¿ O C ¿ Consejería de Economía y Hacienda ¿ O F ¿ S U C ¿ 8681 Orden de 18 de junio de 1999, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se dictan normas para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Región de Murcia para el año 2000. ¿ S U F ¿ T X C ¿ Con los Presupuestos Generales de la Región de Murcia para el año 2000 se pretende la continuación de la política presupuestaria iniciada en 1996, año en el que se establecieron los criterios de eficacia, eficiencia y control de todas las partidas presupuestarias. También se sentaron las bases para el logro de los objetivos planificados por el Gobierno: fundamentalmente, el control del gasto, especialmente el gasto corriente, la reorientación de las inversiones, primando las orientadas a fomentar la actividad productiva, el empleo, la corrección de los desequilibrios intrarregionales, y la mejora del déficit de infraestructuras básicas que se sigue padeciendo en la Región. Esta política presupuestaria tiene su continuidad en los Presupuestos para el año 2000, basada en una disciplina presupuestaria, en una cultura de austeridad y contención del gasto público, así como, con carácter general, en una mejora de la eficacia en la asignación de los recursos, mediante una reconsideración de los programas de gastos y del nivel de objetivos a alcanzar. La política de contención del gasto público se centra fundamentalmente en los gastos de carácter estructural, y dentro de estos en los gastos corrientes, manteniendo de esta forma la política de austeridad que presentan los gastos de funcionamiento de la Administración Regional en estos últimos cuatro años. Este control de los gastos corrientes posibilita que se destine un mayor volumen de recursos a la realización de programas y actuaciones que permitan mantener el equilibrio entre las políticas de bienestar social, educación, formación profesional, y aquellas otras que inciden mas positivamente sobre la oferta productiva, el crecimiento tendencial de la economía y la creación de empleo. Por otra parte la priorización del gasto público, está orientada a obtener mayores efectos dinamizadores sobre la economía regional, la actividad productiva, el crecimiento del empleo y la corrección de los desequilibrios intrarregionales. En el proceso de elaboración de los presupuestos para el año 2000, además de los criterios anteriormente indicados, se presentan las siguientes peculiaridades: 1. Se continúa valorando la fundamental importancia de la presupuestación por objetivos como instrumento para la asignación racional de recursos; haciéndose necesario que los Centros Gestores de los Programas Presupuestarios realicen la revisión de los objetivos a alcanzar, la identificación de las problemáticas sobre la que se actúa y las actuaciones necesarias para conseguirlas, así como el establecimiento de los indicadores que permitan apreciar el logro de los correspondientes objetivos. 2. Se han introducido modificaciones en la estructura funcional, motivadas tanto por la aparición de nuevas políticas de gasto como consecuencia de las transferencias en materia de Educación no universitaria, como por la intención de conseguir un mejor desarrollo de la estructura presupuestaria. 3. En la fase de elaboración, los Centros Gestores tendrán acceso directo al sistema informático de elaboración de los presupuestos (S.E.P.), cuyo funcionamiento se ha perfeccionado en base a la experiencia del año anterior, introduciendo directamente los datos en el sistema informático de acuerdo con el escenario presupuestario facilitado por la Dirección General de Presupuestos y Finanzas. Finalmente, los presupuestos se elaborarán de conformidad con los Acuerdos que establece el escenario de Consolidación Presupuestaria de la Región de Murcia 1998- 2001, y tendrán como base fundamental el Plan Estratégico de Desarrollo de la Región de Murcia, período 2000-2006; de este modo, los presupuestos del ejercicio 2000 contendrán la correspondiente anualidad de los programas de inversiones previstos en dicho plan, permitiendo el cumplimiento tanto de las actuaciones previstas en el mismo, como el de las actuaciones previstas en los restantes Planes Económicos en vigor. Por lo expuesto, a propuesta de la Dirección General de Presupuestos y Finanzas, y en virtud de lo establecido en la Ley 3/1990, de 5 de abril, de Hacienda de la Región de Murcia, se aprueban las siguientes normas para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Región de Murcia para el ejercicio económico del año 2000. I.- ÁMBITO DE APLICACIÓN: Las normas contenidas en la presente orden serán de aplicación a: a) La Administración General de la Comunidad Autónoma. b) La Asamblea Regional. c) El Consejo Jurídico de la Región de Murcia. d) Los Organismos Autónomos. e) Las Empresas Públicas Regionales. II.-ESTRUCTURA DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA. II.1. Estructura general del presupuesto de ingresos. El presupuesto de ingresos se estructura por unidades orgánicas y por categorías económicas. A) Estructura orgánica: El presupuesto de ingresos se estructura orgánicamente por Centros gestores, clasificados en función de los siguientes subsectores: a) Comunidad Autónoma. b) Organismos Autónomos. B) Estructura económica: Los recursos incluidos en los estados de ingresos del Presupuesto se ordenarán, según su naturaleza económica, con arreglo a la clasificación por capítulos, artículos, conceptos y subconceptos, que aparecen como Anexo II a la presente Orden. No obstante, con objeto de facilitar la gestión y control de los ingresos, la Dirección General de Presupuestos y Finanzas realizará una clasificación con un mayor nivel de desagregación, que será facilitada a las distintas Consejerías y Organismos Autónomos, para ser utilizada en el proceso de elaboración. Cuando algún ingreso no esté convenientemente representado por un concepto, o la denominación del concepto no refleje la identidad o naturaleza del correspondiente ¿CPI¿PC¿ Página 8100 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ingreso, los Centros Gestores propondrán la creación o modificación que proceda. II.2. Estructura general del presupuesto de gastos. Los créditos del Presupuesto de gastos se estructuran atendiendo a una triple clasificación: funcional, orgánica y económica: A) Estructura funcional: La asignación de recursos financieros se efectuará dentro de una estructura de programas, en función de los objetivos que se propongan en cada uno de ellos y que resulten seleccionados. Dichos programas se agregarán en subfunciones y funciones de acuerdo con la clasificación a que se refiere el Anexo I de la presente Orden. No obstante, la Dirección General de Presupuestos y Finanzas, a propuesta de cada Consejería, podrá incluir nuevos programas no previstos en la referida clasificación: B) Estructura orgánica: Las dotaciones consignadas en los programas de gastos se distribuirán por Centros gestores, con arreglo a la estructura contenida en el Anexo IV a esta Orden. C) Estructura económica: Los créditos incluidos en los estados de gastos del presupuesto se ordenarán, según su naturaleza económica, con arreglo a la clasificación por capítulos, artículos, conceptos y subconceptos que se detalla en el Anexo III, de acuerdo con la definición establecida en la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 12 de junio de 1998, por la que se establecen las estructuras funcional y económica de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma y sus Organismos Autónomos. No obstante, la Dirección General de Presupuestos y Finanzas, a propuesta de cada Consejería, podrá incluir nuevos conceptos o subconceptos que no figuren tipificados en dicho anexo. II.3. Estructuras específicas. Los Organismos Autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos y las empresas públicas regionales cumplimentarán la información que se relaciona en el Anexo VI. III.-PROCESO PARA LA ELABORACIÓN DEL PRESUPUESTO. III.1. Texto articulado de Anteproyecto de Ley. Los Secretarios Generales de las Consejerias deberán remitir a la Dirección General de Presupuestos y Finanzas, las propuestas de normas de contenido presupuestario cuya inclusión en el articulado de la Ley de Presupuestos consideren procedentes. A tal fin deberán cumplimentar la ficha P00-TL que figura en el anexo V. III.2. Estados de Ingresos y Gastos. Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma se elaborarán de acuerdo con los objetivos fijados en el Escenario de Consolidación Presupuestaria de la Región que contienen la programación financiera de la Comunidad Autónoma y sus Organismos Autónomos. 1.- La elaboración de los presupuestos se basará en: a) La determinación de los objetivos y metas que se prevean alcanzar y que han sido recogidos en el Plan Estratégico de Desarrollo de la Región de Murcia, período 2000-2006, así como en los diferentes planes sectoriales en vigor. b) El establecimiento de los indicadores que posibiliten el seguimiento del grado de realización de los objetivos definidos en los programas de gasto. c) La decisión sobre los proyectos de inversión a incluir en dicho presupuesto en función de su rentabilidad económica y social y de acuerdo con los objetivos definidos. d) La inclusión de proyectos cofinanciados a través de los fondos estructurales de la Unión Europea y otras fuentes de financiación. e) La cuantificación y clasificación de los recursos financieros precisos para lograr los objetivos, asumiendo cada uno de los Centros Gestores de los recursos el impulso y tramitación de las actuaciones precisas hasta lograr la efectiva realización de los mismos en el plazo más breve posible. f) La evaluación de los programas de actuación, inversiones y financiación de las empresas públicas regionales, a efectos de la elaboración de sus presupuestos de explotación y capital. 2.- Para la consecución de lo dispuesto en el punto 1 anterior, podrán constituirse comisiones de análisis de Programas, bajo la presidencia del Director General de Presupuestos y Finanzas, en las que participarán los Directores Generales de los Centros Gestores y los técnicos que se considere conveniente. Estas Comisiones deberán analizar: a) Los objetivos a alcanzar en cada uno de los Programas, así como las actuaciones necesarias para llevarlos a cabo y los indicadores definidos para posibilitar el seguimiento de la realización de dichos objetivos. b) Los recursos que requiere la consecución de cada uno de los objetivos propuestos. En especial deberán analizar el nivel de gastos de personal y funcionamiento necesarios para la realización de las actividades propuestas, la eficacia de las líneas de subvención o ayuda en relación a la consecución del objetivo del programa al que se ligan, y los proyectos de inversión a incluir en el Anexo de Inversiones Reales. c) Los ingresos afectos a cada Programa. Finalmente, estas Comisiones deberán ajustar la dimensión de los programas al volumen de recursos financieros asignados a las secciones presupuestarias, proponiendo en consecuencia las adaptaciones de objetivos y reasignación de dotaciones que resulten necesarios. 3. Teniendo en cuenta las propuestas elaboradas por los distintos Centros gestores, la Dirección General de Presupuestos y Finanzas confeccionará los estados de gastos e ingresos para su elevación al Consejero de Economía y Hacienda, quien someterá a acuerdo del Consejo de Gobierno el correspondiente anteproyecto de Ley de Presupuestos. IV.- DOCUMENTACIÓN Y PLAZOS. IV.1.- Documentación. 1. Los Centros gestores cumplimentaran, mediante soporte informático facilitado por la Dirección General de ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8101 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ Presupuestos y Finanzas, las fichas detalladas a continuación, cuyos modelos quedan recogidos en el anexo V de la presente orden. - Ficha P00-E1, de Modificaciones en la estructura orgánica y de programas: el objeto de esta ficha es conocer las modificaciones en las estructuras orgánica y de programas producidas entre las vigentes en 1999 y las propuestas para el 2000. - Ficha P00/O1, de Memoria del programa: el objeto de esta ficha es conocer la finalidad última del programa, indicando la problemática sobre la que se actúa, los órganos que intervienen en su ejecución, los objetivos concretos que se persiguen y las principales actividades a desarrollar. - Ficha P00/O2, de Objetivos e indicadores: el objeto de esta ficha es definir los indicadores necesarios para evaluar el grado de consecución de los objetivos del programa. - Fichas P00/G-1A y P00/MG-1A, de conceptos retributivos no ligados a puestos de trabajo: cuyo objeto es conocer las necesidades económicas de los conceptos 121 «Sustitución de Funcionarios», 131 ¿Laboral Temporal¿, 150 ¿Productividad¿ y 151 ¿Gratificaciones¿, así como justificar adecuadamente las solicitudes realizadas, explicando las variaciones con respecto al ejercicio anterior. - Fichas P00/G-1B y P00/MG-1B, de prestaciones y gastos sociales: cuyo objeto es conocer las necesidades económicas de los conceptos 161 ¿Prestaciones Sociales¿ y 162 ¿Gastos Sociales del personal¿, así como justificar adecuadamente las solicitudes realizadas, explicando las variaciones con respecto al ejercicio anterior. - Ficha P00/G2, de resumen de gastos de Capítulo II: cuyo fin es determinar la previsión para cada uno de los conceptos o subconceptos presupuestarios . - Ficha P00/E2, de estructura económica no tipificada: el objeto de esta ficha es expresar la denominación de las aplicaciones económicas de los conceptos de capítulos IV y VII, que varía en función de su adscripción orgánica. - Ficha P00/PG, de dotaciones de proyectos de gasto: el objeto de esta ficha es obtener información individualizada de los proyectos de gasto previstos para el año 2000 y siguientes. - Ficha P00/MT, de memoria de proyectos de gasto, capítulos IV y VII: el objeto de esta ficha es obtener información precisa sobre las características de la subvención o transferencia que constituye cada uno de los proyectos de gasto que han de incluirse en la ficha P00/PG. - Ficha P00/MPI, de memoria de proyectos de inversión: el objeto de esta ficha es obtener información más amplia y detallada sobre cada uno de los proyectos incluidos en el Anexo de Inversiones Reales. - Ficha P00/G3 de dotación de Capítulos III, VIII y IX: el objeto de esta ficha es conocer la evolución de los diversos conceptos y subconceptos de los capítulos mencionados del estado de gastos entre los ejercicios 1999 y 2000. - Ficha P00/MP, de Memoria explicativa de variaciones en las dotaciones del programa: el objeto de esta ficha es que los Centros gestores justifiquen con detalle, para cada capítulo de gastos del correspondiente programa, las variaciones con respecto al ejercicio anterior. - Ficha P00-TL, de Propuesta de Texto para su inclusión en el texto articulado: el objeto de esta ficha es recoger todas las propuestas de normas de contenido presupuestario cuya inclusión en el articulado de la Ley de Presupuestos consideren procedentes, distinguiendo, en relación a la vigente Ley, entre propuesta de modificación y propuesta de adición o supresión. IV.2.- Plazos. 1. Los Centros Gestores elaborarán sus correspondientes anteproyectos de gastos para el año 2000 en base al escenario presupuestario facilitado por la Dirección General de Presupuestos y Finanzas. Para ello tendrán acceso directo al programa informático de elaboración de presupuestos, a efectos de la introducción de los datos correspondientes a los capítulos de gastos para los que estén autorizados. Estos datos deberán estar introducidos y remitidos a la Dirección General de Presupuestos y Finanzas con fecha límite el día 24 de julio. Los Organismos Autónomos deberán remitir su información a través de la Consejería a la que estén adscritos. Las Empresas Públicas cumplimentarán las fichas relacionadas en el anexo VI de la presente Orden y las remitirán a la Consejería a la que estén adscritas, para su posterior remisión por ésta a la Dirección General de Presupuestos y Finanzas en el plazo señalado en el párrafo anterior. 2. La Dirección General de Presupuestos y Finanzas, a la vista de la documentación referida en los apartados anteriores, elaborará un informe, para su elevación al Consejero de Economía y Hacienda, que contendrá: a) La estimación de los recursos financieros clasificados por capítulos, artículos y, en su caso, conceptos y subconceptos. b) La agregación de las propuestas de anteproyectos de gastos de los Centros Gestores c) El análisis económico y funcional de estas propuestas. 3. El Consejero de Economía y Hacienda elevará el citado informe al Consejo de Gobierno antes del 30 de julio, a efectos de que éste determine las cuantías asignadas a cada Sección presupuestaria. 4. La Dirección General de Presupuestos y Finanzas, una vez conocidas las cantidades asignadas por el Consejo de Gobierno, remitirá a los respectivos centros gestores las modificaciones a efectuar sobre sus anteproyectos de gastos. Una vez elaborado el Anteproyecto de Ley de Presupuestos para el ejercicio 2000, el Consejero de Economía y Hacienda, antes del día 8 de octubre, lo elevará al Consejo de Gobierno para su aprobación. 5. Una vez aprobado, el Consejo de Gobierno remitirá el Proyecto de Ley a la Asamblea Regional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 3/1990, de Hacienda de la Región de Murcia. Disposición adicional Única.- De acuerdo con las directrices de la Dirección General de Presupuestos y Finanzas, la Dirección General de Informática realizará las funciones de coordinación y soporte informático necesarias para la obtención del documento del proyecto de Ley de Presupuestos Generales ¿CPI¿PC¿ Página 8102 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ Disposiciones finales Primera.-Se autoriza al Director General de Presupuestos y Finanzas a dictar las instrucciones que procedan en lo referente a las clasificaciones funcional y económica y a los criterios de imputación de ingresos y gastos. También se autoriza al Director General de Presupuestos y Finanzas a recabar los informes y estados justificativos necesarios para determinar la realidad económico-financiera de los distintos centros gestores. Segunda.-Se autoriza al Director General de Presupuestos y Finanzas a dictar cuantas instrucciones sean necesarias para el desarrollo de la presente Orden. Tercera.- La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia". Murcia a 18 de junio de 1999.¿El Consejero de Economía y Hacienda, Juan Bernal Roldán. A N E X O I ESTRUCTURA DE FUNCIONES Y DE PROGRAMAS PARA EL PRESUPUESTO DEL AÑO 2000 Grupo 1. Servicios de Carácter General FUNCIÓN SUBFUNCIÓN PROGRAMA 1.1 Alta Dirección de la Comunidad Autónoma y del Gobierno. 1.1.1 Alta Dirección de la Comunidad Autónoma. 1.1.1.A Asamblea Regional. 1.1.2 Alta Dirección del Gobierno. 1.1.2.A Dirección y Servicios Generales. 1.1.2.B Comunicación y asistencia informativa C. Autónoma. 1.1.2.C Asistencia consultiva de la Comunidad Autónoma. 1.2 Administración Central. 1.2.1 Servicios Generales y Función Pública. 1.2.1.B Administración de la Función Pública. 1.2.1.C Escuela Regional de Administración Pública. 1.2.4 Gastos de la Comunidad Autónoma relativos a la Administración Local. 1.2.4.A Asesoramiento y Asistencia Técnica a los Municipios. 1.2.4.B Coordinación de Policias Locales. 1.2.6 Otros Servicios Generales. 1.2.6.A Asistencia Jurídica de la Comunidad. 1.2.6.B Imprenta Regional. 1.2.6.D Parque Móvil Regional. 1.2.6.E Gestión de las Relaciones con la Unión Europea. 1.2.6.F Vigilancia, Seguridad y Control de Accesos. 1.2.6.G Inspección de Servicios. Grupo 2. Protección Civil y Seguridad Ciudadana FUNCIÓN SUBFUNCIÓN PROGRAMA 2.2 Seguridad y Protección Civil. 2.2.3 Protección Civil. 2.2.3.A Servicio de Protección Civil. 2.2.3.B Consorcio Regional de Extinción de Incendios y Salvamento. 2.2.3.C Teléfono Unico de Emergencias. Grupo 3. Seguridad, Protección y Promoción Social FUNCIÓN SUBFUNCIÓN PROGRAMA 3.1 Seguridad y Protección Social. 3.1.1 Administración de la seguridad y protección social. 3.1.1.B Dirección y Servicios Generales. ISSORM. 3.1.3 Acción Social. 3.1.3.A Planificación y Evaluación de Servicios Sociales. 3.1.3.B Personas con trastorno mental y otros colectivos. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8103 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ 3.1.3.C Gestión de Servicios Sociales. 3.1.3.D Protección del Menor. 3.1.3.F Personas con Discapacidad. 3.1.3.G Personas Mayores. 3.1.3.H Turismo Social. 3.1.3.M Familia. 3.1.4 Pensiones y Otras Prestaciones Económicas. 3.1.4.A Clases Pasivas. 3.1.4.C Pensiones, Ayudas y Subvenciones. 3.1.5 Relaciones Laborales. 3.1.5.A Administración de las Relaciones Laborales y condiciones de Trabajo. 3.2 Promoción Social. 3.2.2 Promoción del Empleo. 3.2.2.A Fomento del Empleo. 3.2.3 Promoción sociocultural. 3.2.3.A Promoción y Servicios a la Juventud. 3.2.3.B Promoción de la Mujer. Grupo 4. Producción de Bienes Públicos de Carácter Social FUNCIÓN SUBFUNCIÓN PROGRAMA 4.1 Sanidad. 4.1.1 Administración General de Sanidad. 4.1.1.A Dirección y Servicios Generales. 4.1.2 Hospitales, Servicios Asisten-ciales y Centros de Salud. 4.1.2.E Centro de Area de Lorca. 4.1.2.F Centro de Area de Cartagena. 4.1.2.I Centro de Area de Caravaca. 4.1.2.J Planificación y coordinación sanitaria. 4.1.2.M Coordinación Regional de Transplantes. 4.1.3 Acciones Públicas Relativas a la Salud. 4.1.3.B Salud. 4.1.3.C Centro de Bioquímica. 4.1.3.D Salud Pública e Inspecciones. 4.2 Educación. 4.2.1 Administración General de Educación. 4.2.1.A Educación. 4.2.1.BUniversidad e Investigación. 4.2.2 Enseñanza. 4.2.2.A Escuela Universitaria de Enfermería. 4.2.2.B Centros de Eduación Infantil. 4.2.3. Promoción educativa 4.3 Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda. 4.3.1 Vivienda y Arquitectura. 4.3.1.A Promoción y Rehabilitación de Viviendas. 4.3.1.B Actuaciones en Patrimonio Arquitectónico. 4.3.1.C Promoción Pública de Viviendas. 4.3.1.D Calidad en la Edificación. 4.3.2 Ordenación del territorio y urbanismo. 4.3.2.A Urbanismo. 4.3.2.B Ordenación del Territorio. 4.4 Bienestar Comunitario. 4.4.1 Saneamiento y Abastecimiento de Aguas. 4.4.1.A Saneamiento y Depuración de Poblaciones. 4.4.1.B Abastecimiento de Agua Potable. 4.4.2 Protección del Medio Ambiente. 4.4.2.A Calidad Ambiental. 4.4.2.B Protección y Conservación de la Naturaleza. 4.4.2.D Gestión Forestal. 4.4.3 Protección de los derechos de los consumidores. 4.4.3.A Defensa del Consumidor. 4.4.4 Otros servicios de bienestar comunitario 4.4.4.A Plan de cooperación local. 4.5 Cultura. 4.5.1 Administración General de Cultura. 4.5.1.A Dirección y Servicios Generales. 4.5.2 Bibliotecas y Archivos. 4.5.2.A Bibliotecas y Archivos. 4.5.3 Museos y artes plásticas. 4.5.3.A Museos y artes plásticas. 4.5.5 Promoción Cultural. 4.5.5.A Promoción y Cooperación Cultura. 4.5.7 Deportes y Educación Física. 4.5.7.A Deportes. 4.5.7.B Instalaciones y Centros Deportivos. 4.5.8 Protección del Patrimonio His-tórico Artístico y Arqueología. 4.5.8.A Instituto de Patrimonio Histórico. ¿CPI¿PC¿ Página 8104 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ Grupo 5. Producción de Bienes de Carácter Económico FUNCIÓN SUBFUNCIÓN PROGRAMA 5.1 Infraestructuras básicas y transportes. 5.1.1 Administración General de Obras Públicas y Transportes. 5.1.1.A Dirección y Servicios Generales. 5.1.2 Recursos Hidráulicos. 5.1.2.A Planificación de Recursos. 5.1.2.D Acondicionamiento de cauces. 5.1.3 Transporte Terrestre. 5.1.3.A Transportes y comunicaciones. 5.1.3.C Conservación de la Red Viaria. 5.1.3.D Planificación y Mejoras en la Red Viaria. 5.1.4 Puertos y Transporte Marítimo. 5.1.4.A Puertos. 5.3 Infraestructuras Agrarias. 5.3.1 Reforma y Desarrollo Agrario. 5.3.1.A Reforma de la Estructura Agraria y Desarrollo Rural. 5.3.1.B Modernización de Regadíos. 5.4 Investigación Científica, Técnica y Aplicada. 5.4.2 Investigación Científica, Técnica y Aplicada. 5.4.2.A Formación y Transferencia Tecnológica. 5.4.2.B Investigaciones Agrarias. 5.4.2.C Investigación y Desarrollo Tecnológico. 5.5 Información Básica y Estadística. 5.5.1 Cartografía y Estadística 5.5.1.A Cartografía 5.5.1.C Centro Regional Estadística y Documentación. Grupo 6. Regulación Económica de Carácter General FUNCIÓN SUBFUNCIÓN PROGRAMA 6.1 Regulación Económica. 6.1.1 Administración General de Hacienda. 6.1.1.A Dirección y Servicios Generales 6.1.1.B Programación e Informática. 6.1.2 Política Económica, Presu-puestaria y Fiscal. 6.1.2.A Economía y Planificación. 6.1.2.B Programación y Presupuestación. 6.1.2.C Control Interno y Contabilidad Pública. 6.1.2.D Gestión del Tesoro Público Regional. 6.1.2.E Gestión del Patrimonio de la Comunidad Autónoma. 6.1.3 Gestión del sistema Tributario. 6.1.3.A Gestión e Inspección de Tributos. 6.1.3.B Recaudación de Tributos y otros ingresos. 6.2 Regulación Comercial. 6.2.2 Comercio Interior 6.2.2.A Promoción del Comercio. 6.3 Regulación Financiera. 6.3.1 Administración Financiera. 6.3.1.A Política Financiera. 6.3.3 Imprevistos y Situaciones Transitorias. 6.3.3.C Imprevistos y Funciones no Clasificadas. Grupo 7. Regulación Económica de Sectores Productivos FUNCION SUBFUNCION PROGRAMA 7.1 Agricultura, Ganadería y Pesca. 7.1.1 Administración General de Agricultura, Ganadería y Pesca. 7.1.1.A Dirección y Servicios Generales. 7.1.1.B Organismo Pagador. 7.1.2 Ordenación y mejora de la Producción Agraria y Pesquera. 7.1.2.A Transferencia Tecnológica y Modernización de Explotaciones. 7.1.2.B Potenciación, Conservación y Racionalización de los Recursos Pesqueros. 7.1.2.E Prom. y Mej. Indo, Com. y Cald. Agroalimentaria. 7.1.2.F Sanidad y Producción Agraria. 7.1.2.G Producción Agrícola y Ganadera. 7.1.2.H Laboratorio Agrario y de Medio Ambiente. 7.2 Industria. 7.2.1 Administración General de Industria. 7.2.1.A Dirección y Servicios Generales. 7.2.2 Actuaciones Administrativas sobre la Industria. 7.2.2.A Planificación y Ordenación Indus-trial y Energética. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8105 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ 7.2.2.B Inspección Técnica de Vehículos. 7.2.4 Desarrollo Empresarial 7.2.4.A Desarrollo de la Economía Social. 7.2.4.B Artesanía. 7.4 Minería. 7.4.1 Fomento de la Minería 7.4.1.A Ordenación y Fomento de la Minería. 7.5 Turismo 7.5.1 Ordenación y Promoción Turística. 7.5.1.A Promoción, Fomento y Ordenación del Turismo. Grupo 0. Deuda Pública. FUNCIÓN SUBFUNCIÓN PROGRAMA 0.1 Deuda Pública. 0.1.1 Deuda Pública. 0.1.1.A Amortización y Gastos Financieros de la Deuda Pública y Otras Operaciones. A N E X O I I CLASIFICACION ECONÓMICA DEL PRESUPUESTO DE INGRESOS PARA EL AÑO 2000 Capítulo I. Impuestos Directos ART. CONC. SUBC. DESCRIPCIÓN 10 SOBRE LA RENTA Y RECARGOS SOBRE IMPUESTOS DIRECTOS 100 Tarifa autonómica sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 101 Recargo y participación en el Impuesto de Actividades Económicas. 102 Recargo sobre Licencias Fiscales años anteriores 103 Recargo y participación en el Impuesto de Actividades Económicas años anteriores 11 SOBRE EL CAPITAL. 110 Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. 110.1 Sobre sucesiones mortis causa 110.2 Sobre donaciones intervivos 111 Impuesto sobre el Patrimonio. 112 Impuesto Extraordinario sobre el Patrimonio de las Personas Físicas. Capítulo II. Impuestos Indirectos 20 SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS. 200 Sobre transmisiones intervivos y operaciones societarias 201 Sobre actos jurídicos documentados. 25 IMPUESTOS SOBRE EL JUEGO. 250 Impuesto regional sobre premios del bingo. Capítulo III. Tasas, Precios Públicos y Otros Ingresos 30 TASAS. 300 Tasas Generales de la Comunidad Autónoma 300.1 Tasa General de Administración. 300.2 Tasa General por prestación servicios y actividades facultativas. 300.3 Compensación Compañía Telefónica Nacional de España. 300.4 Tasas Fiscales sobre el juego. 300.5 Tasa fiscal sobre rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias. ART. CONC. SUBC. DESCRIPCIÓN 301 Tasas de las distintas Consejerías y Organismos Autónomos. 301.0 Imprenta Regional. 301.1 Consejería de Presidencia. 301.2 Agencia Regional de Recaudación. 301.3 Consejería de Economía y Hacienda. 301.4 Consejería de Política Territorial y Obras Públicas. 301.5 Consejería de Cultura y Educación. 301.6 Consejería de Industria, Trabajo y Turismo. ¿CPI¿PC¿ Página 8106 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ 301.7 Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua. 301.8 Consejería de Sanidad y Política Social. 301.9 Instituto de Servicios Sociales de la Región de Murcia. 31 PRECIOS PÚBLICOS. 310 Precios Públicos de las distintas Consejerías y Organismos Autónomos. 310.0 Imprenta Regional. 310.1 Consejería de Presidencia. 310.2 Agencia Regional de Recaudación. 310.3 Consejería de Economía y Hacienda. 310.4 Consejería de Política Territorial y Obras Públicas. 310.5 Consejería de Cultura y Educación. 310.6 Consejería de Industria, Trabajo y Turismo. 310.7 Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua. 310.8 Consejería de Sanidad y Política Social. 310.9 Instituto de Servicios Sociales de la Región de Murcia. 32 OTROS INGRESOS POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS 320 Comisiones por avales en operaciones financieras. 322 Administración y cobranza. 329 Otros ingresos por prestación de servicios. 33 VENTA DE BIENES. 330 Venta de Publicaciones propias 332 Venta de fotocopias y otros productos de reprografía. 334 Venta de productos agropecuarios y forestales. 339 Venta de otros bienes. ART. CONC. SUBC. DESCRIPCIÓN 38 REINTEGROS DE OPERACIONES CORRIENTES. 380 De ejercicios cerrados. 381 Del presupuesto corriente. 382 De subvenciones cofinanciadas. 39 OTROS INGRESOS. 391 Recargos, multas y costas. 391.0 Recargo de apremio. 391.1 Intereses de demora. 391.2 Multas y sanciones. 391.20 Imprenta Regional. 391.21 Consejería de Presidencia. 391.22 Agencia Regional de Recaudación. 391.23 Consejería de Economía y Hacienda. 391.24 Consejería de Política Territorial y Obras Públicas. 391.25 Consejería de Cultura y Educación. 391.26 Consejería de Industria, Trabajo y Turismo. 391.27 Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua. 391.28 Consejería de Sanidad y Política Social. 391.29 Instituto de Servicios Sociales de la Región de Murcia. 391.3 Costas del procedimiento de apremio. 391.4 Recargo sobre autoliquidaciones. 391.9 Otros recargos y multas. 392 Diferencias de cambio 399 Ingresos diversos. Capítulo IV. Transferencias Corrientes ART. CONC. SUBC. DESCRIPCIÓN 40 DEL SECTOR PÚBLICO ESTATAL. 400 Participación Provincial: Aportación Sanitaria. 402 Subvenciones corrientes. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8107 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ 402.0 Imprenta Regional. 402.1 Consejería de Presidencia 402.2 Agencia Regional de Recaudación. 402.3 Consejería de Economía y Hacienda. 402.4 Consejería de Política Territorial y Obras Públicas. 402.5 Consejería de Cultura y Educación. 402.6 Consejería de Industria, Trabajo y Turismo. ART. CONC. SUBC. DESCRIPCIÓN 402.7 Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua. 402.8 Consejería de Sanidad y Política Social. 402.9 Instituto de Servicios Sociales de la Región de Murcia. 403 Otras subvenciones corrientes. 403.9 Costes por servicios y funciones transferidos. 406 Transferencias corrientes. 406.0 Participación Provincial en Apuestas Deportivo Beneficas. 407 Participación Provincial. Financiación incondicionada. 408 Financiación autonómica. 41 DE ORGANISMOS AUTÓNOMOS ADMINISTRATIVOS DE LA CARM. 410 al 415 Subvenciones corrientes de OO.AA. administrativos. 416 al 419 Transferencias corrientes de OO.AA. administrativos. 42 DE LA ADMINISTRACIÓN REGIONAL. 420 al 425 Subvenciones corrientes de la Admón. Regional. 426 al 429 Transferencias corrientes de la Admón. Regional. 43 DE ORGANISMOS AUTÓNOMOS COMERCIALES, IDUSTRIALES, FINANCIEROS O ANÁLOGOS DE LA C.A.R.M. 430 AL 435 Subvenciones corrientes de OO.AA. Comerciales, Industriales, Financieros o análogos de la C.A.R.M. 436 al 439 Transferencias corrientes de OO.AA. Comeciales, Industriales, Financieros o análogos de la C.A.R.M. 44 DE EMPRESAS PÚBLICAS Y OTROS ENTES PÚBLICOS.DE LA C.A.R.M. 440 AL 445 Subvenciones corrientes de Empresas Públicas y otros Entes Públicos de la C.A.R.M. 446 al 449 Transferencias corrientes de Empresas Públicas y otros Entes Públicos de la C.A.R.M. 45 DE OTRAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS. 450 al 455 Subvenciones corrientes de otras CC.AA. 456 al 459 Transferencias corrientes de otras CC.AA. 46 DE CORPORACIONES LOCALES. 460 al 465 Subvenciones corrientes de Corporaciones Locales. 466 al 469 Transferencias corrientes de Corporaciones Locales. ART. CONC. SUBC. DESCRIPCIÓN 47 DE EMPRESAS PRIVADAS. 470 al 475 Subvenciones corrientes de empresas privadas. 476 al 479 Transferencias corrientes de empresas privadas. 48 DE FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO. 480 al 485 Subvenciones corrientes de familias e instituciones sin fines de lucro. 486 al 489 Transferencias corrientes de familias e instituciones sin fines de lucro. 49 DEL EXTERIOR. 490 Del Fondo Social Europeo. 491 Del Feoga-Garantía. 492 Otras transferencias corrientes de la Unión Europea. 499 Otras transferencias corrientes del exterior. ¿CPI¿PC¿ Página 8108 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ Capítulo V. Ingresos Patrimoniales ART. CONC. SUBC. DESCRIPCIÓN 50 INTERESES DE TÍTULOS Y VALORES. 500 Del Estado 501 De Organismos Autónomos Administrativos. 503 De OO.AA. de carácter Comercial, Industrial, Financiero o análogo. 504 De Empresas Públicas y otros Entes Públicos. 505 De Comunidades Autónomas. 506 De Corporaciones Locales y otros entes territoriales. 507 De empresas privadas. 51 INTERESES DE ANTICIPOS Y PRÉSTAMOS CONCEDIDOS. 510 Al Estado. 511 A Organismos Autónomos Administrativos. 513 A Organismos Autónomos Comerciales, Industriales, financieros o análogos. 514 A Empresas Públicas y otros Entes Públicos. 515 A Comunidades Autónomas. 516 A Corporaciones Locales y otros entes territoriales. 517 A empresas privadas. 518 A familias e instituciones sin fines de lucro. 519 Al exterior. ART. CONC. SUBC. DESCRIPCIÓN 52 INTERESES DE DEPÓSITOS. 520 Intereses de cuentas bancarias. 529 Intereses de otros depósitos. 53 DIVIDENDOS Y PARTICIPACIONES EN BENEFICIOS. 533 De OO.AA. Comerciales, Industriales, Financieros o análogos. 534 De Empresas Públicas y otros Entes Públicos. 537 De empresas privadas. 54 RENTAS DE BIENES INMUEBLES. 540 Alquiler y productos de inmuebles. 55 PRODUCTOS DE CONCESIONES Y APROVECHAMIENTOS ESPECIALES. 550 De concesiones administrativas. 551 Aprovechamientos agrícolas y forestales. 559 Otras concesiones y aprovechamientos. 57 RESULTADOS DE OPERACIONES COMERCIALES. 570 Resultados de operaciones comerciales. 58 VARIACIÓN DEL FONDO DE MANIOBRA 580 Variación del fondo de maniobra. 59 OTROS INGRESOS PATRIMONIALES. 590 Otros Ingresos Patrimoniales Capítulo VI. Enajenacion de Inversiones Reales ART. CONC. SUBC. DESCRIPCIÓN 60 DE TERRENOS. 600 Venta de solares. 601 Venta de fincas rústicas. 61 DE LAS DEMAS INVERSIONES REALES. 610 De edificios y locales. 611 De otros bienes inmuebles. 619 Venta de otras inversiones reales. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8109 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ART. CONC. SUBC. DESCRIPCIÓN 68 REINTEGROS POR OPERACIONES DE CAPITAL 680 De ejercicios cerrados. 681 Del presupuesto corriente. 682 De subvenciones cofinanciadas. Capítulo VII. Transferencias de Capital ART. CONC. SUBC. DESCRIPCIÓN 70 DEL SECTOR PÚBLICO ESTATAL.. 700 Fondo de Compensación Interterritorial 701 Plan de Obras y Servicios y Programa Operativo Local. 702 Subvenciones de capital. 702.0 Imprenta Regional. 702.1 Consejería de Presidencia. 702.2 Agencia Regional de Recaudación. 702.3 Consejería de Economía y Hacienda. 702.4 Consejería de Política Territorial y Obras Públicas. 702.5 Consejería de Cultura y Educación. 702.6 Consejería de Industria, Trabajo y Turismo. 702.7 Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua. 702.8 Consejería de Sanidad y Política Social. 702.9 Instituto de Servicios Sociales de la Región de Murcia. 703 Otras subvenciones de capital 703.9 Por servicios y funciones que se transfieran. 706 Transferencias de capital 706.0 Imprenta Regional. 706.1 Consejería de Presidencia. 706.2 Agencia Regional de Recaudación. 706.3 Consejería de Economía y Hacienda. 706.4 Consejería de Política Territorial y Obras Públicas. 706.5 Consejería de Cultura y Educación. 706.6 Consejería de Industria, Trabajo y Turismo. 706.7 Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua. 706.8 Consejería de Sanidad y Política Social. 706.9 Instituto de Servicios Sociales de la Región de Murcia. 71 DE ORGANISMOS AUTÓNOMOS ADMINISTRATIVOS DE LA C.A.R.M. 710 al 715 Subvenciones de capital de OO.AA. administrativos. 716 al 719 Transferencias de capital de OO.AA. administrativos. ART. CONC. SUBC. DESCRIPCIÓN 72 DE LA ADMINISTRACIÓN REGIONAL. 720 al 725 Subvenciones de capital de la Admón. Regional. 726 al 729 Transferencias de capital de la Admón. Regional 73 DE ORGANISMOS AUTÓNOMOS COMERCIALES, INDUSTRIALES, FINANCIEROS O ANÁLOGOS DE LA C.A.R.M. 730 al 735 Subvenciones de capital de OO.AA. Comerciales, Industriales, Financieros o análogos de la C.A.R.M. 736 al 739 Transferencias de capital de OO.AA. Comerciales, Industriales, Financieros o análogos de la C.A.R.M. 74 DE EMPRESAS PÚBLICAS Y OTROS ENTES PÚBLICOS DE LA C.A.R.M. 740 al 745 Subvenciones de capital de Empresas Públicas y otros Entes Públicos de la C.A.R.M. 746 al 749 Transferencias de capital de Empresas Públicas y otros Entes Públicos de la C.A.R.M. 75 DE OTRAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS. 750 al 755 Subvenciones de capital de otras CC.AA. 756 al 759 Transferencias de capital de otras CC.AA. 76 DE CORPORACIONES LOCALES. 760 al 765 Subvenciones de capital de Corporaciones Locales. 766 al 769 Transferencias de capital de Corporaciones Locales. ¿CPI¿PC¿ Página 8110 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ 77 DE EMPRESAS PRIVADAS. 770 al 775 Subvenciones de capital de empresas privadas. 776 al 779 Transferencias de capital de empresas privadas. 78 DE FAMILIAS E INSTITUCIONES SIN FINES DE LUCRO. 780 al 785 Subvenciones de capital de familias e instituciones sin fines de lucro. 786 al 789 Transferencias de capital de familias e instituciones sin fines de lucro. 79 DEL EXTERIOR. 790 Del Fondo Europeo de Desarrollo Regional. 791 Del Fondo Social Europeo. 792 Del Feoga Orientación. 794 Del Feoga Garantía. 795 Otros Fondos Comunitarios. Capitulo VIII. Activos Financieros ART. CONC. SUBC. DESCRIPCIÓN 80 ENAJENACIÓN DE DEUDA DEL SECTOR PÚBLICO. 800 A corto plazo. 801 A largo plazo. 81 ENAJENACIÓN DE OBLIGACIONES Y BONOS DE FUERA DEL SECTOR PÚBLICO. 810 A corto plazo. 811 A largo plazo. 82 REINTEGROS DE PRÉSTAMOS CONCEDIDOS AL SECTOR PÚBLICO. 820 A corto plazo. 821 A largo plazo. 83 REINTEGROS DE PRÉSTAMOS CONCEDIDOS FUERA DEL SECTOR PÚBLICO. 830 A corto plazo. 831 A largo plazo. 84 DEVOLUCIÓN DE DEPÓSITOS Y FIANZAS. 840 Devolución de depósitos. 841 Devolución de fianzas. 85 ENAJENACIÓN DE ACCIONES DEL SECTOR PÚBLICO. 850 Enajenación de acciones del sector público. 86 ENAJENACIÓN DE ACCIONES DE FUERA DEL SECTOR PÚBLICO. 860 De empresas nacionales o de la Unión Europea. 861 De otras empresas. 87 REMANENTE DE TESORERÍA. 870 Remanente de Tesorería afectado. 871 Remanente de Tesorería no afectado. 88 DISOLUCIÓN DE EMPRESAS PÚBLICAS REGIONALES O PARTICIPADAS. 880 Disolución de Empresas Públicas Regionales participadas. 89 REINTEGROS DE ANTICIPOS CONCEDIDOS. 890 Al personal. Capítulo IX. Pasivos Financieros 90 EMISIÓN DE DEUDA PÚBLICA EN MONEDA NACIONAL. 900 A corto plazo. 901 A largo plazo. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8111 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ 91 PRÉSTAMOS RECIBIDOS EN MONEDA NACIONAL. 910 A corto plazo. 911 A largo plazo. 92 EMISIÓN DE DEUDA PÚBLICA EN MONEDA EXTRANJERA. 920 A corto plazo. 921 A largo plazo. 93 PRESTAMOS RECIBIDOS EN MONEDA EXTRANJERA. 930 A corto plazo. 931 A largo plazo. 94 DEPOSITOS Y FIANZAS RECIBIDAS. 940 Depósitos. 941 Fianzas. A N E X O III CLASIFICACIÓN ECONÓMICA DEL PRESUPUESTO DE GASTOS PARA EL AÑO 2000 Capítulo I.- Gastos de Personal CAP. ART. CON. DESCRIPCIÓN 1 GASTOS DE PERSONAL. 10 Altos Cargos. 100 Retribuciones básicas y otras remuneraciones de altos cargos. 00.- Retribuciones básicas. 01.- Otras remuneraciones. 11 Personal eventual de gabinetes. 110 Retribuciones básicas y otras remuneraciones del personal eventual de gabinetes. 00.- Retribuciones básicas. 01.- Otras remuneraciones. 12 Funcionarios. 120 Retribuciones básicas y complementarias. 00.- Sueldo. 01.- Trienios. 02.- Complemento de destino. 03.- Complemento específico del puesto de trabajo. 04.- Complementos personales y transitorios. 05.- Otras remuneraciones. 06.- Fondo para el cumplimiento de sentencias sobre personal funcionario. 121 Sustitución de funcionarios. 00.- Sueldo. 02.- Complemento de destino. 03.- Complemento específico del puesto de trabajo. 04.- Complementos personales y transitorios. 05.- Otras remuneraciones. 122 Retribuciones en especie. 123 Asignación por destino en el extranjero. CAP. ART. CON. DESCRIPCIÓN 13 Laborales. 130 Laboral fijo. 00.- Salarios. 01.- Antigüedad. 02.- Complemento de puesto de trabajo. 03.- Otras remuneraciones. 04.- Fondo para el cumplimiento de sentencias sobre pesonal laboral. ¿CPI¿PC¿ Página 8112 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ 131 Laboral temporal. 00.- Salarios. 02.- Complemento de puesto de trabajo. 03.- Otras remuneraciones. 14 Otro personal. 141 Otro personal. 15 Incentivos al rendimiento. 150 Productividad. 151 Gratificaciones. 16 Cuotas, prestaciones y gastos sociales a cargo del empleador. 160 Cuotas Sociales. 00.- Seguridad Social. 01.- MUFACE. 09.- Otros regímenes de previsión. 161 Prestaciones Sociales. 00.- Pensiones a funcionarios. 01.- Pensiones a familiares. 02.- Indemnizaciones por jubilación forzosa. 162 Gastos Sociales del personal. 00.- Formación y perfeccionamiento de personal. 01.- Ayudas por estudios de personal. 02.- Transporte de personal. 03.- Asistencia médico-farmacéutica. 04.- Acción Social. 05.- Seguros. 09.- Otros programas de acción social. Capítulo II.- Gastos Corrientes en Bienes y Servicios CAP. ART. CON. DESCRIPCIÓN 2 GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS. 20 Arrendamientos y cánones. 200 Arrendamientos de terrenos y bienes naturales. 202 Arrendamiento de edificios y otras construcciones. 203 Arrendamientos de maquinaria, instalaciones y utillaje. 204 Arrendamientos de material de transporte. 205 Arrendamientos de mobiliaro y enseres. 206 Arrendamientos de equipos para procesos de información. 208 Arrendamientos de otro inmovilizado material. 209 Cánones 21 Reparaciones, mantenimiento y conservación. 210 Infraestructura y bienes naturales. 212 Edificios y otras construcciones. 213 Maquinaria, instalaciones y utillaje. 214 Elementos de transporte. 215 Mobiliario y enseres. 216 Equipos para procesos de la información. 219 Otro inmovilizado material. 22 Material, suministros y otros. 220 Material de oficina. 00.- Ordinario no inventariable. 01.- Prensa, revistas, libros y otras publicaciones. 02.- Material informático no inventariable. 221 Suministros. 00.- Energía eléctrica. 01.- Agua. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8113 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ 02.- Gas. 03.- Combustibles y carburantes. 04.- Vestuario. 05.- Productos alimenticios. 06.- Productos farmacéuticos y material sanitario. 09.- Otros suministros. 222 Comunicaciones. 00.- Telefónicas. 01.- Postales y telegráficas. CAP. ART. CON. DESCRIPCIÓN 02.- Télex y Telefax. 03.- Informáticas. 09.- Otras comunicaciones. 223 Transportes. 224 Primas de seguros. 01.- De edificios y locales. 02.- De vehículos. 03.- De otro inmovilizado. 09.- De otros riesgos. 225 Tributos. 00.- Estatales. 01.- Autonómicos. 02.- Locales. 226 Gastos diversos. 01.- Atenciones protocolarias y representativas. 02.- Publicidad y Propaganda. 03.- Jurídicos, contenciosos. 05.- Remuneraciones a agentes mediadores independientes. 06.- Reuniones, conferencias y cursos. 07.- Oposiciones y pruebas selectivas. 09.- Otros gastos diversos. 227 Trabajos realizados por otras empresas y profesionales. 00.- Limpieza y aseo. 01.- Seguridad. 02.- Valoraciones y peritajes. 03.- Postales. 04.- Custodia, depósito y almacenaje. 05.- Procesos electorales 06.- Estudios y trabajos técnicos. 07.- Proceso de datos. 09.- Otros. 23 Indemnizaciones por razón del servicio. 230 Dietas. 00.- De miembros de la Asamblea. 01.- Reembolso de gastos de altos cargos. 02.- Del personal. 03.- De otros cargos electivos. CAP. ART. CON. DESCRIPCIÓN 231 Locomoción. 00.- De miembros de la Asamblea. 01.- De altos cargos. 02.- Del personal. 03.- De otros cargos electivos. 232 Traslados. 233 Indemnizaciones por asistencias a tribunales de oposiciones y concursos. 234 Otras indemnizaciones. 24 Gastos de Publicaciones. ¿CPI¿PC¿ Página 8114 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ 240 Gastos de edición y distribución. 25 Conciertos de asistencia sanitaria. 250 Con la Seguridad Social. 251 Con entidades de seguro libre. 259 Otros conciertos de asistencia sanitaria. 26 Conciertos para prestación de servicios sociales. 260 Conciertos para prestación de servicios sociales. 00.- Prestación de servicios a menores. 01.- Prestación de servicios a personas discapacitadas. 02.- Prestación de servicios a mayores. 03.- Prestación de servicios a otros colectivos. 04.- Programas de inserción social. 27 Gastos de funcionamiento de los Centros docentes no universitarios 270 Gastos de funcionamiento de los Centros docentes no universitarios Capítulo III.- Gastos Financieros CAP. ART. CON. DESCRIPCIÓN 3 GASTOS FINANCIEROS. 30 Deuda pública en moneda nacional. 300 Intereses 301 Gastos de emisión, modificación y cancelación. 309 Otros gastos financieros. 31 Préstamos en moneda nacional. 310 Intereses. 310.0 A corto plazo. 310.1 A largo plazo. 311 Gastos de formalización, modificación y cancelación. 319 Otros gastos financieros. 32 Deuda Pública en moneda extranjera. 320 Intereses. 321 Gastos de emisión, modificación y cancelación. 322 Diferencias de cambio. 329 Otros gastos financieros. 33 Préstamos en moneda extranjera. 330 Intereses. 331 Gastos de formalización, modificación y cancelación. 332 Diferencias de cambio. 339 Otros gastos financieros. 34 De depósitos y fianzas. 340 Intereses de depósitos. 341 Intereses de fianzas. 35 Intereses de demora y otros gastos financieros. 350 Intereses de demora. 359 Otros gastos financieros. Capítulo IV.- Transferencias Corrientes Se incluyen en este capítulo las ¿subvenciones en especie¿ de carácter corriente, referidas a bienes o servicios que adquiera la Administración, para su entrega a los beneficiarios en concepto de una subvención previamente concedida. Habrán de imputarse al artículo correspondiente según el destinatario de la misma. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8115 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ CAP. ART. CON. DESCRIPCIÓN 4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 40 Al sector público estatal. 400 al 402 Transferencias corrientes al sector público estatal. 403 al 409 Subvenciones corrientes al sector público estatal. 41 A Organismos Autónomos Administrativos de la C.A.R.M. 410 al 412 Transferencias corrientes a OO.AA. administrativos. 413 al 419 Subvenciones corrientes a OO.AA. administrativos. 42 A la Administración Regional. 420 al 422 Transferencias corrientes a la Administración Regional. 423 al 429 Subvenciones corrientes a la Administración Regional. 43 A Organismos Autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos de la C.A.R.M. 430 al 432 Transferencias corrientes a OO.AA. comerciales, industriales, financieros o análogos. 433 al 439 Subvenciones corrientes a OO.AA. comerciales, industriales, financieros o análogos. 44 A empresas públicas y otros entes públicos de la C.A.R.M. 440 al 442 Transferencias corrientes a empresas públicas y otros entes públicos. 443 al 449 Subvenciones corrientes a empresas públicas y otros entes públicos. 45 A Comunidades Autónomas. 450 al 452 Transferencias corrientes a Comunidades Autónomas. 453 al 459 Subvenciones corrientes a Comunidades Autónomas. 46 A Corporaciones Locales. 460 al 462 Transferencias corrientes a Corporaciones Locales. 463 al 469 Subvenciones corrientes a Corporaciones Locales. 47 A empresas privadas. 470 al 472 Transferencias corrientes a empresas privadas. 473 al 479 Subvenciones corrientes a empresas privadas. CAP. ART. CON. DESCRIPCIÓN 48 A Familias e instituciones sin fines de lucro. 480 al 482 Transferencias corrientes a familias e Instit. sin fines de lucro 483 al 489 Subvenciones corrientes a familias e Instit. sin fines de lucro. 49 Al exterior. 490 al 492 Transferencias corrientes al exterior. 493 al 499 Subvenciones corrientes al exterior. Para la distinción entre Subvención y Transferencia, véase lo que establece la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 26 de julio de 1994, por la que se aprueba el P.G.C.P. de la Región de Murcia (cuentas 650 y 651), B.O.R.M. nº 220 de 23-9-94, suplemento nº 5. Capítulo VI.- Inversiones Reales CAP. ART. CON. DESCRIPCIÓN 6 INVERSIONES REALES. 60 Inversión nueva en infraestructura y bienes destinados al uso general. 600 Terrenos y bienes naturales. 601 Infraestructuras y bienes destinados al uso general. 602 Bienes muebles del patrimonio histórico artístico y cultural. 603 Bienes inmuebles y derechos del patrimonio histórico artístico cultural. 61 Inversión de reposición en infraestructura y bienes destinados al uso general, que tenga como finalidad: a.- Mantener o reponer los bienes deteriorados, de forma que puedan seguir siendo utilizados para cumplir la finalidad a que estaban destinados. b.- Prorrogar la vida útil del bien o a poner éste en un estado de uso que aumente la eficacia en la cobertura de las necesidades derivadas de la prestación del servicio. ¿CPI¿PC¿ Página 8116 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ 610 Terrenos y bienes naturales. 611 Infraestructuras y bienes destinados al uso general. 612 Bienes del patrimonio histórico artístico y cultural. 62 Inversión nueva asociada al funcionamiento operativo de los servicios. Recoge aquellos proyectos de inversión que incrementan las existencias de capital público, con la finalidad de mejorar cuantitativa o cualitativamente el funcionamiento interno de la Comunidad Autónoma o sus Organismos Autónomos. 620 Terrenos y bienes naturales. 621 Edificios y otras construcciones. 622 Instalaciones técnicas. CAP. ART. CON. DESCRIPCIÓN 623 Maquinaria. 624 Utillaje. 625 Fondo artístico y bibliográfico 626 Mobiliario y enseres. 627 Equipos para procesos de información. 628 Elementos de transporte. 629 Otros activos materiales. 63 Inversión de reposición asociada al funcionamiento operativo de los servicios. Recoge proyectos de inversión destinados al funcionamiento interno de la Administración, con la finalidad de: a.- Mantener o reponer los bienes deteriorados de forma que puedan seguir siendo utilizados para cumplir la finalidad a que estaban destinados. b.- Prorrogar la vida útil del bien o a poner a éste en un estado de uso que aumente su eficacia en la cobertura de las necesidades derivadas de la prestación del servicio. c.- Reponer los bienes afectos al servicio que hayan devenido inútiles para la prestación del mismo como consecuencia de su uso normal. (El mismo desarrollo en conceptos que en el artículo 62). 64 Gastos de inversiones de carácter inmaterial. Gastos realizados en un ejercicio, no materializados en activos, susceptibles de producir sus efectos en varios ejercicios futuros, así como aquellas inversiones en activos inmovilizados intangibles. 640 Gastos de investigación y desarrollo. 642 Propiedad industrial. 645 Aplicaciones informáticas. 646 Propiedad intelectual. 647 Derechos sobre bienes en régimen de arrendamiento financiero. 648 Intervenciones Arqueológicas 649 Otro inmovilizado inmaterial. 65 Inversiones gestionadas para otros Entes Públicos. Este artículo recoge los gastos correspondientes a bienes construidos con cargo al Presupuesto de la Comunidad Autónoma o sus Organismos Autónomos, cuya titularidad, una vez finalizada la obra, debe ser transferida necesariamente a otra entidad, independientemente de que ésta participe o no en su financiación. 650 Inversiones gestionadas para otros Entes Públicos. CAP. ART. CON. DESCRIPCIÓN 66 Inversión en vivienda de promoción pública. 660 Inversión nueva en viviendas de promoción pública. 661 Inversión de reposición en viviendas de promoción pública Capítulo VII.- Transferencias de Capital Se incluyen en este capítulo las ¿subvenciones en especie¿ de capital, referidas a bienes o servicios que adquiera la Administración, para su entrega a los beneficiarios en concepto de una subvención previamente concedida. Habrán de imputarse al artículo correspondiente según el destinatario de la misma. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8117 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ CAP. ART. CON. DESCRIPCIÓN 7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL. 70 Al sector público estatal. 700 al 702 Transferencias de capital al sector público estatal. 703 al 709 Subvenciones de capital al sector público estatal. 71 A Organismos Autónomos Administrativos de la C.A.R.M. 710 al 712 Transferencias de capital a OO.AA. administrativos. 713 al 719 Subvenciones de capital a OO.AA. administrativos. 72 A la Administración Regional. 720 al 722 Transferencias de capital a la Administración Regional. 723 al 729 Subvenciones de capital a la Administración Regional. 73 A Organismos Autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos de la C.A.R.M. 730 al 732 Transferencias de Capital a OO.AA. comerciales, industriales, financieros o análogos. 733 al 739 Subvenciones de capital a OO.AA. comerciales, industriales, financieros o análogos. 74 A empresas públicas y otros entes públicos de la C.A.R.M. 740 al 742 Transferencias de capital a empresas públicas y otros entes públicos. 743 al 749 Subvenciones de capital a empresas públicas y otros entes públicos. CAP. ART. CON. DESCRIPCIÓN 75 A Comunidades Autónomas. 750 al 752 Transferencias de capital a Comunidades Autónomas. 753 al 759 Subvenciones de capital a Comunidades Autónomas. 76 A Corporaciones Locales. 760 al 762 Transferencias de capital a Corporaciones Locales. 763 al 769 Subvenciones de capital a Corporaciones Locales. 77 A empresas privadas. 770 al 772 Transferencias de capital a empresas privadas. 773 al 779 Subvenciones de capital a empresas privadas. 78 A Familias e instituciones sin fines de lucro. 780 al 782 Transferencias de capital a familias e instit. sin fines de lucro. 783 al 789 Subvenciones de capital a familias e instit. sin fines de lucro. 79 Al exterior. 790 al 792 Transferencias de capital al exterior. 793 al 799 Subvenciones de capital al exterior. Para la distinción entre Subvención y Transferencia, véase lo que establece la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 26 de julio de 1994, por la que se aprueba el P.G.C.P. de la Región de Murcia (cuentas 655 y 656), B.O.R.M. n º 220 de 23-9-94, suplemento nº 5. Capítulo VIII.- Activos Financieros CAP. ART. CON. DESCRIPCIÓN 8 ACTIVOS FINANCIEROS. 80 Adquisición de deuda del sector público. 800 A corto plazo. 801 A largo plazo. 81 Adquisición de obligaciones y bonos fuera del sector público. 810 A corto plazo. 811 A largo plazo. CAP. ART. CON. DESCRIPCIÓN 82 Concesión de préstamos al sector público. 820 A corto plazo. ¿CPI¿PC¿ Página 8118 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ 821 A largo plazo. 83 Concesión de préstamos fuera del sector público. 830 A corto plazo. 831 A largo plazo. 84 Constitución de depósitos y fianzas. 840 Depósitos. 841 Fianzas. 85 Adquisición de acciones y participaciones dentro del sector público. 850 De sociedades estatales. 855 De sociedades de comunidades autónomas. 856 De sociedades de corporaciones locales. 86 Adquisición de acciones y participaciones de fuera del sector público. 860 De empresas nacionales o de la Unión Europea. 861 De otras empresas. Capítulo IX.- Pasivos Financieros CAP. ART. CON. DESCRIPCIÓN 9 PASIVOS FINANCIEROS. 90 Amortización de deuda pública en moneda nacional. 900 A corto plazo. 901 A largo plazo. 91 Amortización de préstamos en moneda nacional. 910 A corto plazo. 911 A largo plazo. 92 Amortización de deuda pública en moneda extranjera. 920 A corto plazo. 921 A largo plazo. CAP. ART. CON. DESCRIPCIÓN 93 Amortización de préstamos en moneda extranjera. 930 A corto plazo. 931 A largo plazo. 94 Devolución de depósitos y fianzas. 940 Devolución de depósitos. 941 Devolución de fianzas. A N E X O I V ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL PRESUPUESTO COMUNIDAD AUTÓNOMA. SECCIONES Y SERVICIOS 01.- ASAMBLEA REGIONAL 02.- DEUDA PÚBLICA 03.- CLASES PASIVAS 04.- CONSEJO JURÍDICO DE LA REGIÓN DE MURCIA 07.- POLÍTICA AGRARIA COMÚN 11.- CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8119 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ 01. Secretaría General. 02. Dirección General de los Servicios Jurídicos. 03. Dirección General de la Función Pública y de la Inspección de Servicios. 04. Dirección General de Administración Local. 05. Dirección General de Deportes. 06. Dirección General de Comunicación. 07. Dirección General de Juventud, Mujer y Familia. 13.- CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. 01. Secretaría General. 02. Dirección General de Tributos. 03. Dirección General de Presupuestos y Finanzas. 04. Dirección General de Patrimonio. 05. Dirección General de Economía y Planificación. 06. Intervención General. 07. Dirección General de Informática. 14.- CONSEJERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL Y OBRAS PÚBLICAS. 01. Secretaría General. 02. Dirección General de Ordenación del Territorio y Vivienda. 03. Dirección General de Carreteras. 04. Dirección General de Transportes y Comunicaciones. 15.- CONSEJERÍA DE CULTURA Y EDUCACIÓN. 01. Secretaría General. 02. Dirección General de Cultura. 03. Dirección General de Educación. 04. Dirección General de Universidades. 16.- CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, TRABAJO Y TURISMO. 01. Secretaría General. 02. Dirección General de Industria, Energía y Minas. 03. Dirección General de Comercio, Consumo y Artesanía. 04. Dirección General de Trabajo. 05. Dirección General de Turismo. 17.- CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA Y AGUA. 01. Secretaría General. 02. Dirección General de Investigación y Transferencia Tecnólogica. 03. Dirección General de Producción Agraria y de la Pesca. 04. Dirección General de Estructuras e Industrias Agroalimentarias. 05. Dirección General del Agua. 06. Dirección General de Protección Civil y Ambiental. 07. Dirección General del Medio Natural. 18.- CONSEJERÍA DE SANIDAD Y POLÍTICA SOCIAL. 01. Secretaría General. 02. Dirección General de Salud. 03. Dirección General de Política Social. ORGANISMOS AUTÓNOMOS IMPRENTA REGIONAL 11.22. Imprenta Regional. AGENCIA REGIONAL DE RECAUDACIÓN 13.24. Agencia Regional de Recaudación. INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES DE LA REGIÓN DE MURCIA 18.20. Instituto de Servicios Sociales de la Región de Murcia. ¿CPI¿PC¿ Página 8120 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ANEXO V ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8121 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿PC¿ Página 8122 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8123 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA P00/E-1 ¿MODIFICACIONES EN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y DE PROGRAMAS¿ El objeto de esta ficha es conocer las modificaciones en las estructuras orgánica y de programas, producidas entre las vigentes en 1999 y las propuestas para el año 2000. Consta de dos partes: A) MODIFICACIONES EN LA ESTRUCTURA ORGÁNICA: Se cumplimentará este apartado si se produce algún cambio en los servicios presupuestarios (modificación en la denominación de alguna Dirección General, aparición de una nueva Dirección u Organismo...). Se consignará el código de sección y servicio propuesto y la denominación. B) MODIFICACIONES EN LA ESTRUCTURA DE PROGRAMAS: Se cumplimentará este apartado si se produce algún cambio en la estructura de programas de la Consejería u Organismo (modificación en la denominación de algún programa presupuestario, aparición o supresión de programas, cambios de adscripción de programas...). Existen los siguientes casos: B.1.- Programas que cambian de denominación: Para aquellos programas que experimenten una modificación en su denominación, respecto a la estructura vigente en 1999, se consignará el código de programa y la denominación propuesta. B.2.- Programas que desaparecen: Se consignará el código y denominación vigente en 1999, para aquellos programas que desaparecen en el presupuesto 2000. B.3.- Programas de nueva creación: Para programas que no existían en 1999, se consignará el código y denominación propuestos, justificando la codificación asignada de acuerdo con la estructura de grupos de función, funciones y subfunciones contenidos en la presente Orden, y explicando en su caso, si el nuevo programa procede de la refundición o supresión de algunos de los programas existentes en 1999. B.4.- Programas que experimentan cambios de adscripción orgánica. Se cumplimentará este apartado para programas que en el presupuesto 2000 pasan a ser gestionados por un Centro Directivo distinto, o bien siendo gestionados por el mismo Centro Directivo, este haya variado su código de servicio presupuestario (circunstancia ésta que se habrá reflejado en el apartado de modificaciones en la estructura orgánica). En cada caso, se consignará el código de sección, servicio y programa vigente en 1999, y los códigos que proceden para el año 2000. ¿CPI¿PC¿ Página 8124 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8125 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿PC¿ Página 8126 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA P00-O1 «MEMORIA DEL PROGRAMA» El objeto de esta ficha es conocer la finalidad última del programa indicando la problemática sobre la que se actúa y la necesidad de su ejecución, los objetivos concretos que se plantean, las principales actividades a desarrollar y los organos que intervienen en su ejecución. Se cumplimentarán los siguientes apartados: 1) Servicios gestores. Se relacionarán los órganos que participan en la ejecución del Programa (entendiendo por órganos servicios presupuestarios, que normalmente serán Direcciones Generales o/y Organismos Autónomos). En el caso de que en la ejecución del programa participe más de un servicio, se describirá de forma resumida, en que consiste la participación de cada uno de ellos en el programa y que tipo de actuaciones va a desarrollar. Asimismo deberá indicarse que órgano asume la coordinación del programa. Para que en la ejecución de un Programa participe más de un servicio presupuestario, será requisito indispensable que estén perfectamente definidas y delimitadas de antemano las actuaciones que cada uno de ellos va a acometer para la consecución de los distintos objetivos concretos que se planteen. No se trata de compartir financiación, sino de desarrollar objetivos distintos (pero complementarios, dada su inclusión en el mismo programa), o bien desarrollar actuaciones distintas en la consecución de un mismo objetivo. Por otra parte, y por regla general, los servicios presupuestarios que compartan Programa pertecerán a la misma sección presupuestaria. 2) Descripción y fines. En este apartado se describirá de forma concisa la necesidad de la ejecución del programa, identificando la problemática sobre la que se actúa o que se pretende solucionar y las grandes metas a desarrollar. Todo ello sin llegar a establecer los objetivos concretos del Programa, que se detallarán en el siguiente apartado y en la ficha «Objetivos e indicadores». 3) Objetivos y actividades. Objetivos. En este apartado se relacionarán los objetivos significativos para los responsables del programa, en términos precisos. Podemos definir un objetivo como los resultados específicos que se esperan conseguir en un plazo determinado de tiempo mediante la realización de una serie de actividades y la asignación de un conjunto de recursos. El objetivo que se defina ha de cumplir cuatro condiciones: - Que sea cuantitativamente significativo - Que defina la actuación realizada - Que sea medible - Que su seguimiento sea posible Al relacionar los objetivos concretos del Programa en este apartado, se asignará un número de orden secuencial a cada objetivo (1, 2,....) y se pondrá a continuación su denominación. Actividades. Se describirán las acciones y tareas más significativas y que más eficazmente contribuyen al logro de los objetivos previstos. Se enumerarán relacionándolas con el objetivo a cuya consecución contribuyen, poniendo el número de objetivo e identificando cada actividad con una letra (a, b, c...) y a continuación la denominación. Por ejemplo: Para el objetivo 1 puede tenerse distintas actividades a,b,c,....; para el objetivo 2 puede también tenerse las actividades a,b,c,d..... Y asi se continuará con los distintos objetivos y actividades. SE CUMPLIMENTARA UN FICHA PARA CADA PROGRAMA PRESUPUESTARIO ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8127 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿PC¿ Página 8128 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA P00-O2 «OBJETIVOS E INDICADORES» El objeto de esta ficha es definir los indicadores necesarios para evaluar el grado de consecución de los objetivos concretos del Programa, debidamente cuantificados, así como expresar la prioridad de cada objetivo en relación al conjunto de objetivos que se hayan definido en el Programa. Cada uno de los objetivos concretos del Programa se relacionará con sus correspondientes indicadores de seguimiento. Los apartados a cumplimentar de izquierda a derecha de la ficha, son los siguientes: En Objetivos. N.º: Orden secuencial del objetivo. Prioridad: Orden de prelación respecto al resto de objetivos definidos en el programa. Se procurará que el orden de prioridad sea correlativo (1,2,3,...), aunque puede admitirse que determinados objetivos tengan el mismo orden de prioridad. En el proceso de la elaboración del presupuesto el orden de prioridad tiene especial importancia a la hora de asignar recursos presupuestarios a los distintos objetivos del programa, de forma que los objetivos definidos en último lugar sean los primeros en sufrir minoraciones en sus dotaciones. Denominación: Denominación del objetivo, que debe ser concordante con la denominación que figure en la ficha anterior. En Indicadores de Cumplimiento. Los constituirán aquellas magnitudes físicas o financieras que permitan apreciar el grado de consecución de cada uno de los objetivos preestablecidos, y en consecuencia, de la realización del Programa. En la casilla «Número» se anotará el número de orden del indicador. En la casilla «Denominación», el nombre del indicador. En la casilla «Unidad de medida» se anotará el tipo de medida a utilizar, y en las casillas de los años se anotarán las cantidades correspondientes. En principio, todo objetivo proyectado debe tener su correspondiente indicador o indicadores, que podrán ser entre otros: Indicadores de realización material del objetivo (P.Ej. Km. de carreteras construídos, N.º de subvenciones concedidas, N.º de centros a construir...) Indicadores financieros, o de volumen de recursos consumidos (P. ej. Importe de subvenciones concedidas, inversión en carreteras...) SE CUMPLIMENTARÁ UNA FICHA POR PROGRAMA ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8129 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿PC¿ Página 8130 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA P00/G1-A ¿CONCEPTOS RETRIBUTIVOS NO LIGADOS A PUESTOS. (CONCEPTOS 121, 131, 150, 151)¿ El objeto de esta ficha es determinar las necesidades económicas para el año 2000, para los conceptos retributivos no ligados a puestos de trabajo. Se cumplimentará una ficha para cada Sección u Organismo. En la columna ¿PARTIDA¿, se consinará la partida presupuestaria correspondiente, al máximo nivel de desagregación (conceptos 121 y 131, subconcepto; conceptos 150 y 151), comenzando por los subconceptos del 121, siguiendo con los del 131 y así sucesivamente. La columna ¿OBLIGADO 98¿, expresa las obligaciones reconocidas con cargo a cada uno de los conceptos/subconceptos en el ejercicio de 1998. Esta cifra se obtiene automáticamente por el sistema informático. La columna ¿INICIAL 99¿, expresa la dotación inicial de cada uno de los conceptos/subconceptos en el ejercicio de 1999. Esta cifra se obtiene automáticamente por el sistema informático. La columna ¿PROPUESTA 2000¿, recogerá las necesidades para el ejercicio 2000 en pesetas 1999. La Dirección General de Presupuestos y Finanzas, una vez fijadas las cuantías por programas, actualizará las mismas a pesetas del año 2000. Las columnas ¿DIFERENCIA 00/99¿ y ¿% VAR. 00/99¿, expresan las diferencias en valores absolutos y en tasas de variación, respectivamente, entre las propuestas para el año 2000 y las dotaciones iniciales en el ejercicio de 1999. Estos datos los suministra directamente el sistema informático. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8131 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿PC¿ Página 8132 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA P00/MG1-A ¿CONCEPTOS 121, 131, 150, 151. MEMORIA EXPLICATIVA DE LAS VARIACIONES 00/99¿ El objeto de esta ficha es justificar adecuadamente las solicitudes realizadas en la G1-A, explicando las variaciones entre el crédito inicial de 1999 y las dotaciones propuestas para el año 2000. Para cada uno de los conceptos indicados, se explicarán las causas a que obedecen las variaciones observadas en su caso, entre la propuesta para el año 2000 y el crédito inicial consignado en el presupuesto de 1999. Para el concepto 131, se acompañará además el cuadro que se contiene en el modelo y que refleja las necesidades de personal laboral para el año 2000, y los gastos que supone la contratación de este tipo de personal. Las columnas NIVEL CONVENIO y CATEGORÍA PROFESIONAL, se rellenerán de acuerdo con el Anexo-I del Convenio Colectivo de Trabajo para Personal Laboral al Servicio de la Administración Pública de la Región de Murcia (B.O.R.M. n.º 77 de 2 de abril de 1996), que se transcribe a continuación: A N E X O - I Nivel Denominación Categoría Profesional Titulación Exigida A Técnicos titulados superiores Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente B Técnicos titulados medios Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Fomación Profesional de Tercer Grado o equivalente C Técnicos Especialistas B.U.P., Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente - Educador B.U.P., Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente D Técnicos Auxiliares Graduado Escolar, F.P. 1.er Grado o equivalente - Albañil Graduado Escolar, F.P. 1.er Grado o equivalente -Almacenero Graduado Escolar, F.P. 1.er Grado o equivalente -Auxiliar Agrario F.P. 1er Grado, rama Agraria o Diploma de Capataz Agrícola -Auxiliar de Mantenimiento Graduado Escolar, F.P. 1.er Grado o equivalente -Auxiliar Sanitario F.P. 1 Rama Sanitaria -Auxiliar Técnico Educativo Graduado Escolar, F.P. 1.er Grado o equivalente -Cocinero Graduado Escolar, F.P. 1.er Grado o equivalente -Maquinista Graduado Escolar, F.P. 1.er Grado o equivalente -Operador Transmisiones Graduado Escolar, F.P. 1.er Grado o equivalente E Categoría única: Personal Subalterno y de Servicios; con los siguientes grupos de funciones: -Ayudante de Oficios Certificado de Escolaridad -Pinche de Cocina Certificado de Escolaridad -Personal Subalterno Certificado de Escolaridad -Personal de Servicios Certificado de Escolaridad En la columna N.º, se expondrán las necesidades de personal en cuantía. En la columna TIEMPO DE CONTRATO se expondrá el número de meses que permanecerá este personal prestando servicios en la Administración Regional en el ejercicio del año 2000. La columna RETRIBUCIONES 2000, se evaluarán estas retribuciones, en pesetas de 1999. La Dirección General de Presupuestos y Finanzas, una vez fijadas las cuantías por programas, actualizará las mismas a pesetas de 1999. No se estima necesario calcular los costes de Seguridad Social que se evaluarán junto con el resto de conceptos de Capítulo I. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8133 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿PC¿ Página 8134 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA P00/G1-B ¿PRESTACIONES Y GASTOS SOCIALES (CONCEPTOS 161 Y 162)¿ El objeto de esta ficha es determinar las necesidades económicas para el año 2000, para los conceptos 161 ¿Prestaciones Sociales¿ y 162 ¿Gastos Sociales del Personal¿. Se cumplimentará una ficha para cada Sección u Organismo. En la columna ¿PARTIDA¿, se consinará la partida presupuestaria correspondiente, al máximo nivel de desagregación (subconcepto), comenzando por los subconceptos del 161. La columna ¿OBLIGADO 98¿, expresa las obligaciones reconocidas con cargo a cada uno de los subconceptos en el ejercicio de 1998. Esta cifra se obtiene automáticamente por el sistema informático. La columna ¿INICIAL 99¿, expresa la dotación inicial de cada uno de los conceptos/subconceptos en el ejercicio de 1999. Esta cifra se obtiene automáticamente por el sistema informático. La columna ¿PROPUESTA 2000¿, recogerá las necesidades para el ejercicio 2000 en pesetas 1999. Las columnas ¿DIFERENCIA 00/99¿ y ¿% VAR. 00/99¿, expresan las diferencias en valores absolutos y en tasas de variación, respectivamente, entre las propuestas para el año 2000 y las dotaciones iniciales en el ejercicio de 1999. Estos datos los suministra directamente el sistema informático. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8135 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿PC¿ Página 8136 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA P00/MG1-B ¿CONCEPTOS 161 Y 162. MEMORIA EXPLICATIVA DE LAS VARIACIONES 00/99¿ El objeto de esta ficha es justificar adecuadamente las solicitudes realizadas en la G1-B, explicando las variaciones entre el crédito inicial de 1999 y las dotaciones propuestas para el año 2000. Para cada uno de los dos conceptos indicados, se explicarán las causas a que obedecen las variaciones observadas en su caso, entre la propuesta para el presupuesto del año 2000 y el crédito inicial consignado en el presupuesto de 1999. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8137 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿ N I C ¿ BOLETIN OFICIAL DE LA REGION DE MURCIA LUNES, 5 DE JULIO DE 1999 Número 152 Franqueo concertado número 29/5 Depósito legal: MU-395/1982 FASCÍCULO II DE LA PÁGINA 8137 A LA 8176 ¿CPI¿PC¿ Página 8138 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8139 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿PC¿ Página 8140 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA P00/G2 «RESUMEN DE GASTOS DEL CAPÍTULO II» El objeto de esta ficha es determinar la previsión para el ejercicio 2000 para cada uno de los conceptos o subconceptos presupuestarios de Capítulo II. Para cada uno de los programas gestionados por cada servicio/organismo de la Consejería, se relacionarán los distintos conceptos o subconceptos presupuestarios (al máximo nivel de desagregacion), de acuerdo con la estructura económica del Capítulo II. En la columna (1) se indicará el concepto o subconcepto presupuestario. La columna (2) muestra la ejecución correspondiente al ejercicio de 1998. Este dato lo suministra el sistema informático La columna (3) muestra la dotación inicial consignada en el presupuesto de 1999. Este dato lo suministra asimismo el sistema informático. En la columna (4) se consignará la dotación propuesta para el ejercicio 2000. En las columnas (5) y (6), se reflejarán los aumentos o disminuciones entre la propuesta del año 2000 y el crédito inicial de 1999, en valores absolutos y en porcentajes de variación, respectivamente. Estos datos los suministra el sistema informático. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8141 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿PC¿ Página 8142 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA E2 ¿ESTRUCTURA ECONÓMICA NO TIPIFICADA. CONCEPTOS CAPÍTULOS IV y VII¿. El objeto de esta ficha es expresar la denominación de las aplicaciones económicas de los conceptos de capítulo IV y VII del presupuesto de gastos, que están en función de su adscripción orgánica y por tanto no pueden ser precisadas con carácter previo en la estructura económica para el año 2000. Para cada concepto de capítulo IV y VII se indicará la denominación, consignando la clave de la partida (Códigos secciónservicio- programa-concepto). Si se diera de alta algún subconcepto, se seguiría el mismo procedimiento, teniendo en cuenta en este caso que previamente será necesario indicar la denominación del nivel anterior (concepto). Por ejemplo, para denominar el subconcepto 476.00 del programa Organismo Pagador se procedería de la siguiente forma: PARTIDA DENOMINACIÓN 07 08 711B 476 AYUDAS FEOGA-GARANTÍA 07 08 711B 476 00 Cultivos herbáceos ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8143 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿PC¿ Página 8144 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA P00/PG «PROYECTOS DE GASTO» El objeto de esta ficha es obtener información individualizada de los proyectos de gasto previstos para el año 2000 y siguientes. 1.- DEFINICIONES INICIALES Se entiende por PROYECTO DE GASTO cualquier unidad de gasto presupuestario, definida por unos objetivos perfectamente identificables, cuya ejecución se podrá efectuar con cargo a créditos de una o varias aplicaciones presupuestarias, pudiendo extendersae a más de un ejercicio presupuestario. A través del sistema de proyectos de gasto se efectúa el seguimiento de todos aquellos gastos imputables a los capítulos IV, VI y VII del presupuesto de gastos, por lo que distinguiremos entre proyectos de inversión y proyectos de subvención o transferencia, pudiendo existir determinadas especificidades en la gestión de estos dos grandes tipos de proyectos de gasto. A) Proyecto de inversión. Podemos definir el proyecto de inversión como el conjunto de actuaciones coordinadas, en las que se consumen recursos presupuestarios durante un periodo de tiempo limitado, tendentes a la creación o adquisición de un bien o servicio de capital. Deberá considerarse como parte integrante del coste del proyecto todos aquellos gastos necesarios para la creación o adquisición del bien o servicio, desde su inicio hasta la completa realización del mismo, es decir, hasta que el mismo sea apto para su entrada en servicio. El proyecto así definido puede constar de uno o varios expedientes de gasto independientes, derivados de distintos contratos o expedientes administrativos, tales como contrato de obra, dirección de obra, inspección de obra, expropiación etc. Por ejemplo un proyecto de construcción de un edificio podría incluir los siguientes expedientes: PROYECTO EXPEDIENTE Construcción del edificio X Redacción del proyecto técnico Expropiación del terreno Dirección de la obras Inspección de las obras Contrato de obras Urbanización y ajardinamiento de los alrededores El coste total del proyecto está integrado por el coste de cada uno de los expedientes de que consta, lo que debe tenerse en cuenta en la asignación del correspondiente código, para mantener en el tiempo el mismo código de proyecto. Se recuerda que tanto los costes motivados por reformados, adicionales o liquidaciones como las expropiaciones deben imputarse al proyecto en cuestión y por tanto, mantenerse su numeración. B) Proyecto de subvención o transferencia. Se identifica proyecto de subvención o transferencia con línea de subvención o transferencia, entendiendo por línea todo gasto homogéneo en cuanto a tipo de beneficiario, objeto, normativa aplicable, y demás requisitos que establezca la norma que anualmente regule la concesión, así como su financiación. Por ello la misma norma que anualmente regule la concesión puede integrar varios proyectos de una o varias partidas presupuestarias. Sin embargo, un proyecto de subvención o transferencia solo puede pertenecer a una partida presupuestaria. 2.- INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA. Cada proyecto de gasto se identifica mediante un código, que posibilita el seguimiento de su ejecución presupuestaria. Este código es inalterable durante toda la vida del proyecto. Los CAMPOS A CUMPLIMENTAR en la ficha, para cada uno de los proyectos de gasto, son los siguientes: DATOS GENERALES: (1) PROYECTO: Se indicará el código y denominación del proyecto. En el caso de proyectos a iniciar en el ejercicio 2000, el código se asigna automáticamente por el sistema, por lo que debe consignarse unicamente la denominación. En el caso de proyectos plurianuales iniciados con anterioridad a 2000, se consignará obligatoriamente el código que tuviera asignado el proyecto con anterioridad. (2) AÑOS: I = Inicio, T = Terminación. Años de inicio y finalización prevista del proyecto. (3) IMPORTE TOTAL: Importe total del proyecto, considerando todas las anualidades del mismo, en caso de que este sea plurianual. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8145 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ Se obtiene automáticamente del sistema como suma de obligaciones reconocidas con cargo al proyecto en ejercicios cerrados, previsión definitiva de la anualidad 1999 a fecha, previsión de la anualidad 2000, previsión de anualidades futuras. (4) TITULARIDAD: Para proyectos de inversión. Se consignará el código ¿O¿ o el código ¿C¿, según que la titularidad del bien que se vaya a adquirir o construir con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma sea transferida o no a otro Ente Público una vez finalizado. (5) TIPO: Se consignará el código «A» para aquellos proyectos en los que por desconocer en el momento de la elaboración de las fichas las actuaciones concretas a desarrollar, deberán ser desagregados para su futura ejecución en proyectos concretos. Para aquellos proyectos perfectamente definidos en el momento de la elaboración se consignará el código «P». Se procurará incluir el menor número posible de proyectos de tipo «A». Se recuerda que en la fase de ejecución este tipo de proyectos permanecen bloqueados (no pueden realizarse gastos con cargo a los mismos) hasta que no se desagregan en proyectos concretos. DATOS RELATIVOS A LA DISTRIBUCIÓN DE ANUALIDADES: (6) SITUACIÓN: Se consignará el código «I», «C», «T» o «L», según se trate de: .-Proyectos que se inician en el ejercicio 2000 pero cuya terminación está prevista en un ejercicio posterior. Proyectos a iniciar ( I ). .-Proyectos que se iniciaron en un ejercicio anterior, y cuya finalización está prevista en un ejercicio posterior al 2000. Proyectos en curso (C). .-Proyectos que iniciándose en un ejercicio anterior o en el 2000, está previsto que finalicen en el ejercicio 2000. Proyectos a terminar (T). .-Proyectos ya finalizados, pero en los que todavía quedan obligaciones pendientes de pago, por lo que es necesario consignar dotaciones presupuestarias para atender dichos gastos (Ej. liquidaciones de obras) (L). (7) ANUALIDAD E IMPORTE: Se introducirá el importe previsto para las anualidades 2000 y futuras. (8) FINANCIACIÓN: Para la anualidad 2000, se indicará la financiación, distinguiendo entre Fondos Propios, Fondos Externos (importe total de financiación ajena del proyecto) y Fondos Propios Afectados (importe total de los fondos propios que la Comunidad debe aportar necesariamente para percibir la financiación ajena, de acuerdo con la normas que regulen la percepción de dichos fondos). Para anualidades futuras no es necesario asignar financiación. PLANES ECONÓMICOS: (9) CÓDIGOS PLANES: Se cumplimentarán las columnas correspondientes al Plan Estratégico de Desarrollo Regional(P.E.), de acuerdo con las codificaciones recogidas en el anexo (este campo es obligatorio). Los códigos correspondientes al Programa Operativo (P.O.) y al Programa de Desarrollo Regional (P.D.R.), serán asignados a posteriori por la D.G. de Economía y Planificación, que igualmente revisará la asignación de códigos P.E. ASIGNACIÓN DE PARTIDAS DE GASTOS E INGRESOS: Exclusivamente para la anualidad 2000. 10) PARTIDAS DE GASTOS: Se consignará la anualidad 2000 en la columna correspondiente, y las partidas de gastos asociadas a esa anualidad, indicando el importe asignado a cada una de ellas. La suma del importe asignado a cada partida deberá coincidir con el importe total de la anualidad 2000, consignado en el campo a que nos hemos referido en el apartado (7). Se indicará asimismo el objetivo presupuestario al que coadyuva la realización del Proyecto de entre los definidos en la ficha «Objetivos» del Programa en el que el proyecto se incluye. 11) PARTIDAS DE INGRESOS: Para proyectos financiados con fondos externos, se consignarán las partidas de ingresos, de acuerdo con la clasificación económica del presupuesto de ingresos, indicando el importe previsto de financiación. La suma del importe asignado a cada partida de ingresos deberá coincidir con el importe total de Fondos Externos, consignado en la columna correspondiente a que nos hemos referido en el apartado (8). ASIGNACIÓN DE MUNICIPIO: 12) CÓDIGO DE MUNICIPIO E IMPORTE: Se indicará el código del municipio o municipios donde vaya a efectuarse la inversión (según codificación contenida en el anexo), distribuyendo en caso de que existan varios municipios el importe total de la anualidad. ¿CPI¿PC¿ Página 8146 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ANEXO. CÓDIGOS CODIGOS MUNICIPIOS DE LA REGION DE MURCIA Código Municipio Código Municipio 30001 Abanilla 30023 Librilla 30002 Abarán 30024 Lorca 30003 Águilas 30025 Lorquí 30004 Albudeite 30026 Mazarrón 30005 Alcantarilla 30027 Molina De Segura 30045 Alcázares, Los 30028 Moratalla 30006 Aledo 30029 Mula 30007 Alguazas 30030 Murcia 30008 Alhama De Murcia 30031 Ojós 30009 Archena 30032 Pliego 30010 Beniel 30033 Puerto Lumbreras 30011 Blanca 30034 Ricote 30012 Bullas 30035 San Javier 30013 Calasparra 30036 San Pedro 30014 Campos Del Río 30044 Santomera 30015 Caravaca 30037 Torre Pacheco 30016 Cartagena 30038 Torres Cotillas 30017 Cehegín 30039 Totana 30018 Ceutí 30040 Ulea 30019 Cieza 30041 Unión, La 30020 Fortuna 30042 Villanueva 30021 Fuente Álamo 30043 Yecla 30022 Jumilla PLAN ESTRATÉGICO DE DESARROLLO Código Denominación 1.1.1. Completar la red viaria básica de autovias en curso 1.1.2. Nuevas necesidades viarias básicas 1.1.3. Conservar, mejorar y ampliar la red autonómica de conexiones intercomarcales y rondas de acceso 1.1.4. Mejoras en la red de caminos rurales 1.1.5. Plan metropolitano de transporte de Murcia 1.1.6. Potenciar la intermodalidad del transporte 1.1.7. Fomento del transporte por carretera 1.2.2. Modenrnización de la red ferroviaria actual 1.4.2.. Plan de adecuación del resto de puertos 1.5.1. Ampliación y mejora de las infraestructuras de comunicación 2.1.2. Plan de saneamiento de aguas residuales de origen urbano 2.1.3. Plan de depuración de aguas residuales de origen industrial. 2.2.2. Recuperación de la sierra minera 2.2.4. Plan especial de recuperación de la cubierta vegetal y mantenimiento del suelo 2.2.5. Saneamiento del Mar Menor y el litoral sur 2.2.6. Gestión integral del espacio lagunar costero del Mar Menor 2.3.1. Diseño y elaboración de la estrategia regional para la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica 2.3.2. Plan director de planificación y gestión de espacios naturales protegidos, zonas de especial conservacion y ZEPAS 2.3.3. Programa de prevención de incendios forestales 2.3.5. Programa de prevención y lucha contra la erosión y desertificación. Gestión forestal 2.3.6. Programas de conservación de zonas húmedas, visa silvestres y ecosistemas marinos 2.4.1. Mantenimiento y potenciación de la red de alerta medioambiental 2.4.2. Potenciación, conservación y racionalización de los recursos pesqueros 2.4.3. Programa de adecuación medioambiental de las empresas 2.4.4. Programa agroambiental 2.5.1. Plan de gestión de residuos peligrosos ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8147 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ 2.5.2. Plan de gestión de residuos urbanos 2.5.3. Plan de gestión de residuos inertes 2.5.4. Plan de gestión de residuos agropecuarios 2.6.1. Fomento de conductas responsables en materia de calidad ambiental en las empresas y en la sociedad murciana 2.7.2. Programa de adaptación de la Región al impacto del cambio climático 2.7.3. Plan de implantación de Tecnologías de información y seguimiento del medio ambiente regional 2.8.1. Plan de minimización de contaminación acústica y atmosférica 2.9.1. Mejora de la sanidad animal y vegetal 3.1.1. Cobertura y financiación de la demanda de escolarización infantil en el tramo de 0 a 6 años y de la educación primaria 3.1.2. Completar el mapa de centros de educación secundaria 3.1.4. Educación especial 3.2.1. Programa de formación de adultos 3.2.2. Potenciar la Universidad de mayores 3.2.3. Potenciar la formación musical, artística y de idiomas 3.2.4. Garantía social en educación de jóvenes de 16 a 21 años 3.3.1. Mantener una política de becas que permitan asegurar el acceso universal a la educación 3.4.1. Programa de mejora en la dotación de servicios e infraestructuras de la Universidad de Murcia y Politécnica de Cartagena 3.5.1. Establecer un criterio de selección de las titulaciones universitarias de la Región en funcion de las necesidades del mercado 3.6.3. Desarrollar el Plan de Formación 3.7.1. Impulsar el desarrollo del Consejo Asesor Regional de relaciones laborales 3.7.2. Potenciar la prevención de riesgos laborales 3.8.1. Potenciar el Plan de Empleo Juvenil de la Región de Murcia 3.8.2. Mantener las políticas de creación de empleo 3.8.3. Fomento de la economía social 3.8.4. Elaboración de un libro blanco sobre nuevos yacimientos de empleo 4.1.1. Elaborar programas de potenciación de alianzas estratégicas entre empresas 4.2.1. Programas de apoyo a la inversión en activos fijos que mejoren la eficiencia de los procesos 4.2.2. Incentivación de programas de calidad 4.2.3. Creación del centro regional de certificación de la calidad 4.2.4. Incentivación de la calidad en la producción agraria. Denominación de origen en producciones agropecuarias 4.2.5. Promoción de la imagen de calidad de los productos murcianos 4.3.1. Promoción exterior e internacionalización de las empresas murcianas 4.3.2. Potenciar mecanismos de cooperación empresarial para el acceso a mercados exteriores 4.4.2. Potenciación de las actuaciones de los centros de apoyo y asesoramiento a las iniciativas innovadoras 4.4.3. Potenciación alternativas de apoyo financiero a la inversión empresarial 5.1.1. Desarrollo del programa RITTS 5.1.3. Promoción de las posibilidades de investigación y desarrollo de las empresas 5.2.1. Creación de un Parque Tecnológico Regional 5.2.2. Promoción de la atracción de empresas foráneas intensivas en tecnología 5.2.3. Potenciar los programas de innovación desarrollados conjuntamente entre la Universidad, los centros de investigación y las empresas 5.3.1. Potenciación de las actuaciones de modernicación tecnológica del tejido productivo 5.3.3. Potenciación de las actuaciones del modelo de centros tecnológicos 5.3.4. Impulso de la transferencia tecnológica en el sector de la agricultura, la ganadería y la pesca 5.3.5. Programa de modernización de explotaciones agrícolas e industrias agroalimentarias 5.4.2. Potenciación de las acciones para incorporar a los doctores unviersitarios al ámbito empresarial 5.5.1. Paso de sistema de gestión de la información hacia sistemas de gestión del conocimiento 5.6.1. Impulso de la oferta de servicios y aplicaciones basadas en las tecnologías de la información y la comunicación 5.6.2. Fomento de la demanda de servicios y aplicaciones que aprovechen los beneficios de las tecnologias de la información 5.6.3. Establecimiento del adecuado entorno de actuación que favorezca el desarrollo de la sociedad de información 5.6.4. Realización de acciones de concienciacion y difusión 5.6.5. Realización de proyectos piloto de puesta en marcha de la sociedad de la información 5.6.6. Sistema de información geográfica de la agricultura, ganadería y pesca SIG 6.3.1. Promoción de actuaciones para acelerar el proceso de implantación del Plan Hidrológico Nacional 6.4.1. Programa de implantación de tecnpologías ahorradoras de agua en explotaciones acrícolas 6.4.3. Potenciar el sistema actual de asesoramiento y control sobre los caudales a emplear en las explotaciones 6.5.1. Plan de electrificación rural ¿CPI¿PC¿ Página 8148 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ 6.6.2. Plan de canalizaciones en zonas urbanas 6.7.1. Programa de aprovechamiento sostenido de los sistemas forestales de la Región de Murcia 6.7.2. Programa de uso público en espacios naturales 6.7.3. Programa de vías pecuarias 6.7.4. Plan estratégico de los recursos cinegéticos y piscícolas 7.1.1. Plan de salud de la Región de Murcia 7.1.2. Plan de salud mental 7.1.3. Plan regional sobre drogas 7.2.2. Apoyo a las iniciativas empresariales y al mantenimiento de la renta en el medio rural 7.3.1. Desarrollo del teléfono europeo de emergencias 1-1-2 7.3.2. Plan regional de salvamento marítimo 7.3.3. Consorcio Regional de Extinción de Incendios y Salvamento 7.3.4. Apoyo a la toma de decisiones y dotación de infraestructuras minimas para hacer frente a catástrofes 7.3.5. Plan de emergencia de riesgo químico 7.4.1. Plan de defensa del consumidor 7.4.3. Plan regional de inserción y protección social 7.4.4. Plan para la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres 7.4.5. Programa de integración de inmigrantes 7.5.1. Programa de apoyo al voluntariado social 7.5.3. Programa de atención a personas mayores 7.5.4. Programa de integración social de discapacitados 7.6.1. Catalogación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y natural 7.6.2. Completar la red de equipamientos culturales y fomentar las representaciones artísticas 7.6.3. Completar la oferta de instalaciones deportivas especializadas y promocionar el deporte 7.6.4. Programa de esponsorización y mezenazgo del sector privado en la cultura y el deporte 8.1.1. Garantizar el acceso a la vivienda. Plan de Vivienda 8.1.2. Disponibilidad equilibrada de suelo industrial. Plan de suelo industrial 8.1.3. Programa de rehabilitación de los centros urbanos 8.1.4. Reforma y modernización de estructuras comerciales 8.1.5. Adecuación del enfoque turístico 8.2.4. Desarrollo equilibrado de las comarcas periféricas 8.4.1. Plan de modernización de la Administración Autonómica. 0.0.0. Actuaciones no incluidas en el Plan Estratégico ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8149 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿PC¿ Página 8150 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA P00/MT «MEMORIA DE PROYECTOS DE GASTO- CAPÍTULOS IV y VII¿ * Se cumplimentará una ficha para cada uno de los proyectos de gasto de los capítulos IV y VII que se inicien en el ejercicio 2000, y sean del tipo ¿P¿ (es decir, proyectos concretos, no genéricos). El objeto de esta ficha es obtener información precisa sobre las características de la subvención o transferencia que constituye cada uno de los proyectos de gasto que han de incluírse en la ficha de proyectos de gasto. La información a cumplimentar es la siguiente: A) TIPO DE SUBVENCIÓN O TRANSFERENCIA: Se marcará el tipo que proceda. 1.-Transferencia: Fondos o bienes concedidos por la Comunidad y sus Organismos, sin contrapartida directa por parte del beneficiario, destinándose estos fondos a financiar operaciones o actividades no singularizadas. 2.-Subvención: Fondos o bienes concedidos por la Comunidad y sus Organismos, sin contrapartida directa por parte del beneficiario, afectados a un fin, propósito, actividad o proyecto específico. Subvención paccionada: Son las que derivan de la formalización de convenios de colaboración y otros pactos entre la Comunidad y sus Organismos y otras entidades. Subvención no nominativa sin convocatoria previa de carácter periódico: Son aquellas que se van concediendo continuamente en el tiempo en función de las solicitudes recibidas, que cumplan los requisitos establecidos en la normativa aplicable. Subvención no nominativa con convocatoria previa de carácter periódico: Son aquellas en que existe una convocatoria previa en la que se fija un plazo para la presentación de solicitudes y un procedimiento para seleccionar a los beneficiarios. B) BREVE DESCRIPCIÓN DE LA SUBVENCIÓN/ TRANSFERENCIA: Se describirá de forma concisa la finalidad de la subvención o transferencia, indicando la problemática a la que se pretende dar respuesta. C) NORMATIVA REGULADORA DE LA SUBVENCIÓN/TRANSFERENCIA: Se indicará la normativa por la que se regule la concesión de la ayuda (convenio, orden...), así como la fecha prevista de publicación de la normativa reguladora o de formalización del convenio correspondiente. D) BENEFICIARIOS: Se indicará quienes son o pueden ser beneficiarios de la ayuda, con una breve descripción de sus características y de los requisitos que deben reunir. E) DESTINO DE LA SUBVENCIÓN: Indicar el destino que ha de dar el beneficiario a la subvención recibida. D) FUENTES DE FINANCIACIÓN: Se especificará en este apartado el acuerdo o norma legal que regula los fondos externos que, en su caso, financien el proyecto, así como el porcentaje de cofinanciación si procede. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8151 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿PC¿ Página 8152 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8153 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA P00/MPI «MEMORIA DE PROYECTOS DE INVERSIÓN» * Se cumplimentará la Memoria para cada uno de los proyectos de capítulo VI que se relacionen en la ficha «Proyectos de Gasto», siempre que su ejecución se inicie en el ejercicio 2000 (salvo los que supongan contratación de personal o gastos de carácter inmaterial, en cuyo caso la memoria se cumplimentará cualquiera que sea el año de inicio del proyecto), y se trate de proyectos de tipo ¿P¿ (concretos). El objeto de esta ficha es obtener informacion más amplia sobre cada uno de los proyectos incluídos en el Anexo de Inversiones Reales. Para cada uno de los proyectos se suministrará la siguiente información: A) BREVE DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN: Se describirá brevemente en qué consiste la actuación, indicando sus características principales. B) TIPOS DE GASTO QUE COMPORTA EL PROYECTO. Se marcará con una cruz los tipos de gasto que van a efectuarse para las anualidades 2000 y siguientes. Se establece la distinción entre inmovilizado material e inmaterial y entre gasto principal y gasto asociado. Esta última distinción supone que la contratación de personal laboral con cargo a inversiones y los contratos de asistencia técnica, no pueden constituir por sí mismos un proyecto de inversión, sino que por el contrario, se justifican en la existencia de una obra, adquisición, elaboración de una aplicación informática etc., de la que deriva la necesidad de efectuar este tipo de contratos. Por ello, en la fila de ¿Gasto asociado¿ no podrá señalarse ninguno de sus apartados si no se señala a la vez alguno o algunos de los enumerados en la fila de ¿Gasto Principal¿, en al menos una de las anualidades. Se establece la posibilidad de cuantificar en el año 2000 y siguientes los distintos tipos de gasto, con el fin de conocer adecuadamente la distribución interanual del importe del proyecto y la composición interna de los gastos que conlleva su ejecución. C) FECHA PREVISTA DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO PRINCIPAL: Se especificará al menos el mes en que se prevé se adjudique el contrato principal objeto del proyecto. D) EN EL CASO DE QUE EL PROYECTO SUPONGA LA NECESIDAD DE CONTRATAR PERSONAL LABORAL DEBERÁ ESPECIFICARSE: A) PERSONAL A CONTRATAR: se indicará la clase de personal que se pretende contratar y su categoría profesiona. Por ejemplo «Un ingeniero forestal, nivel A». B) FUNCIÓN A DESEMPEÑAR EN RELACIÓN AL PROYECTO: descripción de la función a desempeñar de forma que pueda justificarse la contratación para la ejecución del proyecto en cuestión. Por ejemplo «Coordinación de la red de vigilancia y prevención de incendios forestales. Campaña Verano 2000». C) PERIODO DE CONTRATACIÓN: período estimado de duración del contrato en meses. D) COSTE DE LA CONTRATACIÓN: Coste estimado total, seguridad social incluida, del contrato para 1999. E) EN CASO DE QUE EL PROYECTO CONSISTA EN ACTUACIONES DE CARÁCTER INMATERIAL, DETALLAR LAS ACTUACIONES O ACTIVIDADES A DESARROLLAR Y SU COSTE PREVISTO PARA EL AÑO 2000. Se trata aquí de relacionar las principales actuaciones a desarrollar en la ejecución de los proyectos incluídos en el artículo 64 «Inmovilizado Inmaterial» y su coste previsto para el ejercicio 2000. F) EN CASO DE QUE SE TRATE DE UNA INVERSIÓN GESTIONADA PARA OTRO ENTE PÚBLICO... Se recuerda que estos proyectos deben imputarse al artículo 65 del presupuesto de gastos. Se indicará la entidad a la que se transferirá el bien un vez concluído el proyecto. ¿CPI¿PC¿ Página 8154 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8155 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA P00/G3 ¿DOTACIONES DE LOS CAPÍTULOS III, VIII y IX¿ El objeto de esta ficha es determinar las necesidades económicas para el año 2000, para los capítulos III ¿Gastos Financieros¿, VIII ¿Activos financieros¿ y IX ¿Pasivos Financieros¿. Se cumplimentará una ficha para cada Sección u Organismo. En la columna ¿PARTIDA¿, se consignará la partida presupuestaria correspondiente, al máximo nivel de desagregación. La columna ¿OBLIGADO 98¿, expresa las obligaciones reconocidas con cargo a cada uno de los conceptos/subconceptos en el ejercicio de 1998. Esta cifra se obtiene automáticamente por el sistema informático. La columna ¿INICIAL 99¿, expresa la dotación inicial de cada uno de los conceptos/subconceptos en el ejercicio de 1999. Esta cifra se obtiene automáticamente por el sistema informático. La columna ¿PROPUESTA 2000¿, recogerá las necesidades para el ejercicio 2000. Las columnas ¿DIFERENCIA 00/99¿ y ¿% VAR. 00/99¿, expresan las diferencias en valores absolutos y en tasas de variación, respectivamente, entre las propuestas para el año 2000 y las dotaciones iniciales en el ejercicio de 1999. Estos datos los suministra directamente el sistema informático. ¿CPI¿PC¿ Página 8156 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8157 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA P00/MP «MEMORIA EXPLICATIVA DE VARIACIONES EN LAS DOTACIONES DEL PROGRAMA» El objeto de esta ficha es que los Centros gestores justifiquen con detalle, las variaciones entre la dotación propuesta para el año 2000, y la dotación inicial de 1999, para cada capítulo de gastos de cada programa presupuestario. El cuadro de dotaciones del programa lo suministrará automáticamente el sistema informático, a partir de los datos desagregados al nivel correspondiente introducidos previamente por el Centro Gestor. Los capítulos IV y VII incluyen todas las transferencias previstas, tanto externas como internas (destinadas en su caso tanto a Organismos Autónomos como a Entes Públicos). A efectos informativos, se incluye un cuadro detalle de las transferencias internas presupuestadas en el programa, cuya dotación, como decíamos se incluye en el cuadro general dentro de la dotación total de los capítulos IV y VII. Los centros gestores deberán describir las razones principales que justifican el montante global de los créditos solicitados por capítulos, justificando las variaciones más significativas entre las dotaciones propuestas para el año 2000 y las iniciales de 1999. Deberán especificarse los compromisos ineludibles para el año 2000 en virtud de convenios, acuerdos, planes etc. ya suscritos o que habrán de suscribirse durante 1999 y 2000. Específicamente para los créditos de capítulo II, se describirán los gastos fijos que hayan de presupuestarse para el año 2000, derivados de contratos de tracto sucesivo, convenios, etc..., tales como arrendamientos, limpieza y aseo, primas de seguro, contratos de mantenimiento y conservación etc., indicando el coste que suponen para el año 2000. ¿CPI¿PC¿ Página 8158 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8159 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA P00/TL «PROPUESTA DE TEXTO PARA SU INCLUSIÓN EN EL ARTICULADO DE LA LEY» Esta ficha contendrá las propuestas de normas de contenido presupuestario cuya inclusión en el articulado del Anteproyecto de la Ley de Presupuestos consideren procedentes las Consejerías. Se distinguirá entre «Propuesta de Modificación» y «Propuesta de Adición o Supresión». La primera tiene por objeto introducir modificaciones en la redacción de alguno de los artículos o disposiciones de la vigente Ley de Presupuestos para el ejercicio 1999. La Propuesta deberá contener el texto actual, y a continuación el nuevo texto que se propone. La segunda tiene por objeto introducir un nuevo artículo o disposición en la vigente Ley de Presupuestos para el ejercicio 1999, o suprimir por completo uno de sus artículos o disposiciones. La Propuesta deberá contener el texto completo del artículo o disposición que se propone adicionar o suprimir. Todas las Propuestas deberán ser razonadas, debiendo exponer detalladamente los criterios jurídicos y/o de oportunidad que justifiquen la nueva redacción que se propone. Asímismo, deberán explicitar la conexión del articulado propuesto con las habilitaciones de gasto, las previsiones de ingreso o la política económica de la Comunidad, cuantificando, en su caso, el efecto de la norma propuesta sobre las cifras de ingresos y gastos. SE CUMPLIMENTARÁ UNA FICHA POR CONSEJERÍA. ¿CPI¿PC¿ Página 8160 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ANEXO VI ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8161 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿PC¿ Página 8162 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA OC.1 «CUENTA RESUMEN DE OPERACIONES COMERCIALES». El objeto de la ficha es conocer el resultado de la actividad comercial del Organismo Autónomo. Para ello se confrontan las partidas de gasto estimativas fijadas para cada Organismo con las correspondientes de ingresos, obteniendose el resultado de operaciones comerciales por diferencia entre ambas. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8163 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿PC¿ Página 8164 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8165 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿PC¿ Página 8166 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA EP.1 y EP.2 «PROGRAMA DE ACTUACION, INVERSION Y FINANCIACION (P.A.I.F.)» La primera parte del Cuadro de Financiación, se divide en dos cuerpos: A) Aplicaciones de Fondos. Recursos aplicados en elementos permanentes durante el ejercicio, siendo los más frecuentes: Recursos aplicados en incremento de inmovilizado. Recursos aplicados en reducciones de fondos propios. Recursos aplicados en soluciones de pasivo a largo plazo. B) Orígenes de Fondos. Recursos originados en el ejercicio. Los más habituales son: Recursos originados por aumentos de fondos propios. Recursos obtenidos por aumento de pasivo a largo plazo. Recursos obtenidos por disminuciones de inmovilizado. La diferencia entre Aplicaciones y Orígenes mide la variación del capital circulante. La segunda parte del Cuadro de Financiación, muestra la variación del capital circulante, con la finalidad de conocer el fondo de maniobra generado por operaciones corrientes, indicando los aumentos y disminuciones de las principales partidas del activo circulante: a) Los aumentos del activo circulante y disminuciones de pasivo circulante, suponen un aumento del capital circulante. b) Las disminuciones de activo circulante y los incrementos de pasivo circulante, ocasionan una disminución del capital circulante. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8167 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿PC¿ Página 8168 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8169 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA EP.2/1 «BALANCE ABREVIADO». El objeto de esta ficha es el de recoger la situación patrimonial de la Empresa para ejercicios consecutivos de forma que se pueda determinar la evolución de las masas que lo componen. ¿CPI¿PC¿ Página 8170 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8171 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿PC¿ Página 8172 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA EP.2/2 «CUENTA DE PERDIDAS Y GANANCIAS». El objeto de estas fichas es conocer el resultado provisional del ejercicio, incorporando a las previsiones de gastos e ingresos los resultados obtenidos de fuentes ajenas a la actividad propia de la empresa, es decir, las pérdidas procedentes del inmovilizado y gastos excepcionales en lo que a los gastos se refiere y los beneficios procedentes del inmovilizado e ingresos excepcionales por lo que respecta a los ingresos. Esta ficha recoge la evolución de los resultados de la Empresa en el último ejercicio cerrado, la previsión del actual en que se elabora el presupuesto y el del ejercicio presupuestario siguiente. En la columna de 1998 deberán figurar las cantidades del cierre de dicho ejercicio, que han tenido que ser aprobadas por la Junta General. En la columna previsto 1999 deberan figurar las estimaciones a 31/12/99 que la empresa haya realizado hasta el momento de remitir el Anteproyecto de Presupuestos para el año 2000 a la Dirección General de Presupuestos y Finanzas. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8173 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿PC¿ Página 8174 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA EP.3/1 «OPERACIONES PRESUPUESTARIAS DE GASTOS». El objeto de esta ficha es recoger en un presupuesto administrativo los datos económicos expresados en las fichas anteriores, así como los correspondientes ajustes por operaciones de periodificación y otras operaciones realizadas por la empresa y que no se efectúan en el mencionado escenario presupuestario, de tal forma que obtendremos la variación del Capital Circulante del ejercicio. En el cuadro relativo a las operaciones presupuestarias se reflejaran las operaciones devengadas o reconocidas en el ejercicio, de acuerdo con la clasificación económica de gastos e ingresos vigentes para la Administración de la Comunidad Autónoma. No se incluirán, por tanto, los gastos e ingresos imputados a la Cuenta de Pérdidas y Ganancias que provengan de periodificados en ejercicios anteriores, incluyéndose, sin embargo, los gastos e ingresos periodificados en el ejercicio, por ser imputables a ejercicios posteriores. Se exponen a continuación los criterios necesarios para su elaboración: Capítulo I. Recogerá los gastos de personal del ejercicio presupuestario correspondiente. Se incluirán por este concepto: Sueldos y Salarios. Seguridad Social a cargo del organismo. Otros gastos sociales. Beneficios Sociales. Capítulo II. Destinado a los gastos en bienes corrientes y servicios, incluyéndose en este caso: Aprovisionamiento. Otros Gastos de la Explotación. Impuesto sobre Sociedades y otros tributos. Capítulo III. Que englobará los gastos financieros y asimilados originados durante el ejercicio. Capítulo IV. Destinado a las subvenciones de explotación concedidas por la Empresa. Capítulo VI. En el que se consignarán las inversiones reales que figuran en el P.A.I.F. y que a continuación se detallan: En Inmovilizado Material. En Inmovilizado Inmaterial. En Gastos de Establecimiento. Capítulo VII. Resumirá las subvenciones de capital concedidas por la Empresa. Capítulo VIII. Recogerá la variación de los activos financieros de la Empresa, es decir, lo que en el P.A.I.F., viene denominado como Inmovilizado Financiero, tanto en empresas del grupo como fuera del grupo y los gastos a distribuir en varios ejercicios. Capítulo IX. Englobará la variación de los pasivos financieros de la Empresa debido a la cancelación o traspaso a corto plazo de la deuda a largo plazo. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8175 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿PC¿ Página 8176 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA EP.3/2 «OPERACIONES PRESUPUESTARIAS DE INGRESOS». Capítulo I. Ingresos por Impuestos Directos. Capítulo II. Ingresos por Impuestos Indirectos. Capítulo III. Recoge el importe neto de la cifra de negocios. Capítulo IV. Se encuadrarán aquí el total de subvenciones de explotación que le sean concedidas a la Empresa cualquiera que sea su procedencia. Capítulo V. Se engloban en este capítulo los ingresos patrimoniales obtenidos por la Empresa, como ingresos por arrendamientos y otros ingresos. - Dada la compejidad de la formula de cálculo, se ofrece a continuación una serie de normas prácticas para su obtención, que será el resultado de sumar algebraicamente tres componentes: a) Resultado de operaciones comerciales: entendido como la diferencia entre ventas netas y compras netas, sumando o restando en su caso la variación de existencias previstas. b) Ingresos financieros, accesorios y varios de la explotación obtenidos por la suma de los siguientes conceptos: - Otros ingresos de gestión. - Ingresos financieros exceptuando la aplicación de otros ingresos a distribuir en varios ejercicios, si los hubiera. - Trabajos realizados por la empresa para su inmovilizado. - Excesos y aplicación de provisiones. c) Resultados operaciones ajenas a la explotación, entendido como la diferencia entre: 1) Beneficios procedentes del inmovilizado e ingresos excepcionales, exceptuando las subvenciones de capital traspasadas al ejercicio (amortización de la subvención de capital). 2) Pérdidas procedentes del inmovilizado y gastos excepcionales. Capítulo VI Recoge los recursos generados por la enajenación de inversiones reales de la Empresa, tanto materiales como inmateriales. Capítulo VII En el que se consignarán las subvenciones de capital concedidas a la Empresa, cualquiera que sea su procedencia. Capítulo VIII Reflejará la variación de los activos financieros de la empresa, entendida como la enajenación de las inversiones financieras y la cancelación anticipada o traspaso a corto plazo de inmovilizado financiero y la aplicación de gastos a distribuir en varios ejercicios. Capítulo IX Resume la variación de pasivos financieros de la empresa, derivada del incremento de la financiación ajena a largo plazo obtenida y que aparece consignada en el P.A.I.F. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8177 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿ N I C ¿ BOLETIN OFICIAL DE LA REGION DE MURCIA LUNES, 5 DE JULIO DE 1999 Número 152 Franqueo concertado número 29/5 Depósito legal: MU-395/1982 FASCÍCULO III DE LA PÁGINA 8177 A LA 8208 ¿CPI¿PC¿ Página 8178 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8179 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿PC¿ Página 8180 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA EP.4/1 «OBJETIVOS Y MEDIOS PERSONALES» Tiene como finalidad recoger todos los datos necesarios para enmarcar y definir el programa de actuación de la empresa durante el ejercicio que se presupuesta. En esta ficha se reflejarán los objetivos generales, encuadrando de esta forma el P.A.I.F., en una política estratégica de desarrollo de la empresa a medio y largo plazo. Deben incluirse los siguientes apartados: - Objetivos estratégicos a corto y largo plazo en donde se indicaran las metas claves de la empresa, los objetivos conseguidos en los años anteriores, con comparación con los objetivos previstos a conseguir en el año 2000, definiendo en lo posible la política de producción, personal, etc.. - Objetivos a desarrollar durante el año 2000, desarrollando los objetivos a corto plazo, cuantificándolos en la medida de lo posible y resaltando aquellos aspectos que pueden resultar relevantes para la comprensión del presupuesto presentado. - Actividades a desarrollar para la consecución de Objetivos anteriores. - Medios personales por grupos, se recoge en este apartado el estado de la plantilla con especificación de su situación a 31-12-98, así como las previsiones para 1999 y presupuestado en el año 2000. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8181 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿PC¿ Página 8182 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA EP.4/2 «SUBVENCIONES RECIBIDAS Y CONCEDIDAS PARA EL AÑO 2000» El objeto de esta ficha es establecer de forma individualizada las subvenciones recibidas y las líneas de subvención concedidas o ayudas que está previsto iniciar o continuar durante el ejercicio 2000 por las Empresas o Entes Públicos. a) Subvenciones recibidas: indicando el origen de la subvención. b) Subvenciones concedidas: cada línea describe el conjunto de actuaciones durante el año 2000 y que supongan una entrega dineraria de la Empresa o Ente público a otras entidades públicas o privadas, o a particulares. Para cada una de las líneas definidas, identificadas por un número de orden, se especificará: (1) Número: número de orden de la línea de subvención o ayuda (01,02...) (2) Beneficiarios: indicar quiénes son o pueden ser los beneficiarios de la subvención o ayuda, con una breve descripción de sus características. (3) Descripción y finalidad: de forma concisa se explicará la problemática a la que se pretende dar respuesta y las finalidades que persigue cada línea. (4) Normativa Reguladora: Relacionar la normativa por la que se regula la subvención o ayuda. (5) Convocatoria: indicar la fecha prevista de publicación de la convocatoria de la subvención. (6) Financiación: importe de fondos propios y externos que financian la línea, detallando las cuantías y origen de estos últimos, así como el porcentaje de cofinanciación en su caso. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8183 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿PC¿ Página 8184 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA EP.4/3 «MEMORIA INDIVIDUALIZADA DE LAS SUBVENCIONES RECIBIDAS Y CONCEDIDAS POR OBJETIVOS PARA EL AÑO 2000». En esta ficha se detallarán por orden de prioridad las líneas de ayuda que la empresa ó ente público realizará en el año 2000, cuantificando al importe destinado a tal finalidad. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8185 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿PC¿ Página 8186 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA EP.4/4 «PROYECTOS DE INVERSION PARA EL AÑO 2000». Esta ficha recoge de forma detallada datos ya expresados en el P.A.I.F., antes expuesto. En este apartado se relacionarán de forma individualizada todas aquellas inversiones previstas por la Empresa ó Ente para el año 2000. Igualmente se detallará la prioridad de esas inversiones y de los compromisos futuros a los que diera lugar su aprobación. Los CAMPOS A CUMPLIMENTAR en la ficha, para cada uno de los proyectos de inversión, son los siguientes: (1) Denominación: descripción de la actuación inversora, de tal modo que permita hacerse una idea exacta de su contenido y finalidad. (2) Años: I=Inicio; T=Terminación. Años de inicio y finalización del proyecto. (3) Situación: se consignará el código «I», «C», «T» o «L», según se trate de: - Proyectos que se inician en el ejercicio 2000 pero cuya terminación está prevista en un ejercicio posterior. Proyectos a iniciar (I). - Proyectos que se iniciaron en un ejercicio anterior, y cuya finalización está prevista en un ejercicio posterior al 2000. Proyectos en curso (C). - Proyectos que iniciándose en un ejercicio anterior, o en el del 2000, está previsto que finalicen en el ejercicio 2000. Proyectos a terminar (T). - Proyectos ya finalizados, pero en los que todavia quedan obligaciones pendientes de pago, por lo que es necesario consignar dotaciones presupuestarias para la atención de dichos gastos (P. Ej. liquidaciones de obra) (L). (4) Coste del Proyecto: El coste total del proyecto vendrá dado por la suma de los siguientes conceptos: inversión realizada hasta el 31/12/1998 + inversión prevista hasta 31/12/99 + anualidad prevista para el ejercicio 2000 + suma de anualidades futuras. (5), (6), (7) y (8): Anualidades. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8187 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿PC¿ Página 8188 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA EP.4/5 «MEMORIA INDIVIDUALIZADA DE LAS INVERSIONES A REALIZAR EN EL AÑO 2000». En definitiva, se trata de exponer la necesidad y/o conveniencia de la realización de determinadas inversiones, exponiendo una memoria individualizada para cada caso. En ella se expondrá brevemente el carácter de la Inversión a realizar y en qué consiste; así como el impacto económico que se prevé con su realización. ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8189 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿PC¿ Página 8190 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿NC¿ Número 152 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿NC¿ Número 152 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Lunes, 5 de julio de 1999 ¿FF¿¿PC¿ Página 8191 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA FICHA EP.5 «PRESUPUESTO DE EXPLOTACIÓN Y DE CAPITAL» La ficha ¿Presupuesto de Explotación¿ será cumplimentada únicamente por las Empresas y Entes Públicos que reciban subvenciones o transferencias corrientes con cargo al presupuesto de la Comunidad Autónoma. En ella se detallarán todos los ingresos y gastos de explotación presupuestados para 1999 al nivel de desagregación que se detalla en la mencionada ficha. La ficha ¿Presupuesto de Capital¿ será cumplimentada únicamente por las Empresas y Entes Públicos que reciban subvenciones o transferencias de capital con cargo al Presupuesto de la Comunidad Autónoma. En esta ficha se recogerán todas las inversiones presupuestadas para Eel año 2000 así como su fuente de financión.