¿OC¿ Abanilla ¿OF¿¿SUC¿ 1780 Aprobación definitiva de modificación de ordenanza. ¿SUF¿¿TXC¿ No habiéndose formulado reclamaciones contra el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en la sesión ordinaria celebrada el día 21 de noviembre de 2005, relativo a la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio público de recogida de alcantarillado para el ejercicio 2006, cuyo texto se publica a continuación, se entiende definitivamente adoptado dicho acuerdo, hasta entonces provisional, conforme al artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, pudiéndose interponer contra el mismo recurso contencioso-administrativo a partir de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» en la forma y plazos establecidos en las normas reguladoras de dicha jurisdicción. Abanilla a 2 de febrero de 2006.¿El Alcalde, Fernando Molina Parra. La nueva redacción del artículo 6 conforme la modificación aprobada, queda con el siguiente contenido: Cuota tributaria Art.6.1.- La cuantía de la tasa, regulada en esta Ordenanza será la fijada en las tarifas contenidas en el apartado siguiente: Cuota servicio domésticos Cuota de servicio Euros/ Trimestre 13 3,8000 15 3,8000 20 3,8000 25 3,8000 30 3,8000 40 3,8000 Cuota servicio industrias Cuota de servicio Euros/ Trimestre 13 5,3000 15 5,3000 20 5,3000 25 5,3000 30 5,3000 40 5,3000 Domésticos Cuota de servicio Euros/ Trimestre 0-10 0,099550 11-35 0,142200 35-50 0,213100 51-75 0,269700 >75 0,312300 Industrias Único Euros/m³ 0,150200 La Licencia de acometida a la red de alcantarillado, queda establecida en 18,03 euros, con independencia que sea o no de nueva instalación. ¿TXF¿ ¿¿