¿OC¿ Consejería de Economía y Hacienda ¿OF¿¿SUC¿ 3081 Orden de 9 de marzo de 2001 de la Consejería de Economía y Hacienda, sobre la creación y uso del fichero de datos de carácter personal programa sobre Diabetes, Obesidad y Dieta de la Región de Murcia. ¿SUF¿¿TXC¿ El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de los ficheros de las Administraciones públicas sólo podrán hacerse por medio de disposición general publicada en el "Boletín Oficial del Estado" o Diario oficial correspondiente. El decreto 60/1996 de 2 agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, desarrolla en sus artículos 46.1.d y 49.1.d las competencias relacionadas con la Protección de Datos Personales en el ámbito de la Administración Regional. En cumplimiento de sus disposiciones y en uso de las atribuciones que me están conferidas, DISPONGO Artículo 1.- Objeto y ámbito de aplicación 1.1.- Esta orden tiene por objeto autorizar la creación y regular el uso del fichero Programa sobre Diabetes, Obesidad y Dieta de la Región de Murcia, cuya finalidad es registrar la información referente a diabetes mellitus, obesidad y hábitos alimentarios de una muestra representativa de población de la Región de Murcia. 1.2.- El fichero contendrá datos de carácter personal de una muestra representativa de la población adulta (de 20 años o mayor) que acepte voluntariamente participar en el estudio. 1.3.- El titular del órgano administrativo responsable del fichero, en los términos establecidos por la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal será la Dirección General de Salud Pública, quien facilitará el derecho de los interesados a solicitar y obtener de forma gratuita, información de los datos de carácter personal que estén sometidos a tratamiento, el origen de dichos datos, así como las comunicaciones realizadas o que se prevén hacer de los mismos. Artículo 2.- Usos previstos de los ficheros con datos de carácter personal. El fichero especificado en el artículo anterior se destinará a: Conocer la prevalencia de diabetes mellitus, obesidad y frecuencias alimentarias en la población adulta de la Región de Murcia. Evaluar el grado de conocimiento y control de la diabetes mellitus. Cuantificar y actualizar la frecuencia y distribución de diferentes factores de riesgo para enfermedades crónicas en la Región de Murcia (tabaco, obesidad, inactividad física, colesterol elevado y otros parámetros biológicos de interés). Servir de base racional para la toma de decisiones sanitarias en materia de prevención y promoción de las enfermedades crónicas, especialmente la diabetes y las cardiovasculares. Proporcionar información que permita orientar al Comité Asesor Regional en materia de Diabetes. Tratamiento estadístico y estudios epidemiológicos e investigación Sanitaria Artículo 3.- Descripción de los datos de carácter personal incluidos en los ficheros y procedimiento de recogida de los mismos. 3.1.- Los datos de carácter personal relativos a las personas físicas que se citan en el Artículo 1.2 serán los siguientes: OTROS DATOS ESPECIALMENTE PROTEGIDOS: Salud. DATOS DE CARÁCTER IDENTIFICATIVO: Nombre y apellidos. Dirección (Postal, electrónica). Teléfono. DATOS DE CARACTERÍSTICAS PERSONALES: Fecha de Nacimiento. Lugar de Nacimiento. Edad. Sexo. Nacionalidad. Diabetes mellitus, obesidad, hábitos dietéticos, tensión arterial, antecedentes familiares; muestra de sangre: determinación de colesterol total, HDL y LDL, trigliceridos y hemoglobina glicoxilada. DATOS DE CIRCUNSTANCIAS SOCIALES: Aficiones y estilos de vida. Consumo de tabaco, actividad física DATOS ACADÉMICOS Y PROFESIONALES: Formación, titulaciones. Experiencia profesional. Situación laboral actual. 3.2.- El procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: encuestas o entrevistas. La procedencia de los datos: el propio interesado o su representante legal y las administraciones públicas. El soporte utilizado para la obtención de los datos: soporte papel y soporte informático/magnético. Artículo 4.-Servicio o Unidad ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación. Los afectados podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación sobre los datos de carácter personal contenidos en los ficheros, cumpliendo los requisitos previstos en la Ley 15/1999 ante el siguiente órgano administrativo: Consejería: Sanidad y Consumo Dirección General/Organismo Público: Dirección General de Salud Pública Nombre del órgano administrativo : Dirección General de Salud Pública Responsable del fichero: Director General de Salud Pública CIF : S- 3011001 - I Dirección: Ronda de Levante, 11 Localidad: Murcia Código Postal:30008 Provincia: Murcia Teléfono: 968 36 20 34 Fax: 968 36 20 34 Artículo 5.- Cesión de datos de carácter personal y, en su caso, las transferencias de datos que se prevean a países terceros Los datos se ceden de forma anónima con fines de investigación. De ninguna forma está prevista una cesión nominal de datos. Artículo 6.- Medidas de seguridad De acuerdo con el Real Decreto 994/1999 de 11 de junio y atendiendo a la naturaleza de la información tratada en relación con la necesidad de garantizar la confidencialidad y la integridad de la información, se establece para el fichero Programa sobre Diabetes, Obesidad y Dieta de la Región de Murcia el nivel de seguridad Alto. Por tanto y por parte del responsable del fichero se elaborará e implantará la normativa de seguridad mediante un documento de obligado cumplimiento para el personal con acceso a los datos de carácter personal, donde se reflejarán todos y cada uno de los aspectos señalados en los artículos del mencionado Real Decreto 994/1999 de 11 de junio. Artículo 7.- Principio de finalidad en la protección de datos. 7.1.- Los responsables de los ficheros con datos de carácter personal de referencia, adoptarán las medidas que resulten necesarias para asegurar que dichos ficheros se usan para las finalidades para las que fueron recogidos, que son las que se concretan en esta Orden. 7.2.- Los responsables de los ficheros con datos de carácter personal advertirán expresamente a los cesionarios de datos de carácter personal, de su obligación de dedicarlos exclusivamente a la finalidad para la que se ceden, de conformidad con el Artículo 11.5 en relación con el 4.2 de la Ley Orgánica 15/1999. DISPOSICIÓN FINAL La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el ¿Boletín Oficial de la Región de Murcia¿. Murcia, 9 de marzo de 2001.¿El Consejero de Economía y Hacienda, Juan Bernal Roldán. ¿TXF¿ ¿¿