¿ O C ¿ Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente ¿ O F ¿ ¿ S U C ¿ 6635 Orden de 8 de junio de 2000, por la que se modifican las bases reguladoras y se convocan ayudas a las asociaciones y organizaciones empresariales para fomento e impulso de la adecuación de la industria y demás actividades a las exigencias de la normativa ambiental. ¿ S U F ¿ ¿ T X C ¿ PREÁMBULO. En orden a incentivar las vías de información y regularización de las empresas, los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para este año 2000, con cargo al Programa 1707.442A.775, del Servicio de Calidad Ambiental, disponen del correspondiente crédito presupuestario destinado a ayudas para facilitar los procedimientos de adecuación a la normativa ambiental. La asignación del referido crédito con arreglo a los criterios legales de publicidad, concurrencia y objetividad, requiere el establecimiento de las normas reguladoras para su concesión, de conformidad con lo establecido en el artículo 62.1 del Decreto Legislativo n.º 1 de 1999, de 2 de diciembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia. Estas normas fueron publicadas en la referida Orden de 3 de junio de 1999 y constituyen la base reguladora para la presente convocatoria. El impulso dado por la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente a la adecuación ambiental por sectores, instrumentado a través de convenios de colaboración, permite afrontar los problemas de una forma colectiva, posibilitando el desarrollo de herramientas de general utilidad: información y sensibilización, formación, diagnósticos básicos y puesta en marcha de medios de gestión. Se ha considerado que es el momento apropiado para incluir actuaciones subvencionables dirigidas a la valoración por las propias asociaciones empresariales del grado de eficacia conseguido con el proceso de adecuación ambiental. Estas actuaciones suponen una novedad respecto a la de la convocatoria anterior. Por otra parte, se estima conveniente el mantenimiento de las subvenciones para formación, información y sensibilización, dirigidas, como en el ejercicio anterior a las asociaciones empresariales multisectoriales, de carácter general, que aglutinan a industrias y actividades de diferentes sectores. Así, se continúa favoreciendo que cada actuación de formación, información y sensibilización, se extienda al espectro más amplio posible del tejido industrial y empresarial de la Región, en coincidencia con los fines y ámbito de actuación de esas organizaciones empresariales de carácter general. En su virtud y conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, y a las facultades que me atribuye la Ley Regional 1/1988 de 7 de enero del Presidente, del Consejo de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia DISPONGO: Artículo 1. Objeto. 1. Es objeto de la presente Orden modificar la de 3 de junio de 1999 (BORM n.º 134 de 14 de junio) que fue objeto de corrección de errores de 18 de junio (BORM n.º 146 de 28 de junio de 1999), y regular la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a las Asociaciones y Organizaciones Empresariales con implantación en la Región para actuaciones de fomento e impulso de la adaptación a la normativa ambiental de las empresas que representan, con cargo a la partida 17.07.442A. 775, proyecto de inversión 11.649, del Presupuesto de Gastos para 2000 de esta Comunidad Autónoma y por una cuantía total de 40.000.000 de pesetas. 2. Las ayudas serán en la modalidad de subvenciones de capital a fondo perdido. Artículo 2. Modificaciones a la Orden de 3 de junio de 1999. 1. El punto A) del apartado 1 del artículo 3. Actuaciones subvencionables, se sustituye por el siguiente: ¿A) Programas de apoyo técnico dirigidos a las empresas del sector que se hayan adherido al convenio de adecuación correspondiente, orientados a: A1) Valoración individualizada del grado de eficacia conseguido con el proceso de adecuación ambiental, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3.3 de la Orden de 11 de diciembre de 1997, y sus etapas y análisis de las disfunciones detectadas (analítica de vertidos, residuos y emisiones y grado de cumplimiento de las medidas), con identificación de los centros productivos considerados. A2) Proyectos de demostración de tecnologías y medidas aplicables a la adecuación ambiental de los sectores de actividad, especialmente los que supongan bajo consumo de recursos, bajo coste y adaptación a las condiciones ambientales de la Región de Murcia¿. 2. El punto D) del apartado 1 del artículo 3. Actuaciones subvencionables, se sustituye por el siguiente: ¿D) Actividades de formación, información y sensibilización promovidas por asociaciones de empresarios de carácter multisectorial, que trasciendan su actuación de ámbitos concretos de actividad económica¿. 3. Los dos últimos párrafos del artículo 4, Cuantía de las subvenciones, se sustituyen por el siguiente: ¿Los proyectos incluidos en el grupo D, para las que se solicite ayudas por el 100% de la inversión y a los que, de acuerdo con la distribución realizada en función de los fondos disponibles, les sean concedidas en cantidad inferior a dicho 100%, podrán ser replanteados al objeto de ajustar el presupuesto a la ayuda concedida, seleccionando actuaciones parciales de las contempladas en el proyecto global presentado. El proyecto corregido resultante del replanteamiento indicado deberá ser aceptado explícitamente por el órgano competente para la tramitación de las solicitudes. Las ayudas serán compatibles con otras subvenciones siempre que en conjunto no sobrepasen el 100% de la inversión¿. DISPOSICIÓN ADICIONAL Las referencias contenidas en la Orden de 3 de junio de 1999, y su corrección de errores de 18 de junio, relativas a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua, así como a la Dirección General de Protección Civil y Ambiental, deben entenderse hechas a la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente y a la Dirección General de Medio Ambiente, respectivamente. DISPOSICIÓN FINAL La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». Murcia a 8 de junio de 2000.¿El Consejero de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, Antonio Cerdá Cerdá. ¿CPI¿¿PC¿ Página 7128 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Viernes, 16 de junio de 2000 ¿ F F ¿ ¿ N C ¿ Número 138 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿ N I F ¿ ANEXO MODELO DE SOLICITUD DE SUBVENCIÓN DATOS DEL SOLICITANTE: Asociación, Organización: Domicilio: Teléfono/ Fax CIF: Código Cuenta Cliente (20 dígitos) B) DATOS DE LA SUBVENCIÓN. Ayudas, en régimen de concurrencia competitiva a Organizaciones/ Asociaciones para facilitar la adaptación a la normativa ambiental de las empresas que representan con cargo a la partida 17.07.442A. 775, del Presupuesto de Gastos para 2000 de la Región de Murcia. C) ACTUACIÓN PARA LA QUE SE SOLICITA LA SUBVENCIÓN: Denominación: Descripción: Presupuesto: Lugar de Ejecución: D) OBSERVACIONES: En _________________________ a ____ de _____________ de 2000 EL1 ______________________ Fdo.: ___________________________________. 1 Presidente, Secretario, Representante legal...