I. Comunidad Autónoma 1. Disposiciones Generales Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital 471 Orden de 29 de enero de 2025 de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital por la que se modifica la Orden de 23 de diciembre de 2024 de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, por la que se regula la aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2024, durante el ejercicio 2025. Con fecha 27 de diciembre de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de la Región de Murcia la Orden de 23 de diciembre de 2024 de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, por la que se regula la aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2024, durante el ejercicio 2025. En virtud de la misma, y al amparo del artículo 33.4 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre, se regulan las condiciones de aplicación de la prórroga para el ejercicio 2025 de la Ley 4/2023, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2024, con efectos de 1 de enero de 2025. La presente modificación de la Orden de prórroga viene motivada por la necesidad de resolver posibles desajustes producidos por la existencia de gastos plurianuales o de tramitación anticipada que se deban contabilizar en 2025 pero no cuenten con crédito suficiente en el presupuesto prorrogado, dado que por su naturaleza no pudieron preverse en el mismo. En su virtud, a propuesta conjunta de la Dirección General de Presupuestos y Fondos Europeos y de la Intervención General de la Comunidad Autónoma, Dispongo Artículo Único. Modificación de la Orden de 23 de diciembre de 2024 de la Consejería de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, por la que se regula la aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2024, durante el ejercicio 2025. Se añade un nuevo apartado 5 al artículo 4, con la siguiente redacción: «5. Una vez cargados los créditos iniciales del presupuesto 2024, según lo indicado en el apartado 2 del presente artículo, por la Intervención General se procederá a imputar al mismo los compromisos de gastos plurianuales procedentes de ejercicios anteriores, así como los gastos que hubiesen sido objeto de tramitación anticipada, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional primera de la Ley 4/2023, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2024. No obstante, lo anterior, no se imputarán los compromisos de gastos plurianuales procedentes de ejercicios anteriores, así como los gastos que hubiesen sido objeto de tramitación anticipada, respecto de los que sea necesario tramitar incorporaciones y/o generaciones de crédito, en los que exista crédito suficiente a nivel de vinculación, pero no cuenten con el crédito suficiente en el proyecto de gasto que figure en el presupuesto prorrogado. En este caso, las consejerías y organismos autónomos afectados propondrán a la Consejería competente en materia de hacienda el listado de expedientes que no deban imputarse, que deberá ser verificado por la Dirección General de Presupuestos y Fondos Europeos con carácter previo a su exclusión de imputación por parte de la Intervención General.» Disposición final única. La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Murcia, 29 de enero de 2025.—El Consejero de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y Transformación Digital, Luis Alberto Marín González. A-010225-471