¿ O C ¿ Consejería de Industria, Trabajo y Turismo ¿ O F ¿¿ S U C ¿ 7007 Orden de 12 de mayo de 1998, por la que se autorizan nuevas tarifas del servicio de agua potable en Moratalla. ¿ S U F ¿¿ T X C ¿ Examinado el expediente 3C98PP0032, incoado a instancia del Ayuntamiento de Moratalla y remitido por dicha Corporación en fecha 30 de abril de 1998, en solicitud de autorización de nuevas tarifas del servicio de agua potable; las tarifas vigentes para el casco urbano y para pedanías fueron autorizadas, respectivamente, por Órdenes de esta Consejería de 2-2-96 y 17-4-97, dictadas ambas en virtud de las facultades otorgadas por el Decreto 8/1995, de reorganización de la Administración Regional, y Decreto 105/1988, de 1 de julio, de creación del Consejo Asesor Regional de Precios. Se basa la petición en un estudio económico justificativo que se acompaña. El Ayuntamiento de Moratalla, en sesión del Pleno del día 13 de marzo de 1998, emite informe proponiendo el incremento de la tarifa correspondiente al casco urbano, no experimentando variación alguna la de pedanías, y proponiendo una compensación económica a la empresa concesionaria por importe de 2.049.195 ptas. para el año 1998, destinada a cubrir la diferencia entre la tarifa al usuario y el coste estimado del servicio de abastecimiento de agua potable en pedanías. Por los Servicios Técnicos de la Dirección General de Comercio, Consumo y Artesanía se ha emitido informe favorable a la modificación de tarifas propuesta por el citado Ayuntamiento por estar justificada de acuerdo con los artº. 5 y 6 del Decreto 2.695/1977, de 28 de octubre, sobre medidas relativas a política de precios y art.º 16.2 del Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal, fomento y liberalización de la actividad económica. El Consejo Asesor Regional de Precios, en su reunión del día 11 de mayo de 1998, ha informado, asimismo, favorablemente las tarifas de referencia. Estimándose conveniente aceptar la propuesta del citado Ayuntamiento, por las razones anteriormente expuestas. Visto el art.º 16 del Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, y el y el R.D. 2.695/1977, de 28 de octubre, sobre normativa en materia de precios; el Real Decreto 2.226/1977, de 27 de agosto, sobre autorizaciones de aumento de tarifas de servicios de competencia local, y Orden Ministerial de 30 de septiembre de 1977, así como el Real Decreto 4.112/1982, de 29 de agosto, Decreto 77/1977, de 8 de octubre, Decreto 105/ 1988, de 1 de julio, de creación del Consejo Asesor Regional de Precios, y artículo 58.3 de la Ley 1/1988, de 7 de enero, del Presidente, del Consejo de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, DISPONGO Primero.- Autorizar las tarifas solicitadas por el Ayuntamiento de Moratalla en sesión del Pleno del día 13 de marzo de 1998, que son las siguientes: CASCO URBANO - Consumo de agua (ptas/m³): 68,07. - Canon conservación contadores (ptas/abon/trim): 75,63. - Canon conservación acometidas (ptas/abon/trim): 83,63. PEDANÍAS - Cuota de servicio año (ptas): 3.156. - Precio m³ registrado (ptas/m³): 27,24. Segundo.- Autorizar la compensación económica a la empresa concesionaria por importe de 2.049.195 ptas. para el año 1998, destinada a cubrir la diferencia entre la tarifa al usuario y el coste estimado del servicio de abastecimiento de agua potable en pedanías, de acuerdo con lo dispuesto en el art.º 107.2 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril. Contra la presente Orden, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el ¿Boletín Oficial de la Región de Murcia¿, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde la publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Murcia a 12 de mayo de 1998.¿El Consejero, José Pablo Ruiz Abellán.