuesta incluida en el Dictamen. Lo que se publica de conformidad con lo previsto en el art.º 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, significándole que el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa y, contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo máximo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. No obstante, y sin perjuicio de la formulación de cualquier otro que se estime procedente, podrá interponer- previamente al contencioso administrativo- recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, computado desde el día siguiente al de su notificación ( o publicación en su caso), no pudiendose, en este caso, interponer el recurso contencioso administrativo hasta que este de reposición sea resuelto expresamente o desestimado presuntamente por el transcurso de un mes desde su interposición, sin que se le haya notificado resolución expresa. Abarán, 25 de enero de 2008.—El Alcalde. ——