¿OC¿ Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua ¿OF¿¿SUC¿ 6405 Orden de 3 de mayo de 1999, por la que se transfiere el patrimonio de las extinguidas Cámaras Agrarias Locales de la Región de Murcia, a la Cámara Agraria de la Región de Murcia. ¿SUF¿¿TXC¿ El Decreto 50/1998, de 11 de septiembre, por el que se regula la liquidación y adjudicación del patrimonio de las extinguidas Cámaras Agrarias locales, y el régimen de funcionamiento provisional de los órganos de Gobierno de la Cámara Agraria de la Región de Murcia, establece en su artículo 8.1 que: ¿Una vez determinado el patrimonio del conjunto de las cámaras agrarias locales extinguidas, y previo el cumplimiento de los trámites a que se hace referencia en el artículo anterior, por el Consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Agua, y previa consulta a las organizaciones profesionales agrarias se dictará Orden atribuyendo el mismo a la Cámara Agraria de la Región de Murcia, la cual garantizará su aplicación a fines y servicios de interés general agrario del municipio o ámbito territorial de la Cámara extinguida de la que provenga el elemento patrimonial objeto de cesión, debiendo ser consultada, en su caso, las organizaciones profesionales agrarias y los Ayuntamientos de los municipios donde se encuentre ubicado el elemento patrimonial¿. Por la Comisión Liquidadora del patrimonio de las extinguidas Cámaras Agrarias Locales, con fecha 16 de febrero del presente año, se remitió a la Dirección General de Investigación y Transferencia Tecnológica, el inventario, balance y demás documentación que obraba en su poder, una vez elaborado el mismo, de acuerdo con lo establecido en los artículos 5 y 6 del referido Decreto 50/1998. La Dirección General de Investigación y Transferencia Tecnológica dictó, con fecha 22 de febrero del presente año, la oportuna Resolución, aprobatoria de la liquidación de todas y cada una de las cámaras agrarias locales extinguidas, siendo expuesta al público durante el plazo reglamentario, mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, sin que la misma haya sido objeto de recurso alguno a que hace referencia dicho texto legal. Igualmente, se ha efectuado la oportuna consulta a las Organizaciones Profesionales Agrarias tal como preceptivamente estaba establecido en el artículo 8 de dicho precepto reglamentario. Procede pues, dictar la oportuna Orden de atribución del patrimonio a la Cámara Agraria de la Región de Murcia, para culminar todo el proceso a que anteriormente se ha hecho referencia. Por todo lo anterior y en virtud de las atribuciones que tengo conferidas, vengo a: ORDENAR ÚNICO.- Se atribuye a la Cámara Agraria de la Región de Murcia el patrimonio de todas y cada una de las extintas Cámaras Agrarias Locales de la Región de Murcia, cuyo balance final acumulado es el siguiente: BALANCE FINAL ACUMULADO CC.AA.LL. ACTIVO Saldo Final PASIVO Saldo Final Valor Coste Inmuebles 49.934.405 Amortización Acumulada -23.023.594 Valor Contable 26.910.811 ACREEDORES 2.714.129 Terrenos 187.250 Mobiliario y Enseres 1.820.142 Inversiones Financieras 10.320 TOTAL. INM. MATERIAL 28.928.523 TOTAL OBLIGACIONES 2.714.129 DEUDORES 863.039 NETO PATRIMONIAL 44.117.711 CAJA 149.743 BANCOS 16.890.535 TOTAL ACTIVO 46.831.840 TOTAL PASIVO 46.831.840 RELACIÓN DE INMUEBLES PROPIEDAD DE LAS CC.AA.LL. QUE SE TRANSFIEREN A LA CÁMARA AGRARIA DE LA REGIÓN DE MURCIA. 1.- Inmueble en C/ Antonio Machado, n.º 2 de Abanilla. 2.- Inmueble en C/ Ramón y Cajal, n.º 12 de Águilas. 3.- Inmueble en C/ Campo, n.º 1 de Aledo. 4.- Inmueble en C/ Mayor, n.º 26 de Alguazas. 5.- Inmueble en C/ Reina Victoria, n.º 14, 1.º Dha. de Cartagena. 6.- Inmueble en C/ Ruiseñor, n.º 58, Bajo, Pozo Estrecho, Cartagena. 7.- Inmueble en C/ Juan Ramón Jiménez, n.º 7 de Cehegín. 8.- Inmueble en C/ Poligono, n.º 7. Canara, Cehegín. 9.- Inmueble en C/ Las Farolas, s/n de Ceutí. 10.- Inmueble C/ Siroco, Bajo, El Algar, Cartagena. 11.- Solar C/ Isaac Peral, n.º 5 de los Belones, Cartagena. 12.- Inmueble en C/ Gran Vía, n.º 50 de Fuente Álamo 13.- Inmueble en Av. Poeta Lorenzo Guardiola, n.º 6 de Jumilla 14.- Inmueble en C/ Murcia, n.º 34 de Librilla 15.- Inmueble en C/ Corredera, n.º 18 de Lorca. 16.- Inmueble en C/ Chiquita, n.º 8 de Beniajan, Murcia. 17.- Inmueble en C/ Rosario, n.º 1 de Puente Tocinos, Murcia. 18.- Inmueble en C/ Juan XXIII, s/n de Llano de Brujas, Murcia. 19.- Inmueble en C/ Ntra. Sra. de Guadalupe, s/n de Guadalupe, Murcia. 20.- Inmueble en Av. Río Segura, n.º 7, de Murcia. 21.- Solar en Av. Juan Carlos I s/n, Los Martínez del Puerto , Murcia. 22.- Inmueble en Av. de la Constitución, n.º 2 de Monteagudo, Murcia. 23.- Solar en Av. Santiago s/n, Santiago y Zaraiche, Murcia. 24.- Inmueble en C/ D. Martín, n.º 1, de Pliego. 25.- Inmueble en C/ Vicente Antón, n.º 2 de Torre Pacheco. 26.- Solar en C/ Juan de la Cierva s/n, de las Torres de Cotillas. 27 - Inmueble en Av. San Eulalia, n.º 8 de Totana. DISPOSICIÓN FINAL.- La presente Orden, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el ¿Boletín Oficial de la Región de Murcia¿. Murcia a 3 de mayo de 1999.¿El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Agua, Eduardo Sánchez-Almohalla Serrano. ¿TXF¿ ¿¿