IV. Administración Local Abanilla 3730 Anuncio relativo a la aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio publico de alcantarillado. No habiéndose formulado reclamaciones contra el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en la sesión extraordinaria celebrada el día 20 de diciembre de 2010, relativo a la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por prestación del servicio público de alcantarillado, cuyo texto se publica a continuación, se entiende definitivamente adoptado dicho acuerdo, hasta entonces provisional, conforme al artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Si se desea impugnar el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, procede interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el BORM. Abanilla, 14 de febrero de 2011.?El Alcalde, P.D Firma Decreto núm. 306/09 de 29 de abril, Miguel Castillo López. MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALCANTARILLADO Se modifica el artículo 6 de la Ordenanza, que pasa a tener la siguiente redacción: Cuota tributaria Artículo 6.1.- La cuantía de la tasa, regulada en esta Ordenanza, será la fijada en las tarifas contenidas en el apartado siguiente: CUOTA DE SERVICIO DOMÉSTICOS Cuota de servicio Euros/Trimestre 13 5,30 15 5,30 20 5,30 25 5,30 30 5,30 40 5,30 CUOTA DE SERVICIO INDUSTRIAS Cuota de servicio Euros/Trimestre 13 6,80 15 6,80 20 6,80 25 6,80 30 6,80 40 6,80 DOMÉSTICOS Cuota de consumo Euros/m3 0-10 0,099550 11-35 0,142200 36-50 0,213100 51-75 0,269700 >75 0,312300 INDUSTRIAS Cuota de consumo Euros/m3 Único 0,250200 La acometida a la red de alcantarillado, queda fijada en 18,03 euros. A-110311-3730