¿ O C ¿ Consejería de Industria, Trabajo y Turismo ¿ O F ¿¿ S U C ¿ 8818 Orden de 5 de junio 1998, de la Consejería de Industria, Trabajo y Turismo por la que se modifica el calendario de apertura al público de comercios en domingos o festivos para 1998 en el municipio de Jumilla. ¿ S U F ¿¿ T X C ¿ Visto el acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Jumilla de fecha 26 de mayo de 1998, solicitando que el calendario de apertura al público de comercios en domingos y festivos, determinado para la Región de Murcia mediante Orden de esta Consejería de 15 de diciembre de 1997, se modifique para dicho municipio en el sentido de establecer como fecha de apertura el día 15 de agosto de 1998, en sustitución del día 1 de noviembre del mismo año. Considerando que la solicitud municipal ha sido presentada en tiempo y forma, al haberse formulado con la antelación mínima de un mes que establece el artículo tercero del Decreto número 5/1997, de 17 de enero, sobre horarios comerciales en la Región de Murcia, y motivarse la petición en el interés del sector comercial de dicho municipio, según se deduce de las consultas realizadas por el propio Ayuntamiento a los sectores implicados, al coincidir dicha apertura con la semana de fiestas locales de dicho municipio y evitarse al propio tiempo el cierre de los establecimientos comerciales durante dos días consecutivos. Vista la Ley Orgánica 2/1996, de 15 de enero, complementaria de la Ordenación del Comercio Minorista y el Decreto número 5/1997, de 17 de enero, sobre horarios comerciales en la Región de Murcia, en uso de las atribuciones que me confiere el articulo tercero de dicho Decreto, y a propuesta de la Dirección General de Comercio, Consumo y Artesanía, RESUELVO Modificar el calendario de apertura al público de comercios en domingos y festivos establecido para el conjunto de municipios de la Región de Murcia para 1998 por Orden de esta Consejería de 15 de diciembre de 1997, en lo que se refiere al municipio de Jumilla, en el sentido de establecer como fecha de apertura en aquél el día 15 de agosto de 1998 en sustitución del día 1 de noviembre de 1998. Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma, en el plazo de dos meses a contar desde la publicación de ésta en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». Murcia a 5 de junio de 1998.¿El Consejero de Industria, Trabajo y Turismo, José Pablo Ruiz Abellán.