I. Comunidad Autónoma 1. Disposiciones Generales Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas 12713 Orden de 29 de junio de 2010, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se modifica la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia. La Ley de la Función Pública de la Región de Murcia, cuyo Texto Refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, así como la normativa reglamentaria que la desarrolla, en especial el Decreto 46/90, de 28 de junio, configuran las relaciones de puestos de trabajo como el instrumento técnico a través del cual se racionaliza y ordena la Función Pública Regional, determinando sus efectivos de acuerdo con las necesidades actuales de los servicios y precisando los requisitos exigidos para el desempeño de cada puesto así como sus características, estableciéndose, asimismo, el carácter público de las mismas. Por Orden de 30 de mayo de 1997, de la Consejería de Presidencia, se aprueba la relación de puestos de trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia (suplemento n.º 4 del B.O.R.M., n.º 131, de 10 de junio). Por Orden de 22 de enero de 1999, de la Consejería de Presidencia, por la que se modifica la relación de puestos de trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia (BORM n.º 36, de 13 de febrero), se hizo pública la misma adaptada al modelo establecido por el Decreto 32/1998, de 4 de junio. Por Orden de 11 de marzo de 2004, de la Consejería de Hacienda se hizo pública la relación de puestos de trabajo de la Administración Pública de la Región de Murcia actualizada a fecha 1 de marzo de 2004, ajustada al modelo aprobado. La modificación de la relación de puestos de trabajo que se lleva a cabo mediante esta orden deriva de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, y en el apartado Cinco del artículo 1 de la Ley 1/2010, de 28 de junio, por la que se modifica la Ley 14/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2010, que da nueva redacción, entre otros, al artículo 28 de la Ley 14/2009. La modificación legal ha de tener el adecuado reflejo en la relación de puestos de trabajo, y ello porque, conforme al artículo 3 del Decreto 46/1990, de 28 de junio, por el que se aprueba el modelo y dicta normas para la aprobación y modificación de las relaciones de puestos de trabajo, éstas han de indicar necesariamente el complemento específico que corresponda a cada puesto de trabajo. El complemento específico se ve afectado por lo establecido en el artículo 28.2.d) de la Ley 14/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en la redacción dada por la Ley 1/2010, de 28 de junio. En aplicación del mencionado artículo, con efectos de 1 de junio de 2010, la cuantía anual del complemento específico que percibe el personal incluido en el ámbito de aplicación de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios, una vez adecuada a lo establecido en el párrafo tercero del artículo 28.2, apartado d), de la Ley 14/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2010, experimentará con carácter general una reducción del 3,65 por ciento respecto de la vigente a 31 de mayo de 2010. En su virtud, y en uso de la facultad conferida por el artículo 19.5 del Texto Refundido de la Ley de Función Pública de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, Dispongo: Primero.- Modificar, con efectos 1 de junio de 2010, la cuantía del complemento específico asignado a los puestos de trabajo para que, conforme al artículo 28.2.d) de la Ley 14/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2010, en la redacción dada por la Ley 1/2010, de 28 de junio, la cuantía anual del complemento específico que percibe el personal incluido en el ámbito de aplicación de la Mesa Sectorial de Administración y Servicios experimente con carácter general una reducción del 3,65 por ciento respecto de la vigente a 31 de mayo de 2010. Segundo.- La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. La Consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, M.ª Pedro Reverte García. A-130710-12713