‡ O C ‡ Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua ‡ O F ‡‡ S U C ‡ 4419 ORDEN de 20 de marzo de 1998, por la que se modifica la Orden de 26 de diciembre de 1997, por la que se regula la identificación de las diversas especies ganaderas en la Región de Murcia. ‡ S U F ‡‡ T X C ‡ La Orden de 26 de diciembre de 1997, por la que se regula la identificación de las diversas especies ganaderas en la Región de Murcia, dictada en aplicación del Real Decreto 205/1996, de 9 de febrero, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies bovina, porcina, ovina y caprina, ofrece la posibilidad al titular o poseedor de animales de las especies ovina y caprina de optar entre dos sistemas de identificación, el crotal auricular o el tatuaje. Debido a razones de tipo económico y funcional, se ha considerado conveniente, en lo que afecta a las especies ovina y caprina, modificar el código de la explotación de origen, cuya secuencia de letras y números ha de incluirse en la marca de identificación de los animales de dichas especies y que es coincidente con el número del Libro de Registro de Explotaciones de ganado ovino -caprino, quedando reducido a ocho signos, dos para la sigla MU, seguido de seis dígitos, los dos primeros para identificar el municipio donde se encuentra ubicado el establo y los cuatro siguientes que corresponderán al número de orden asignado a la explotación. En consideración de todo lo anterior, y una vez consultado el sector afectado, es por lo que procede llevar a efecto la modificación de la citada Orden de 26 de diciembre de 1997. En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Producción Agraria y de la Pesca y en uso de las atribuciones que tengo conferidas, DISPONGO Primero.- Se modifica el punto 2 del apartado Cuarto de la Orden de 26 de diciembre de 1997, por la que se regula la identificación de las diversas especies ganaderas en la Región de Murcia, quedando redactado en los siguientes términos: «Tanto el crotal como el tatuaje deberán incluir como mínimo las siglas MU, seguidas de la secuencia de seis dígitos, correspondientes al código de la explotación de origen según lo dispuesto en el apartado séptimo de la Orden de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua de 16 de septiembre de 1996, por la que se crea el Libro Registro de Explotación Ganadera, que identificarán al número del municipio y al número de orden de la explotación.» Segundo.- En el supuesto de que, con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden, existieran animales de las especies ovina y caprina identificados con el código alfanumérico compuesto de dos siglas y ocho dígitos, dicha identificación tendrá validez hasta la muerte del animal. Tercero.- La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». Murcia a 20 de marzo de 1998.—El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Agua, Eduardo Sánchez- Almohalla Serrano.