I. Comunidad Autónoma 1. Disposiciones Generales Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas 4979 Orden de 10 de marzo de 2010 por la que se crean, modifican y suprimen ficheros con datos de carácter personal gestionados por la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas. La creación, modificación o supresión de los ficheros de titularidad pública de esta Administración Pública Regional sólo podrá hacerse mediante Disposición General o Acuerdo publicados en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en los artículos 52 y 53 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la citada Ley. Por Orden de 27 de Julio de 1994, de creación y uso de ficheros de datos de carácter personal, pertenecientes a la Consejería de Presidencia, se creó el fichero “Registro General”, que ahora se modifica y por Orden de 14 de julio de 1997, se creó el fichero “Profesores Escuela Policía Local”, que ahora se suprime. En cumplimiento de las disposiciones citadas y en aplicación de la Circular 1/2009, de 17 de noviembre, de la Dirección General de Calidad e Innovación de los Servicios Públicos por la que se establece el procedimiento para la creación, modificación, supresión y notificación de ficheros públicos con datos personales en la Administración Pública de la Región de Murcia y en uso de las competencias atribuidas por el Decreto del Presidente de la Comunidad Autónoma 26/2008, de 25 de septiembre, de Reorganización de la Administración Regional y por el Decreto del Consejo de Gobierno 283/2009, de 11 de septiembre, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, y de acuerdo con la regulación que para el ejercicio de la potestad reglamentaria establecen el artículo 38 de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno de la Región de Murcia, y el artículo 16.2 apartado d) de la Ley 7/2004, de 28 de diciembre, y para asegurar a los ciudadanos el ejercicio de sus legítimos derechos en materia de protección de datos personales, Dispongo Artículo 1.- Objeto Esta Orden tiene por objeto la creación, modificación y supresión de ficheros con datos de carácter personal dependientes de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas. Artículo 2.- Creación de ficheros de datos de carácter personal Se crea el fichero de datos de carácter personal “Registro de Actividades, Bienes e Intereses Patrimoniales de Altos Cargos”, dependiente de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas que se describe en el anexo I de la presente Orden, en los términos y con las condiciones fijadas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que la desarrolla. Artículo 3.- Modificación de ficheros Se modifica el fichero de datos de carácter personal “Registro de Entrada” para incluir las medidas de seguridad aplicables dependiente de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, que se describe en el anexo II de la presente Orden, de acuerdo con la regulación establecida en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre que la desarrolla. Artículo 4.- Supresión de ficheros existentes Se suprime el fichero de datos de carácter personal “Profesores Escuela Policía Local“, con el código 1972790003 dependiente de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas que se describe en el anexo III de la presente Orden. El destino de la información contenida del citado fichero queda especificado, asimismo, en dicho anexo III. Articulo 5.- Garantía y seguridad de los datos Los titulares de los Órganos Administrativos Responsables de los ficheros regulados en esta Orden, adoptarán las medidas necesarias para asegurar que los datos de carácter personal contenidos en los ficheros se usen para la finalidad para la que fueron recogidos, así como para hacer efectivos los derechos, obligaciones y garantías reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y en el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, de desarrollo de la citada ley orgánica. Artículo 6.- Derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos Los interesados cuyos datos de carácter personal estén incluidos en los ficheros regulados en esta Orden, podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación de datos, mediante escrito dirigido al Servicio o Unidad específico que se determine para cada fichero concreto o, en su defecto, al Órgano Responsable del mismo. Artículo 7.- Obligaciones de los cesionarios de datos de carácter personal Los Órganos Responsables de los ficheros regulados en esta Orden, advertirán expresamente a los cesionarios de los datos y a los encargados de tratamiento, si los hubiere, de su obligación de dedicarlos exclusivamente a la finalidad para la que se ceden de acuerdo con lo regulado en los artículos 4.2, 11.5 y 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en los artículos 8, 20 y concordantes, del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre. Artículo 8.- Obligaciones de los encargados de tratamiento De acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, si se realizan tratamientos de datos de ficheros públicos de la CARM por “encargados de tratamiento”, se deben suscribir los correspondientes contratos con el “Órgano Responsable” del fichero en los términos del citado artículo 12. Disposiciones finales Primera.- Inscripción de los ficheros en el Registro General de Protección de Datos. Los ficheros de datos de carácter personal contenidos en esta Orden, serán notificados a la Agencia Española de Protección de Datos por el Secretario General de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos. Segunda.- Queda sin efecto la Orden de 14 de julio de 1997, de la Consejería de Presidencia en lo referido a la creación del fichero “Profesores Escuela Policía Local”, con el código de inscripción 1972790003, que ahora se suprime. Tercera.- Entrada en vigor. La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Murcia, 10 de marzo de 2010.—La Consejera de Presidencia y Administraciones Públicas, María Pedro Reverte García. ANEXO I: FICHEROS DE NUEVA CREACIÓN IDENTIFICACIÓN: NOMBRE DEL FICHERO: REGISTRO DE ACTIVIDADES, BIENES E INTERESES PATRIMONIALES DE ALTOS CARGOS a) Identificación y finalidad del fichero: GESTIÓN REGISTRO DECLARACIONES DE ACTIVIDAD PÚBLICA/PRIVADA; GESTIÓN DEL REGISTRO DE BIENES PATRIMONIALES DE ALTOS CARGOS. BASE DE DATOS DE CONTROL DE RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES DE ALTOS CARGOS b) Origen y procedencia de los datos: EL PROPIO INTERESADO O SU REPRESENTANTE LEGAL c) Colectivo o Categorías de interesados CARGOS PÚBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA. d) Tipos de datos, estructura y organización del fichero: DATOS DE CARÁCTER IDENTIFICATIVO, DATOS ECONÓMICOS, FINANCIEROS Y DE SEGUROS. e) Cesiones o comunicación de datos: OTROS ÓRGANOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA; ASAMBLEA REGIONAL. f) Transferencia Internacionales de datos a países terceros: NO CONTIENE TRANSFERENCIAS DE DATOS A PAÍSES TERCEROS. g) Medidas de seguridad: LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD EXIGIBLES SON DE NIVEL BÁSICO. h) Órgano Responsable del fichero: SECRETARÍA GENERAL DE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. i) Servicio o Unidad para el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, oposición o cancelación de datos personales: SECRETARIADO ADMINISTRATIVO DEL CONSEJO DE GOBIERNO; PALACIO DE SAN ESTEBAN, C/ACISCLO DIAZ, S/N 30071.-MURCIA, TELÉFONO 96836200, FAX 968362599. ANEXO II: FICHEROS MODIFICADOS IDENTIFICACIÓN: NOMBRE DEL FICHERO: REGISTRO GENERAL a) Código de inscripción asignado por la Agencia: 1943291815 b) Apartados modificados: • MEDIDAS DE SEGURIDAD: LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD EXIGIBLES SON DE NIVEL BÁSICO. ANEXO III : FICHEROS SUPRIMIDOS IDENTIFICACIÓN: NOMBRE DEL FICHERO: PROFESORES ESCUELA POLICÍA LOCAL. a) Código de inscripción asignado por la Agencia: 1972790003 b) Motivos de la supresión: CREACIÓN DE UN NUEVO FICHERO DENOMINADO “PROFESORADO ESCUELA POLICÍA LOCAL” INSCRITO EN LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS CON EL CÓDIGO 2041480537. c) Destino de los datos contenidos en el fichero y previsiones adoptadas para su destrucción: TRASPASO DE DATOS AL NUEVO FICHERO “PROFESORADO ESCUELA POLICÍA LOCAL”. INSCRITO EN LA AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS CON EL CÓDIGO 2041480537. A-220310-4979