¿ O C ¿ Consejería de Presidencia ¿ O F ¿ ¿ S U C ¿ 10006 Orden de 2 de julio de 1998, de la Consejería de Presidencia, por la que se establecen las áreas de actividad para incentivar la promoción interna del personal funcionario de la Administración Pública Regional. ¿ S U F ¿ ¿ T X C ¿ Uno de los ejes centrales sobre los que se articula la política de personal en la Administración Pública Regional es la promoción profesional de los empleados públicos, tendente a lograr la optimización de los recursos humanos y aprovechar en la medida de lo posible las potencialidades del personal. La incentivación de la promoción interna viene recogida en el artículo 22 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en el artículo 46 de la Ley 3/1986, de 19 de marzo, de la Función Pública de la Región de Murcia, y en el Acuerdo Administración Regional, Organizaciones Sindicales y Comité de Empresa para el período 1997-1999, publicado mediante Resolución de 24 de mayo de 1997 de la Secretaría General de la Presidencia (B.O.R.M. núm. 134, de 13-6-1997). Lo anterior ha sido desarrollado tanto por los Decretos 73/1997, de 27 de noviembre, 33/1998, de 4 de junio, por los que se aprueban las Ofertas Públicas de Empleo para 1997 y 1998, respectivamente, al reservarse en unos anexos diferenciados un número elevado de plazas para su provisión mediante convocatorias separadas e independientes del acceso correspondiente al turno de libre concurrencia, como por el Decreto 32/1998, de 4 de junio, por el que se configuran opciones en los distintos cuerpos de la Administración Pública Regional, se establecen Medidas de Fomento de Promoción Interna, y se modifica el Decreto 46/1990, de 28 de junio, en cuanto a la dispensa del requisito de titulación en determinados supuestos. El análisis de las funciones en los distintos Cuerpos, opciones y, en su caso, puestos permite establecer áreas de actividad al objeto de facilitar de un modo racional y coherente la valoración en la fase de concurso de los procesos selectivos, tanto de las experiencias adquiridas a través de los servicios prestados en unos determinados Cuerpos, opciones y puestos que tienen una plena correspondencia con otros de grupos de clasificación de nivel superior, como aquéllas otras experiencias desarrolladas en otros que, aunque son distintos entre sí, guardan cierta afinidad. Asimismo, la configuración de las áreas de actividad resulta conveniente en la promoción interna, por la dispensa de titulación, que recoge tanto la normativa estatal como regional, para acceder, en determinados supuestos, a grupos superiores procedentes de los inmediatamente inferiores. Por todo lo anteriormente expuesto, en uso de las facultades que me confiere tanto el artículo 12 de la Ley 3/1986, de 19 de marzo, como la disposición final primera del Decreto 32/1998, de 4 de junio, D I S P O N G O Artículo 1. 1. La presente disposición tiene como objeto la clasificación de las áreas de actividad de la Función Pública de la Administración Regional, así como la determinación de los Cuerpos, opciones, y en su caso, tipos de puestos de trabajo, que las integran, tal y como se establecen en los Anexos I y II. 2. A estos efectos, las áreas de actividad del anexo I se caracterizan por tener un ámbito de extensión mayor que las del anexo II, en función de diversos factores, como el número de efectivos de personal que integran los Cuerpos y opciones de las citadas áreas, el carácter interdepartamental de las mismas o la extensión a la generalidad de los grupos funcionariales que las conforman. Artículo 2. Las áreas de actividad y determinadas opciones que se consideran afines vienen relacionadas en el anexo III de esta Orden. Artículo 3. 1. Los servicios prestados en opciones correspondientes a áreas de actividad afines desde las que se pretende promocionar serán valorados en la fase de concurso con un 50 por ciento respecto de la puntuación que se otorgue para el supuesto de acceso por el sistema de promoción interna a Cuerpos y opciones de la misma área de actividad. 2. Los servicios prestados por personal no incluido en ninguna opción de la Administración Pública Regional, serán tenidos en cuenta en la fase de concurso siempre y cuando las funciones correspondientes a los puestos, sean plenamente coincidentes o afines a las opciones a las que pretende promocionar, en cuyo caso se valorarán con un 100 ó 50 por ciento respectivamente. Disposición final primera. Se faculta al titular de la Dirección General de la Función Pública y de la Inspección de Servicios, para adoptar cuantas medidas sean necesarias para la aplicación de la presente Orden. Disposición final segunda. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de la Región de Murcia". El Consejero de Presidencia, Juan Antonio Megías García. ¿CPI¿¿NC¿ Número 160 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Martes, 14 de julio de 1998 ¿FF¿¿PC¿ Página 7423 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿PC¿ Página 7424 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Martes, 14 de julio de 1998 ¿FF¿¿NC¿ Número 160 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿NC¿ Número 160 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Martes, 14 de julio de 1998 ¿FF¿¿PC¿ Página 7425 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿PC¿ Página 7426 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Martes, 14 de julio de 1998 ¿FF¿¿NC¿ Número 160 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿NC¿ Número 160 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Martes, 14 de julio de 1998 ¿FF¿¿PC¿ Página 7427 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿PC¿ Página 7428 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Martes, 14 de julio de 1998 ¿FF¿¿NC¿ Número 160 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿NC¿ Número 160 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Martes, 14 de julio de 1998 ¿FF¿¿PC¿ Página 7429 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿PC¿ Página 7430 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Martes, 14 de julio de 1998 ¿FF¿¿NC¿ Número 160 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿NC¿ Número 160 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Martes, 14 de julio de 1998 ¿FF¿¿PC¿ Página 7431 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿PC¿ Página 7432 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Martes, 14 de julio de 1998 ¿FF¿¿NC¿ Número 160 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿NC¿ Número 160 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Martes, 14 de julio de 1998 ¿FF¿¿PC¿ Página 7433 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿PC¿ Página 7434 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Martes, 14 de julio de 1998 ¿FF¿¿NC¿ Número 160 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿NC¿ Número 160 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Martes, 14 de julio de 1998 ¿FF¿¿PC¿ Página 7435 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿PC¿ Página 7436 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Martes, 14 de julio de 1998 ¿FF¿¿NC¿ Número 160 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿NC¿ Número 160 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Martes, 14 de julio de 1998 ¿FF¿¿PC¿ Página 7437 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿PC¿ Página 7438 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Martes, 14 de julio de 1998 ¿FF¿¿NC¿ Número 160 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿NC¿ Número 160 ¿ N F ¿ ¿ F C ¿ Martes, 14 de julio de 1998 ¿FF¿¿PC¿ Página 7439 ¿PF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ ¿CPI¿¿PC¿ Página 7440 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Martes, 14 de julio de 1998 ¿FF¿¿NC¿ Número 160 ¿NF¿¿CPF¿ ¿ N I C ¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ A N E X O I I I LÍNEAS DE AFINIDAD I) General Administración, Informática y Estadística. II) General Administración y las opciones Inspección de Consumo y Turismo, pertenecientes al Cuerpo Técnico. III) Agraria, Laboratorio y Sanitaria. IV) Agraria, y Edificaciones y Obras. V) Laboratorio, Sanitaria y Prevención. VI) Edificaciones y Obras, Minas, Industrial y Prevención. VII) Edificaciones y Obras, Minas y la opción de Geografía perteneciente al Cuerpo Superior Facultativo. VIII) Informática y la opción Periodismo perteneciente al Cuerpo Superior Facultativo. IX) Cultural, Restauración, y Archivos y Bibliotecas. X) Cultural y las opciones de Geografía y Periodismo pertenecientes al Cuerpo Superior Facultativo.