¿OC¿ Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente ¿OF¿¿SUC¿ 104 Orden de 20 de diciembre de 2002, de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, por la que se modifica la Orden de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente de 11 de septiembre de 2002, por la que se instrumenta el procedimiento para la regularización administrativa de las granjas de ganado bovino de la Región de Murcia. ¿SUF¿¿TXC¿ La puesta en marcha del proceso de regularización administrativa de las granjas de ganado bovino de la Región de Murcia, ha supuesto la contestación de un gran número de explotaciones que asumieron en su día los compromisos derivados del Convenio de Colaboración de fecha 28 de febrero de 2001, suscrito entre la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente y las Organizaciones Agrarias del Sector de rumiantes, para la adecuación ambiental de las empresas ganaderas de dicho sector. Considerando que el mencionado Convenio incluye aspectos medioambientales y teniendo en cuenta la excesiva atomización y dispersión de las explotaciones bovinas, así como su deficiente infraestructura sanitaria en general, ha quedado demostrada la insuficiencia temporal para llevar a cabo la solicitud de regularización de las instalaciones bovinas en el plazo inicialmente establecido, y resulta conveniente la ampliación del mismo. En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Ganadería y Pesca, y conforme a las facultades que me otorga la Ley Regional 1/1988, de 7 de enero, del Presidente, del Consejo de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Murcia, DISPONGO: Artículo Único: Modificación de la Orden de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente de 11 de septiembre de 2002. La Orden de 11 de septiembre de 2002, de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, por la que se instrumenta el procedimiento para la regularización administrativa de las granjas de ganado bovino de la Región de Murcia, se modifica en los siguientes términos: El artículo 4, apartado 2, quede redactado del siguiente tenor literal: «El plazo para la presentación de las solicitudes será hasta el 29 de marzo de 2003». Disposición Final Única La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el B.O.R.M. Murcia a 20 de diciembre de 2002.¿El Consejero de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, Antonio Cerdá Cerdá. ¿TXF¿ ¿¿