¿ O C ¿ Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente ¿ O F ¿ ¿ S U C ¿ 9792 Orden de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente de 21 de septiembre de 2000, por la que se modifica la Orden de 29 de agosto de 2000, por la que se establecen normas reguladoras de las ayudas relativas a reestructuración y reconversión del viñedo en la Región de Murcia. ¿ S U F ¿ ¿ T X C ¿ El Reglamento (CE) n.º 1.493/1999, del Consejo, de 17 de mayo de 1999, establece la organización común del mercado vitivinícola y el Reglamento (CE) n.º 1.227/2000, de la Comisión, de 31 de mayo de 2000, desarrolla el anterior Reglamento en lo relativo al potencial de producción. Ambos Reglamentos prevén ayudas para la reestructuración y reconversión del viñedo de vinificación con el objetivo de adaptar la producción a la demanda del mercado, fijando las acciones susceptibles de obtener ayuda. El Real Decreto 1.472/2000, de 4 de agosto, desarrolla en el Estado Español la normativa comunitaria establecida por dichos Reglamentos en materia, entre otras, de reestructuración y reconversión del viñedo. La Orden de 29 de agosto de 2000, de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, concreta la aplicación de la citada legislación en materia de reestructuración y reconversión de viñedo en la Región de Murcia. En dicha Orden se hace referencia a la información y documentación que deben aportar los viticultores que se acojan a las ayudas previstas de reestructuración y reconversión del viñedo, siendo necesario, al objeto de unificar la documentación a presentar relativa a tales ayudas, establecer los modelos que contengan la información requerida para la mejor gestión de esta línea de ayuda. Es conveniente también especificar aquellas acciones contempladas en el Anejo II del Real Decreto 1.472/2000, de 4 de agosto, que pueden ser objeto de ayuda en la Región de Murcia. Resulta necesario definir con mayor precisión los tipos de ayuda a la que pueden acogerse los viticultores y en particular fijar la cuantía de la ayuda correspondiente a la compensación por pérdida de renta para la campaña 2000/2001. En su virtud y conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, y a las facultades que me atribuye la Ley Regional 1/1988, de 7 de enero, del Presidente, del Consejo de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. D I S P O N G O Artículo único. Se modifica la Orden de 29 de agosto de 2000, por la que se establecen normas reguladoras de las ayudas relativas a reestructuración y reconversión del viñedo en la Región de Murcia, en los siguientes términos: 1. Se da nueva redacción al artículo 3.º, que queda con el siguiente tenor literal: Artículo 3.- Tipos de ayuda. 1. Se podrán conceder ayudas para: a) Participar en los costes de reestructuración y reconversión del viñedo. b) Compensar a los productores participantes en el Plan por la pérdida de ingresos derivada de la aplicación del mismo. 2. En cuanto a la participación en los costes de reestructuración y reconversión del viñedo, se concederán ayudas para: a) La reconversión varietal mediante la operación de sobreinjerto. b) La reestructuración del viñedo mediante la realización de las operaciones necesarias tendentes a la sustitución de una o varias parcelas por la plantación de otra u otras en superficies equivalentes y que incorporen una mejora varietal y/o una mejora en el sistema de cultivo. c) La transformación del viñedo de vaso a espaldera incluido el material necesario que permita elevar una viña con un sistema de conducción en forma baja a un sistema de conducción apoyado en espaldera que permita la correcta mecanización del viñedo. 3. Las ayudas a los planes colectivos se calcularán en base a los costes máximos establecidos en el Anejo I para cada una de las acciones que en el mismo se reflejan. En el caso de planes individuales las ayudas se determinarán disminuyendo un 15 por 100 los costes anteriores. 4. Para cada una de las ayudas establecidas, las acciones que podrán ser financiadas son las siguientes: a) Para la ayuda a la reconversión se considerarán los costes de sobreinjertado que se componen de un coste fijo por hectárea reconvertida que cubre los gastos de eliminación mediante poda de la variedad a sustituir, el material a utilizar en el reinjertado y otros gastos de cultivo no incluidos en el injertado, y un coste por unidad de injerto practicado sobre una cepa, independientemente del número de púas a injertar en la misma. b) Para la ayuda a la reestructuración del viñedo podrán considerarse los costes de las acciones siguientes: arranque, preparación del suelo, plantación, (planta y plantación por unidad y un coste fijo por hectárea reestructurada para cubrir gastos de reposición de marras, cuidados del injerto, etc.), costes de cultivo (dos años), despedregado, desinfección, espaldera, nivelación del terreno y protección contra conejos. c) Para la ayuda a la transformación del viñedo de vaso a espaldera (incluye espaldera) se considerará un coste fijo por hectárea debiendo cumplir la espaldera unas condiciones mínimas que son las de tener una altura sobre el terreno de al menos 1¿00 metros, los postes estar dispuestos a una distancia entre sí no superior a 8¿00 metros y dos alambres dispuestos horizontalmente en el sentido de la línea de la espaldera. 5. La ayuda para compensar la pérdida de ingresos se establece en todo el territorio de la Región de Murcia en 30.000 ptas/Ha. para la Campaña 2000/2001. Esta compensación económica se ha calculado en base a lo establecido en el artículo 26, apartado 5, del Real Decreto 1.472/2000, de 4 de agosto. La ayuda se concederá durante dos campañas para las medidas de reestructuración que lleven consigo el arranque de una parcela seguido de la plantación de la misma parcela u otra de superficie equivalente. Para las medidas de reconversión ¿CPI¿¿PC¿ Página 10486 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 25 de septiembre de 2000 ¿FF¿¿NC¿ Número 223 ¿NF¿¿CPF¿ ¿NIC¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ varietal y transformación del viñedo de vaso a espaldera dicha ayuda se concederá para una sola campaña. Las medidas de reestructuración que se realicen mediante la utilización de derechos de replantación propios o adquiridos o que se acojan a la plantación anticipada, no tendrán derecho a la ayuda por pérdida de renta. 6. Se concederán ayudas a las operaciones de despedregado, desinfección del terreno, nivelación y protección contra conejos cuando hayan sido declaradas previamente en el Plan de reestructuración y se compruebe en la visita previa a la aprobación que no han sido realizadas. 7. La protección contra conejos deberá realizarse de forma individualizada a cada planta o mediante valla alrededor de toda la parcela de al menos 0¿40 metros de altura. 2. Se añade al artículo 5 un punto 13 con la siguiente redacción: 13.- Las medidas previstas en los planes presentados deberán iniciarse, como máximo, en la segunda campaña siguiente a la de la presentación del plan, considerando como campaña la que se inicia el día 16 de octubre y finaliza el día 15 del mismo mes del año siguiente. 3. El artículo 6 se modifica en el sentido siguiente: a) En el apartado 2 donde dice: «..... apartado 7 del artículo 3 de esta Orden» Debe decir: «... apartado 7 del artículo 5 de esta Orden ...». b) Se añade en el artículo 6, el apartado 4 con la siguiente redacción: 4.- Las solicitudes de ayuda correspondientes a Planes colectivos, se presentarán según el modelo del Anejo II, acompañado del resumen de la participación en los costes y subvenciones de reestructuración/reconversión y en la compensación por pérdida de renta de los viticultores integrantes del Plan, según Anejo III. Las solicitudes de ayuda relativas a Planes individuales se presentarán según el modelo del Anejo II bis. 4. Se da una nueva redacción al artículo 7.º, que queda con el siguiente tenor literal: Artículo 7.- Información y documentación que deben contener los planes de reestructuración y reconversión. Los proyectos de plan de reestructuración y reconversión del viñedo se presentarán acompañando a la solicitud de ayuda y deberán contener la siguiente información y documentación: a) Memoria del Plan de recogida según el modelo del Anejo IV. Consistirá en un breve resumen del plan que se pretende acometer, debiendo contener los puntos que se reflejan en dicho Anejo. b) Ficha identificativa y de compromisos de cada viticultor que integra en plan, con indicación de la localización y características de las parcelas iniciales y reestructuradas (variedades, sistemas de formación, marco de plantación, etc.), según modelo del Anejo V c) Localización de las parcelas iniciales y reestructuradas sobre planos del Registro Vitícola de la Región de Murcia o del Catastro de Rústica. d) Desglose para cada parcela a reestructurar, de las acciones a realizar, calendario de ejecución y coste total de las mismas empleando los costes por hectárea y acción que figuran en el Anejo VI de la presente Orden. e) En el caso de planes colectivos, acuerdo celebrando entre los viticultores participantes en el plan según el modelo del Anejo VII. f) Acreditación de la propiedad de las parcelas a reestructurar, mediante la aportación de Nota Simple del Registro de la Propiedad correspondiente. g) Autorización del propietario de las parcelas a reestructurar, así como del propietario de las parcelas que proyecta plantar, a favor del participante del plan, cuando éste no sea el propietario de las mismas, haciendo constar expresamente su autorización a la ejecución total del Plan, según el modelo del Anejo VIII. h) Los jóvenes agricultores y los agricultores a título principal que reúnan dichas características a tenor de lo dispuesto en el Real Decreto 204/96, deberán aportar Certificado de la Seguridad Social u otro documento/s acreditativo/s de estar dado de alta en la misma por la actividad agraria y fotocopia compulsada de la última declaración del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), incluyendo el documento de ingreso o devolución. No obstante, si el peticionario considera que ésta no refleja correctamente su situación real, podrá adjuntar dos declaraciones del IRPF adicionales correspondientes a dos de los cuatro últimos ejercicios fiscales, anteriores al referenciado, en cuyo caso se considerará como rentas del titular la media aritmética de las declaraciones del IRPF presentadas. En el caso de que el joven agricultor realizara su primera instalación mediante el plan de reestructuración y reconversión, deberá presentar únicamente certificado de la Seguridad Social u otro documento acreditativo de estar dado de alta en la misma por la actividad agraria. j) Certificado del Consejo Regulador de la Denominación de Origen correspondiente que exprese que las parcelas que se pretende reestructurar son aptas para producir vino de calidad en dicha Denominación de Origen. k) Resguardo del aval depositado en la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Murcia (Consejería de Hacienda), por importe del 120% de las ayudas correspondientes a las medidas para las que prevé solicitar el pago anticipado, según el modelo del Anejo IX. 5.- El artículo 8 se modifica en el sentido siguiente: a) La fórmula que figura en el apartado b) debe sustituirse por la siguiente: [(Ax3) + (Bx2) + (Cx1)] / (A+B+C) b) Se añade a dicho artículo el apartado e), con la siguiente redacción: e) Corresponde al Director General de Agricultura e Industrias Agrarias, previa propuesta del jefe de Servicio correspondiente, dictar Resolución por la que se seleccionan y ordenan los planes presentados de acuerdo con los criterios de priorización establecidos en el presente artículo. 6.- El artículo 9 se modifica de la siguiente manera: a) Se suprime íntegramente el punto 3 de dicho artículo. b) El punto 4 de dicho artículo pasa a ser el 3 como consecuencia de la supresión indicada. c) Se añade el nuevo punto 4 siguiente: 4. Antes de la aprobación de los planes de reestructuración y reconversión del viñedo, se comprobará mediante visita previa en campo la no realización de las acciones para las que se solicita ayuda. ¿CPI¿¿NC¿ Número 223 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 25 de septiembre de 2000 ¿FF¿¿PC¿ Página 10487 ¿PF¿¿CPF¿ ¿NIC¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ 7.- Se añade al artículo 11.º el apartado g) con la siguiente redacción: g) Mantener en cultivo las parcelas reestructuradas durante un periodo mínimo de 10 años a contar desde la campaña siguiente a la de ejecución de la medida Su incumplimiento obligará al beneficiario a la devolución de la ayuda percibida. 8.- Se añade al Artículo 12, punto 1 los párrafos siguientes: Las facturas presentadas deberán ir acompañadas del correspondiente documento acreditativo de que están efectivamente pagadas. El pago de aquellas medidas que no se hayan ejecutado en el plazo previsto, pero que hayan sido finalizadas dentro del plazo máximo establecido, quedará condicionado a las disponibilidades presupuestarias que se deriven de las correcciones financieras impuestas por el Feoga-Garantía. 9.- Se añade al Artículo 13 el siguiente párrafo. Según el artículo 15.3 del Reglamento (CE) n.º 1227/2000 de 31 de mayo, si todas las medidas relativas a una explotación prevista en el plan no se ejecutan en el plazo límite establecido de conformidad con la letra b) del artículo 13 de dicho Reglamento, el productor devolverá toda la ayuda concedida en el ámbito del plan correspondiente a la explotación en cuestión. Sin embargo, si más del 80% de estas medidas se ejecutan dentro del plazo límite, el reembolso será equivalente al doble del pago suplementario, que debería haberle concedido por la realización de todas las medias incluidas en el plan. Disposición transitoria Las modificaciones a la Orden de 29 de agosto de 2000, que se establecen en la presente Orden, serán de aplicación a los planes de reestructuración y reconversión del viñedo que hayan sido presentados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Orden. Disposición final primera Se faculta al Director General de Agricultura e Industrias Agrarias para fijar en campañas sucesivas el importe de la ayuda por la pérdida de renta en base a los criterios establecidos en el artículo 26, apartado 5, del Real Decreto 1.472/2000, de 4 de agosto, y a dictar las resoluciones y adoptar las medidas necesarias que requiera el cumplimiento de la presente disposición. Disposición final segunda La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». Murcia a 21 de septiembre de 2000.¿El Consejero, Antonio Cerdá Cerdá. ANEJO I Costes de reestructuración y reconversión del viñedo Coste Coste (Pesetas/hectárea)(Euros/hectárea) Arranque ...................................................... 70.000 421 Preparación suelo ........................................ 160.000 962 Plantación: Planta y plantación (ud) ........................... 345 2¿07 Otros costes ............................................. 40.000 240 Costes cultivo (dos años) ............................. 175.000 1.052 Espaldera ..................................................... 450.000 2.705 Formación vaso a espaldera (incluye espaldera) .................................................... 474.000 2.849 Desinfección ................................................. 350.000 2.104 Despedregado .............................................. 65.000 391 Nivelación del terreno .................................. 100.000 601 Protección contra conejos ............................ 200.000 1.202 Sobreinjertado: Injerto (ud.) .............................................. 100 0¿60 Otros costes ............................................ 200.000 1.202 ¿CPI¿¿PC¿ Página 10488 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 25 de septiembre de 2000 ¿FF¿¿NC¿ Número 223 ¿NF¿¿CPF¿ ¿NIC¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ANEJO II SOLICITUD DE AYUDA DEL PLAN COLECTIVO Don .........................................................................................................., con D.N.I. ............................., domiciliado en la calle ............................................................... n.º.............. del municipio de .........................., provincia de ............................, código postal ................, n.º teléfono ......................, como representante legal nombrado por la agrupación de (n.º) .............. viticultores, según el documento ¿Acuerdo entre los participantes en el plan- que figura en anexo, del Proyecto (título) ............................................................................................................................................................................................................. Al amparo del Reglamento (CE) n.º 1.493/1999 del Consejo, de 17 de mayo, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, del Reglamento (CE) n.º 1.227/2000 de la Comisión, de 31 de mayo, del Real Decreto n.º 1.472/2000 por los que se regula el potencial de producción vitícola y de la orden de 29 de agosto de 2000 de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente que regula las ayudas relativas a Reestructuración y Reconversión del Viñedo en la Región de Murcia. Presenta el Plan Colectivo de reestructuración y reconversión del viñedo (título).................................................................. .................................................................................................................. formado por ................ viticultores de la localidad/es de .................................., Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para actuar sobre una superficie de viñedo de ................ ....................... hectáreas, con un presupuesto total del Plan de (1) .............................. millones de pesetas (.................... euros) por lo cual, S O L I C I T A: Una participación comunitaria del 75 por ciento de las inversiones previstas, equivalentes a (1) ............................... millones de pesetas (................. euros), cifras (1) de conformidad con el adjunto Anejo ¿Participación en costes y subvenciones de reestructuración y en compensaciones por perdida de renta¿. Aportando la Agrupación un importe de ............................... millones de pesetas (................. euros). Los trabajos de reestructuración se desarrollarán durante ..................... años a partir de la fecha de su aprobación y se desarrollarán según el calendario previsto en el anejo correspondiente. El resumen de inversiones del Plan y su financiación sería: Pesetas Euros FEOGA-Garantía Beneficiarios Total Plan ........ En ..................................., a .......... de ........................... de ............. Fdo.: .................................................... ¿CPI¿¿NC¿ Número 223 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 25 de septiembre de 2000 ¿FF¿¿PC¿ Página 10489 ¿PF¿¿CPF¿ ¿NIC¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ANEJO II bis SOLICITUD DE AYUDA DEL PLAN INDIVIDUAL Don .........................................................................................................., con D.N.I. ............................., domiciliado en la calle ............................................................... n.º.............. del municipio de .........................., provincia de ............................, código postal ................, n.º teléfono ......................, como titular individual de una explotación vitícola. Al amparo del Reglamento (CE) n.º 1.493/1999 del Consejo, de 17 de mayo, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, del Reglamento (CE) n.º 1.227/2000 de la Comisión, de 31 de mayo, del Real Decreto n.º 1.472/2000 por los que se regula el potencial de producción vitícola y de la orden de 29 de agosto de 2000 de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente que regula las ayudas relativas a Reestructuración y Reconversión del Viñedo en la Región de Murcia. Presento el Plan Individual de reestructuración y reconversión del viñedo en relación a mi explotación denominada ........................................................................................................................................................................................................... situada en el municipio de ..................................................... de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para actuar sobre una superficie de viñedo de ................ hectáreas, con un presupuesto total del Plan de (1) .............................. millones de pesetas (.................... euros) por lo cual, S O L I C I T A: Una participación comunitaria del 75 por ciento de las inversiones previstas, equivalentes a (1) ............................... millones de pesetas (................. euros), cifras (1) de acuerdo con los siguientes datos: Coste y subvención por superficie Compensación por pérdida TOTAL reestructurada de renta Superficie Euros/Ha Importe euros Superf. Euros /Ha. Subvención SUBVENCIÓN Ha-a-ca Coste Subvención Ha-a-ca euros (EUROS) Los trabajos de reestructuración se desarrollarán durante ..................... años a partir de la fecha de su aprobación y se desarrollarán según el calendario previsto en el anejo correspondiente. El resumen de inversiones del Plan Individual y su financiación sería: Pesetas Euros FEOGA-Garantía Beneficiario Total Plan ..... En ..................................., a .......... de ........................... de ............. Fdo.: .................................................... ¿CPI¿¿PC¿ Página 10490 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 25 de septiembre de 2000 ¿FF¿¿NC¿ Número 223 ¿NF¿¿CPF¿ ¿NIC¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿NC¿ Número 223 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 25 de septiembre de 2000 ¿FF¿¿PC¿ Página 10491 ¿PF¿¿CPF¿ ¿NIC¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ANEJO IV MODELO DE MEMORIA PARA LA REDACCIÓN DE LOS PLANES DE REESTRUCTURACIÓN Y RECONVERSIÓN Memoria 1.- Objetivos (aumento de la renta de los viticultores, mejora de la calidad de los vinos, reducción del n.º de parcelas, mejor redistribución varietal, incremento del índice de mecanización, mejora de la gestión y comercialización, mantener los rendimientos por hectárea referidos al conjunto de la superficie del plan, etc.) 2.- Localización del Plan - Breve descripción de la zona geográfica donde se va a ubicar el viñedo, detallando su pertenencia a zonas de vino de calidad. - Términos municipales en donde se encuentra situado el viñedo, antes y después de la reestructuración, detallando la superficie del plan que afecte a cada uno de ellos. - Localización y cartografía actualizada de las parcelas que integran el plan, tanto de las iniciales como de las parcelas a reestructurar (en anejo). 3.- Beneficiarios. Se especificará: - Identificación del representante del plan - Número total de viticultores (Detalle en Anejo n.º 1) - Jóvenes agricultores (superficie afectada y número) - Agricultores a título principal (superficie afectada y número) 4.- Datos estructurales - Parcelas iniciales: número, superficie media, superficie mínima - Derechos de replantación utilizados (cuantificar en hectáreas): * De la propia explotación: * Transferidos: - De la propia Comunidad Autónoma: - De distinta Comunidad Autónoma: - Derechos de nueva plantación y su procedencia (se utilizarán para estos fines las nuevas plantaciones que se asignen en el reparto según el Art. 6 R(CE) n.º 1.493/99). - Parcelas finales: número, superficie media, superficie mínima - Superficie total del plan 5.- Medidas y acciones propuestas. Especificar la superficie afectada por cada medida. - Reconversión varietal (por sobreinjerto) - Reestructuración del viñedo (arranque y plantación posterior) - Reestructuración mediante plantación con derechos - Mejora de las técnicas de gestión (transformación de vaso en espaldera, acondicionamientos para incrementar la mecanización, etc). 6.- Características del viñedo. Señalar las características antes y después del plan, indicando las superficies afectadas: - Variedades - Portainjertos - Marcos de plantación - Tipos de formación - Superficie de secano o regadío 7.- Tipo de planta - Barbados - Planta injertada - Variedad en el caso de sobreinjerto 8.- Justificación técnica y económica. Justificar el objetivo último de los planes asegurando que no hay incremento global de la producción. Se indicará el rendimiento medio expresado en hl/ha, tanto de la situación inicial como de la final, referido al conjunto de la superficie del plan. - Reconversión de variedades actualmente cultivadas en la zona, hacia otras de mejor futuro de cara al mercado consumidor. - Introducción de nuevas variedades que mejoren los vinos que actualmente se producen. - Cambios de formación respecto de los sistemas tradicionales que mejorarán considerablemente la mecanización. - Incremento de rentas de los agricultores. - etc. 9.- Costes auxiliables del plan - Especificación de los costes por hectárea según los distintos tipos de formación del viñedo integrantes en el proyecto, así como de las actuaciones parciales contenidas en el mismo (según anejo I establecido por el artículo 3 de la Orden de la Comunidad Autónoma). - Aplicación de los costes del punto anterior, a las superficies correspondientes del Plan. - Número de viticultores y superficies que se acogerán a plantación anticipada o ayuda por pérdida de renta según al Artículo 3.4 de la Orden de la Comunidad Autónoma. - Coste total del Plan. - Ayuda total solicitada en el Plan. 10.- Calendario de las acciones y periodificación de las actuaciones especificadas por Campaña: tipo de operaciones, superficie afectada y costes auxiliables de acuerdo con el Anejo I y calendario de ejecución según el Anejo VI (anejos establecidos en la Orden de la Comunidad Autónoma) 11.- Acuerdo firmado por todos los productores participantes incluyendo la designación de un representante y según el modelo del Anejo VII establecido en la Orden de la Comunidad Autónoma. ¿CPI¿¿PC¿ Página 10492 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 25 de septiembre de 2000 ¿FF¿¿NC¿ Número 223 ¿NF¿¿CPF¿ ¿NIC¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿NC¿ Número 223 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 25 de septiembre de 2000 ¿FF¿¿PC¿ Página 10493 ¿PF¿¿CPF¿ ¿NIC¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿PC¿ Página 10494 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 25 de septiembre de 2000 ¿FF¿¿NC¿ Número 223 ¿NF¿¿CPF¿ ¿NIC¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ANEJO VII ACUERDO CELEBRADO ENTRE LOS PRODUCTORES PARTICIPANTES EN EL PLAN En ................................................. a ............. de ........................ de 200...., se reúnen los viticultores abajo firmantes, juzgándose recíprocamente con capacidad suficiente para suscribir el presente documento, integrantes del Plan de Reestructuración del viñedo (título)............................................................................, formado por (n.º) ............... viticultores de la localidad/es de ........................................ provincia de ..................................., al objeto de unificar los criterios de todo tipo que han de regir el funcionamiento en la realización de los trabajos de reestructuración y reconversión de sus viñedos. Los productores participantes forman una agrupación sin personalidad jurídica, con la única finalidad de ejecutar el presente Plan de reestructuración del viñedo, de acuerdo con el texto del mismo y de todo cuanto se contempla en el Reglamento (CE) n.º 1.493/1999 del Consejo, el Reglamento (CE) n.º 1.227/2000 de la Comisión y el Real Decreto n.º 1.472/2000 de 4 de agosto, y de la Orden de 29 de agosto de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, que regula las ayudas relativas a Reestructuración y Reconversión del Viñedo en la Región de Murcia. De mutuo acuerdo se decide adoptar las siguientes normas, que comprometen a todos los integrantes por igual y que serán respetadas como normas de funcionamiento: Primero.- Se acuerda nombrar como representante único de la Agrupación ante las distintas Administraciones en la persona de D/ D.ª...................................... ...................................................................... con DNI ................................ y domicilio en ............................................................. provincia de ............................................ calle ............................................................... n.º ...................., e igualmente nombrar un sustituto en la persona de D/Dª....................................................................................... con DNI ................................ y domicilio en ......................................................... provincia de ............................................. calle .................................................... n.º ............, que podrá actuar como tal por renuncia, incapacidad del titular o bien mediante su autorización escrita. Segundo.- Se comprometen a la ejecución de las distintas medidas contenidas en el plan de reestructuración .................................................................. objeto de este documento, así como respetar tanto la normativa comunitaria como la nacional en materia vitivinícola. Tercero.- Ejecutar las medidas del plan según el calendario de actuaciones programado. Cuarto.- Comprometerse a comunicar a la Administración competente, cualquier modificación concerniente a las parcelas o medidas del plan, con antelación suficiente respecto al calendario de actuaciones previsto. Quinto.- Se comprometen a mantener el cultivo, un mínimo de diez años a contar desde la campaña siguiente a la de ejecución de la medida, toda la superficie reestructurada acogida al presente Plan. Sexto.- Durante la fase de ejecución del Plan no podrán enajenarse las parcelas objeto de la ayuda, pero si se produjera un cambio de titularidad respecto a dichas parcelas, el nuevo titular deberá respetar y realizar las medidas no concluidas del Plan. Séptimo.- Los viticultores que suscriben este acuerdo manifiestan que ninguna de las parcelas por las que solicita ayuda se han beneficiado de otras subvenciones por la misma acción u operación en los últimos 10 años. Octavo.- Los viticultores que suscriben este acuerdo manifiestan que en su explotación vitícola, incluidas las parcelas de su cónyuge en régimen de gananciales, no poseen plantaciones de viñedo pendientes de regularizar. Otros acuerdos que en su caso adopte cada Agrupación. Y en prueba de conformidad se firma el presente documento de compromiso (acuerdo) en .................................. a ...... de .......................... de .............. n.º 1 Fdo.: ........................................... n.º 2 Fdo.: .................................... DNI: ............................................... DNI: .............................................. n.º 3 Fdo.: .............................................. n.º 4 Fdo.: ....................................... DNI: ............................................... DNI: ................................................ n.º 5 Fdo.: .............................................. n.º 6 Fdo.: ....................................... DNI: ............................................... DNI: ................................................ n.º 7 Fdo.: ........................................... n.º 8 Fdo.: .................................... DNI: ............................................... DNI: .............................................. n.º 9 Fdo.: .............................................. n.º 10 Fdo.: ....................................... DNI: ............................................... DNI: ................................................ ¿CPI¿¿NC¿ Número 223 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 25 de septiembre de 2000 ¿FF¿¿PC¿ Página 10495 ¿PF¿¿CPF¿ ¿NIC¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ANEJO VIII D. .................................................................................. NIF/CIF ........................... en calidad de propietario o representante legal del propietario de las parcelas, que a continuación se indican, según sus referencias del Registro Vitícola: MUNICIPIO POLÍGONO PARCELA SUBPARCELA SUPERFICIE (Has.) AUTORIZA a : D. .................................................................................. NIF/CIF ........................... en su condición de viticultor de dichas parcelas, a la realización de todos los trabajos de Reestructuración y/o Reconversión de viñedo que tiene previsto realizar en las mismas, según el Plan presentado por ..........................................................................., al amparo de los Reglamentos (CE) n.º 1.493 de 17 de mayo de 1999 y n.º 1.227 de 31 de mayo de 2000, Real Decreto del MAPA 1.472/2000 y de la Orden de 29 de agosto de 2000 de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente. Y para que conste expresamente, firmo la presente en ......................................., a ..................... de ...................................... de ................................. Fdo.: .................................................................... (*) El representante legal del propietario debe aportar el correspondiente poder notarial. ¿CPI¿¿PC¿ Página 10496 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 25 de septiembre de 2000 ¿FF¿¿NC¿ Número 223 ¿NF¿¿CPF¿ ¿NIC¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ANEJO IX Modelo de aval El/La (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca) ......................................................................... ........................................................................................................................................................... NIF ........................................ Con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ...............................C.P. ....................y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados) ................................................. con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta de la verificación de la representación del Servicio Jurídico de la Consejería de Economía y Hacienda, y que declaran que aquélla cumple los requisitos establecidos en el artículo 15 del Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. AVALA A(nombre y apellidos o razón social del avalado) ................................................................................................................. ...................................................................................................................................................... NIF ............................................. en virtud de lo dispuesto en el artículo 15.2 del Reglamento (CE) n.º 1.227/2000, de la Comisión, de 31 de mayo, y del artículo 26.4 del Real Decreto 1.472/2000, de 4 de agosto, para responder de la obligación de ejecutar las medidas para las que solicita el anticipo de la ayuda, en los dos años siguientes al pago del mismo, ante: LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, AGUA Y MEDIO AMBIENTE, ORGANISMO PAGADOR, por importe (en letras) ......................................... pesetas correspondiente al 120% de la ayuda solicitada. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con sujeción a los términos previstos en el Reglamento CEE n.º 2.220/85 de la Comisión de 22 de julio, por el que se establecen las modalidades comunes de aplicación del régimen de garantías para los productos agrícolas, en sus normas de desarrollo si las hay, y en la normativa reguladora de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. El presente aval será de duración indefinida y tendrá validez en tanto que la Administración no autorice su cancelación. .................................................. (lugar y fecha) ................................................ (razón social de la entidad) .................................................. (firma de los Apoderados) Verificación de la representación y de la extensión del aval en la forma reglamentaria Murcia, a ...................................................... El Jefe de la Unidad (firma y sello) Fdo.: .......................................................