¿OC¿ Consejería de Presidencia ¿OF¿¿SUC¿ 6837 Orden de 29 de abril de 1999, de la Consejería de Presidencia, por la que se establece un horario especial para determinado personal de la Dirección General del Agua, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua. ¿SUF¿¿TXC¿ El artículo 1.2 del Decreto 27/1990, de 3 de mayo, dispone que las jornadas y horarios especiales, que se establezcan para dependencias o centros de la Administración Regional que no tengan carácter administrativo serán fijados, previa negociación con los representantes sindicales, por el Consejero competente en materia de Función Pública, a propuesta de los titulares de las diversas Consejerías, oído el Consejo Regional de la Función Pública. En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua, oído el Consejo Regional de la Función Pública, y en uso de las atribuciones que me confiere el referido Decreto y la Ley 3/1986, de 19 de marzo. DISPONGO Primero: Establecer un horario especial para determinado personal dependiente de la Dirección General de Agua, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua, cuya relación se recoge en Anexo a esta Orden, en los siguientes términos: a) Para el personal de dedicación normal, se fija un horario de trabajo de 8 horas a 16,30 horas, con una hora intermedia de descanso para la comida. b) Para el personal de especial dedicación, se fija un horario de 8 a 17 horas, con una hora intermedia para la comida a fin de completar las 40 horas semanales preceptivas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1 del Decreto 27/1990, de 3 de mayo. Segundo: En las materias no reguladas por la presente Orden será de aplicación lo dispuesto en el capítulo primero: artículos 3.2, 3.3, 6 y 7 del Decreto 27/1990, de 3 de mayo, por el que se regula la jornada y horario de trabajo, permisos, licencias y vacaciones del personal funcionario al servicio de la Administración Regional, en tanto no contradiga lo establecido en esta Orden. Tercero: La presente Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia". El Consejero de Presidencia, Juan Antonio Megías García. ANEXO ¿Programa 441A. Saneamiento y depuración de poblaciones. ¿1 Jefe de Equipo. ¿1 Ayudante Técnico Topografía. ¿1 Vigilante de obra. ¿Programa 441B. Abastecimiento de agua potable. ¿1 Vigilante de obra. ¿Programa 512D. Acondicionamiento de cauces. ¿1 Analista. ¿1 Capataz de obra. ¿TXF¿ ¿¿