I. Comunidad Autónoma 1. Disposiciones Generales Consejería de Cultura y Turismo 4009 Orden de 23 de febrero de 2012, del Consejero de Cultura y Turismo, por la que se crean y suprimen ficheros con datos de carácter personal gestionados por la Consejería de Cultura y Turismo. La creación, modificación o supresión de los ficheros de titularidad pública de esta Administración Pública Regional sólo podrá hacerse mediante disposición general o acuerdo publicados en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en los artículos 52 y 53 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre (BOE nº 17, de 19 de enero de 2008), por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la citada ley. Por Orden de 16 de marzo de 2011, de la Consejería de Cultura y Turismo (BORM n.º 81, de 8/04/2001) se creó un fichero con datos de carácter personal gestionados por la Consejería de Cultura y Turismo. La Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre, de la Agencia Española de Protección de Datos sobre el ?Tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras?, establece unas directrices generales para adecuar los tratamientos de datos personales de imagen con fines de vigilancia, a los principios de la Ley Orgánica de Protección de Datos y garantizar así los derechos de las personas cuyas imágenes son tratadas. En cumplimiento de las disposiciones citadas y en aplicación de la Circular 1/2009, de 17 de noviembre, de la Dirección General de Calidad e Innovación de los Servicios Públicos, por la que se establece el procedimiento para la creación, modificación, supresión y notificación de ficheros públicos con datos personales en la Administración Pública de la Región de Murcia y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma 12/2011, de 27 de junio (BORM nº 146, de 28/06/2011), de reorganización de la Administración Regional y por el Decreto del Consejo de Gobierno 145/2011, de 8 de julio, por el que se establecen los órganos directivos de la Consejería de Cultura y Turismo y de acuerdo con la regulación que para el ejercicio de la potestad reglamentaria establecen el artículo 38 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, y el artículo 16.2 apartado d) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, y para asegurar a los ciudadanos el ejercicio de sus legítimos derechos en materia de protección de datos personales. Dispongo: Artículo 1.- Objeto Esta Orden tiene por objeto la creación, supresión y publicación de ficheros de datos de carácter personal dependientes de la Consejería de Cultura y Turismo. Artículo 2.- Creación de ficheros de datos de carácter personal Se crean los ficheros de datos de carácter personal dependientes de la Consejería de Cultura y Turismo que se relacionan y describen en el Anexo I de la presente Orden, en los términos y con las condiciones fijadas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que la desarrolla. Artículo 3.- Supresión de ficheros existentes Se suprime el fichero de datos de carácter personal dependiente de la Consejería de Cultura y Turismo que se describe en el Anexo II de esta Orden. El destino de la información contenida en el citado fichero queda especificado, asimismo, en este Anexo II. Artículo 4.- Garantía y seguridad de los datos Los titulares de los órganos administrativos responsables de los ficheros regulados en esta Orden, adoptarán las medidas necesarias para asegurar que los datos de carácter personal contenidos en los ficheros se usen para la finalidad para la que fueron recogidos, así como para hacer efectivos los derechos, obligaciones y garantías reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, de desarrollo de la citada ley orgánica. Artículo 5.- Derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos Los interesados cuyos datos de carácter personal estén incluidos en los ficheros regulados en esta Orden, podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos, mediante escrito dirigido al servicio o unidad específico que se determine para cada fichero concreto o, en su defecto, al órgano responsable del mismo. Artículo 6.- Obligaciones de los cesionarios de datos de carácter personal Los órganos responsables de los ficheros regulados en esta Orden, advertirán expresamente a los cesionarios de los datos y a los encargados de tratamiento, si los hubiere, de su obligación de dedicarlos exclusivamente a la finalidad para la que se ceden, de acuerdo con lo regulado en los artículos 4.2, 11.5 y 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en los artículos 8, 20 y concordantes, del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. Artículo 7.- Obligaciones de los encargados de tratamiento De acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, si se realizan tratamientos de datos de ficheros públicos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia por ?encargados de tratamiento?, se deben suscribir los correspondientes contratos con el ?Órgano Responsable? del fichero en los términos del citado artículo 12. Disposiciones finales Primera.- Inscripción de los ficheros en el Registro General de Protección de Datos Los ficheros de datos de carácter personal contenidos en esta Orden, serán notificados a la Agencia Española de Protección de Datos por la Secretaria General de la Consejería de Cultura y Turismo, para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos. Segunda.- Remisión a determinados órganos Una vez inscritos los ficheros en el Registro General de la Agencia Española de Protección de Datos, la Secretaria General de la Consejería enviará copia de las resoluciones de inscripción al centro directivo de quien dependen los ficheros y a la Inspección General de Servicios. Tercera.- Entrada en vigor. La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Murcia, 23 de febrero de 2012.?El Consejero de Cultura y Turismo, Pedro Alberto Cruz Sánchez. Anexo I: Ficheros de nueva creación de la Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura y Turismo 1- Museos y Colecciones Museográficas de la Región de Murcia 2- Censo de Instalaciones Museográficas de la Región de Murcia FICHERO N.º 1: MUSEOS Y COLECCIONES MUSEOGRÁFICAS DE LA REGIÓN DE MURCIA a) Nombre del fichero: MUSEOS Y COLECCIONES MUSEOGRÁFICAS DE LA REGIÓN DE MURCIA b) Finalidad y usos previstos: - Gestión de museos de titularidad autonómica y museos de titularidad estatal de gestión transferida. - Inscripción y seguimiento de los museos y colecciones museográficas de la Región de Murcia. - Gestión y coordinación del Sistema de Museos de la Región de Murcia. c) Origen y procedencia de los datos: el interesado o su representante legal, otras personas físicas, fuentes accesibles al público, registros públicos, entidades privadas o administraciones públicas. d) Colectivo o categorías de interesados: ciudadanos y residentes, asociados o miembros, proveedores, personas de contacto, solicitantes y sus representantes legales.¡Error! Marcador no definido. e) Tipos de datos, estructura y organización del fichero: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono, correo electrónico, firma, imagen, infracciones administrativas, estatutos y acuerdos de constitución, datos académicos y profesionales, instalaciones y fondos museísticos, transacciones de bienes y servicios y datos económicos. f) Sistema de tratamiento utilizado: mixto g) Cesión o comunicación de datos: Asamblea Regional. h) Transferencias internacionales de datos a países terceros: no contiene transferencias de datos a otros países. i) Nivel de seguridad exigible: medio. j) Responsable del fichero: Director General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura y Turismo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con domicilio en Plaza de Julián Romea, s/n, Palacio González Campuzano, 1.ª planta, 30071, Murcia. k) Servicio para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, oposición o cancelación de datos personales: Servicio de Museos y Exposiciones de la Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura y Turismo, con domicilio en Avda. Alfonso X el Sabio, nº 7, Museo Arqueológico de Murcia, 2.ª planta, 30071, Murcia. FICHERO Nº 2: CENSO DE INSTALACIONES MUSEOGRÁFICAS DE LA REGIÓN DE MURCIA a) Nombre del fichero: CENSO DE INSTALACIONES MUSEOGRÁFICAS DE LA REGIÓN DE MURCIA b) Finalidad y usos previstos: Recopilación de datos de instalaciones museográficas de la Región de Murcia, para gestión y tratamiento estadístico. c) Origen y procedencia de los datos: el interesado o su representante legal. d) Colectivo o categorías de interesados: propietarios, representantes legales y empleados. e) Tipos de datos y estructura del fichero: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección postal, teléfono, correo electrónico, datos académicos y profesionales, datos económicos e instalaciones y fondos museísticos. f) Sistema de tratamiento utilizado: mixto g) Cesión o comunicación de datos: División de Estadísticas Culturales y Subdirección General de Museos Estatales, del Ministerio de Cultura h) Transferencias internacionales de datos a países terceros: no se prevén. i) Nivel de seguridad exigible: medio. j) Responsable del fichero: Director General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura y Turismo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con domicilio en Plaza de Julián Romea, s/n, Palacio González Campuzano, 1.ª planta, 30071, Murcia. k) Servicio para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, oposición o cancelación de datos personales: Servicio de Museos y Exposiciones de la Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura y Turismo, con domicilio en Avda. Alfonso X el Sabio, nº 7, Museo Arqueológico de Murcia, 2.ª planta, 30071, Murcia. Anexo II: Fichero Suprimido Nombre del fichero: Protocolo de Museos y Artes Plásticas a) Código de inscripción asignado por la Agencia: 1943292252 b) Motivos de la supresión: creación de un nuevo fichero. c) Destino de los datos contenidos en el fichero y previsiones adoptadas para su destrucción: traspaso de datos a un nuevo fichero. A-100312-4009