¿OC¿ Consejería de Agricultura y Agua ¿OF¿¿SUC¿ 10747 Orden de 26 de julio de 2004, por la que se prorroga el mandato de los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen «Bullas» y «Yecla» y del Consejo de Agricultura Ecológica de la Región de Murcia. ¿SUF¿¿TXC¿ Próximo a finalizar el plazo de cuatro años establecido en el artículo 89.3 del Decreto 835/1972 de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Estatuto de la Viña, del Vino y de los Alcoholes, para renovación de los vocales de los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen, Genéricas y Específicas, sería preciso convocar elecciones para renovación de vocales de los Consejos Reguladores de las DD.OO. Bullas y Yecla y del Consejo de Agricultura Ecológica de la Región de Murcia tal como se específica en su respectivos Reglamentos. Sin embargo, es necesario que previamente se adapten los actuales Reglamentos de dichos Consejos a la nueva Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino, que ha modificado sustancialmente la composición de los Consejos Reguladores, al definir en el artículo 25 que los órganos de gestión de los vinos de calidad producidos en una región determinada deberán, entre otros aspectos, estar representados los titulares de viñedos y bodegas inscritos en los registros que se establezcan en la norma específica reguladora y mantener como principio básico su funcionamiento sin ánimo de lucro y la representatividad de los intereses económicos y sectoriales integrados en el V.C.P.R.D. con especial contemplación de los minoritarios, debiendo existir paridad en la representación de los diferentes intereses en presencia. Por todo ello y en virtud del artículo 8 del Real Decreto 2004/1979, de 13 de julio, por el que se regula la constitución de los Consejos Reguladores que habilita, tras el traspaso de competencias a las Comunidades Autónomas, para resolver los casos particulares que se presenten en la aplicación del citado Real Decreto, se prorroga por un año el mandato de los actuales Consejos mencionados para que propongan la modificación de sus Reglamentos incluyendo la composición futura de los mismos. En su virtud y conforme a las facultades que me atribuye la Ley Regional 1/1988, de 7 de enero, del Presidente, del Consejo de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Dispongo Artículo único. 1.- Queda prorrogado el mandato de los actuales Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen Bullas y Yecla y del Consejo de Agricultura Ecológica de la Región de Murcia, por un periodo de un año. 2.- Dentro del plazo que se fija en el punto anterior, El Consejo Regulador cesará en sus funciones el día de la toma de posesión de los nuevos vocales que resulten elegidos de acuerdo con la normal electoral que se establezca. Disposición Final Esta Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia. Murcia, a 26 de julio de 2004.¿El Consejero de Agricultura y Agua, Antonio Cerdá Cerdá. ¿TXF¿ ¿¿