I. Comunidad Autónoma 3. Otras disposiciones Consejería de Sanidad y Política Social I.M.A.S. 9812 Corrección de errores de la Orden de 24 de enero de 2013 de la Consejera de Sanidad y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a instituciones sin fin de lucro para el desarrollo de programas destinados a la integración socio-laboral y mejora de la empleabilidad de personas en situación o riesgo de exclusión social o con especiales dificultades. Advertidos errores en la Orden de 24 de enero de 2013, de la Consejería de Sanidad y Política Social, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a instituciones sin fin de lucro para el desarrollo de programas destinados a la integración sociolaboral y mejora de la empleabilidad de personas en situación o riesgo de exclusión social o con especiales dificultades, publicada en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» número 33, de 9 de febrero de 2013, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones: En el artículo 4, donde dice: «?, siempre que su edad esté comprendida entre los 15 y los 64 años?», debe decir: «?, siempre que su edad esté comprendida entre los 16 y los 64 años?.» En el artículo 4, donde dice: «Personas en situación de desarraigo social» debe decir: «Personas en situación de vulnerabilidad social.» En el artículo 18, apartado 1, añadir un nuevo párrafo que corresponde a la letra e) que dice: «e) Declaración responsable de haber recibido o no otras subvenciones (anexo III bis).» En el artículo 25, apartado 3, párrafo a) donde dice: «Para todos los datos anteriores es preciso indicar el número de participantes, diferenciados por sexo y grupos de edad (15-24 años, entre 25 y 54 años y entre 55-64 años)?» debe decir: «Para todos los datos anteriores es preciso indicar el número de participantes, diferenciados por sexo y grupos de edad (entre 16 y 24 años, entre 25 y 54 años y entre 55 y 64 años)...» En ese mismo apartado y párrafo del artículo 25 donde dice: «En los contratos de trabajo realizados con las Ayudas previstas en el artículo 13.2, deberá constar que se encuentran financiados por el programa de integración socio-laboral y mejora de la empleabilidad, cofinanciado en un 80% por el Fondo Social Europeo y un 20% por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y que este contrato supondrá la aceptación de ser incluido en la lista pública prevista en el Artículo 7, apartado 2, letra d del Reglamento (CE) 1828/2006 de la Comisión.», debe decir: «En los contratos de trabajo realizados con las Ayudas previstas en el artículo 13.2, deberá constar que se encuentran financiados por el programa de integración socio-laboral y mejora de la empleabilidad, cofinanciado en un 80% por el Fondo Social Europeo y un 20% por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.» En el artículo 25, apartado 3, párrafo b) 2.º donde dice: «-Para personal contratado: Anexos V y IX (?Relación de costes de personal? y ?Relación de gastos de personal contratado?)» debe decir: «-Para personal contratado: Anexo IX (?Relación de gastos de personal contratado?).» Murcia, 7 de junio de 2013.?La Consejera de Sanidad y Política Social, M.ª Ángeles Palacios Sánchez. A-220613-9812