¿OC¿ Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente ¿OF¿¿SUC¿ 6014 Orden de 28 de abril de 2004 de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, por la que se declara vedadas para la pesca profesional y deportiva ciertas compañías de pesca del Mar Menor. ¿SUF¿¿TXC¿ Vista la petición formulada por la Cofradía de Pescadores de San Pedro del Pinatar, el informe favorable del Servicio de Pesca y Acuicultura, a propuesta de la Dirección General de Ganadería y Pesca, y de conformidad con lo dispuesto en la nueva redacción dada al artículo 13 del Reglamento de Pesca del Mar Menor, según Decreto Regional 36/1987, de 28 de mayo. Dispongo Primero: Se establece una veda temporal, de una zona de 500 metros, desde la costa hacia fuera, en los trozos de compañías de pesca denominados «Tablacho», «Hacho» y «Golfico» de la Manga del Mar Menor para la práctica de la pesca, tanto profesional como deportiva, hasta el 31 de octubre de 2004. Segundo: El balizamiento y señalización de dicha zona vedada se llevará a cabo por la Cofradía de Pescadores de San Pedro del Pinatar. Tercero: El incumplimiento de las normas contenidas en la presente Orden será sancionado con arreglo a lo dispuesto en la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado. Cuarto: La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». Murcia a 28 de abril de 2004.¿El Consejero de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, Antonio Cerdá Cerdá. ¿TXF¿ ¿¿