¿OC¿ Consejería de Economía y Hacienda ¿OF¿¿SUC¿ 3382 Orden de 20 de febrero de 2006 de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se actualizan las cuantías de las indemnizaciones por razón del servicio previstas en el Decreto 24/1997, de 25 de abril. ¿SUF¿¿TXC¿ El Decreto 24/1997, de 25 de abril, regula las indemnizaciones por razón del servicio del personal de la Administración Pública de la Región de Murcia. Desde la publicación del mismo, el citado Decreto ha estado afectado por diversas modificaciones normativas a fin de su adaptación a las circunstancias existentes. Mediante Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 29 de febrero de 2000 (BORM de 14 de marzo), se aprobaron las actualizaciones de las cuantías establecidas para las indemnizaciones por razón del servicio. A la vista del tiempo transcurrido, se considera oportuno actualizar determinadas indemnizaciones, así como hacer extensivo las de formación y perfeccionamiento a la totalidad de la Administración Regional. Por todo lo anteriormente expuesto, en uso de las facultades reconocidas en la Disposición final segunda del Decreto 24/1997, de 25 de abril, Dispongo: Artículo único.-  Actualizar las cuantías establecidas en los Anexos I, II, III-A y III-B del Decreto 24/1997, de 25 de abril, sobre indemnizaciones por razón del servicio del personal de la Administración Pública de la Región de Murcia, quedando éstas sustituidas por las que se adjuntan a la presente Orden. Disposición transitoria A las comisiones de servicio, cursos y comisiones de selección y valoración iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Orden, que no hayan finalizado en esa fecha, les serán de aplicación las cuantías establecidas en la misma. Disposición final primera Modificar el dispongo primero de la Orden de la Consejería de Hacienda de 30 de julio de 2004, por la que se actualizan las cuantías de las indemnizaciones y retribuciones por realización de actividades de formación, quedando redactado como sigue: «Actualizar para los cursos, jornadas, seminarios y otras actividades formativas análogas que se organicen en la Administración Regional, los baremos establecidos en los Anexos IV, V y VI de la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 29 de febrero de 2000, por la que se actualizan las cuantías de las indemnizaciones por razón del servicio, quedando estos baremos sustituidos para los indicados cursos, jornadas, seminarios y otras actividades análogas que se organicen por los que figuren en los Anexos I, II y III de la presente Orden». Disposición final segunda La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». La Consejera de Economía y Hacienda, Inmaculada García Martínez. ANEXO  I   LOCOMOCIÓN   Indemnización por uso de automóvil 0,20 ¿/Km Indemnización por uso de motocicleta 0,10 ¿/Km   ANEXO  II DIETAS EN EL TERRITORIO NACIONAL ALOJAMIENTO IMPORTE EUROS Alojamiento en las ciudades de Madrid y Barcelona 68,00 Alojamiento en el resto del territorio nacional 58,00 MANUTENCIÓN IMPORTE EUROS   Manutención en el territorio nacional 39   ANEXO  III-A  Asistencias por participación en tribunales de oposición y otros órganos encargados de la selección de personal, tanto para el acceso a la Función Pública Regional como para la provisión de puestos de trabajo, así como por participación en comisiones de valoración.  ASISTENCIAS TRIBUNALES CATEGORÍA PRIMERA Y SEGUNDA IMPORTE EUROS Presidente y Secretario 53,00 ¿ Vocales 50,00 ¿       CATEGORÍA TERCERA IMPORTE EUROS Presidente y Secretario 53,00 ¿ Vocales 50,00 ¿       CATEGORÍA CUARTA Y QUINTA IMPORTE EUROS Presidente y Secretario 53,00 ¿ Vocales 50,00 ¿   A  N  E  X  O    III-B  Asistencias al personal colaborador de los órganos de selección para el acceso a la Función Pública Regional y de las Comisiones de Valoración:  IMPORTE EUROS 35,00 ¿TXF¿ ¿¿