‡ S U C ‡ 3481 Orden de 2 de marzo de 1998, por la que se autorizan nuevas tarifas del servicio de agua potable en Cehegín. ‡ S U F ‡ T X C ‡ Examinado el expediente 3C98PP0233, incoado a instancia del Ayuntamiento de Cehegín y remitido con fecha 22 de diciembre de 1997, en solicitud de autorización de nuevas tarifas del servicio de agua potable; las tarifas vigentes fueron inicialmente autorizadas por el Ayuntamiento de Cehegín en sesiones del Pleno de 13 de noviembre de 1996 y 10 de noviembre de 1995 (canon de conservación de contadores). Se basa la petición en la necesidad de repercutir en la tarifa el incremento experimentado en los costes de explotación del servicio. El Ayuntamiento de Cehegín, en sesión del Pleno del día 31 de octubre de 1997, emite informe proponiendo el incremento de la tarifa en su conjunto, siendo la repercusión global en los usuarios domésticos e industriales un aumento del 2,03 por 100. Por los Servicios Técnicos de la Dirección General de Comercio, Consumo y Artesanía se ha emitido informe favorable a la modificación de tarifas propuesta por el citado Ayuntamiento por estar justificada de acuerdo con los artº. 5 y 6 del Decreto 2.695/1977, de 28 de octubre, sobre medidas relativas a política de precios y artº. 16.2 del Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, sobre medidas urgentes de carácter fiscal, fomento y liberalización de la actividad económica. El Consejo Asesor Regional de Precios, en su reunión del día 27 de febrero de 1998, ha informado, asimismo, favorablemente las tarifas de referencia. Estimándose conveniente aceptar la propuesta del citado Ayuntamiento, por las razones anteriormente expuestas. Visto el artº. 16 del Real Decreto-Ley 7/1996, de 7 de junio, y el R.D. 2.695/1977, de 28 de octubre, sobre normativa en materia de precios; el Real Decreto 2.226/1977, de 27 de agosto, sobre autorizaciones de aumento de tarifas de servicios de competencia local, y Orden Ministerial de 30 de septiembre de 1977, así como el Real Decreto 4.112/1982, de 29 de agosto, Decreto 77/1977, de 8 de octubre, Decreto 105/ 1988, de 1 de julio, de creación del Consejo Asesor Regional de Precios, y artículo 58.3 de la Ley 1/1988, de 7 de enero, del Presidente, del Consejo de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, DISPONGO Autorizar las tarifas del agua potable solicitadas por el Ayuntamiento de Cehegín en sesión del Pleno del día 31 de octubre de 1997, que son las siguientes: 1.- DERECHOS DE CONEXIÓN A LA RED (ptas/bimestral): Acometida Tipo A 10.778 Acometida Tipo B 24.374 Acometida Tipo C 41.963 Acometida Tipo D 31.613 2.- POR CONSUMO DE AGUA (ptas/m3): Por cada m3 de agua consumido 78,46 3.- TARIFA MÍNIMA BIMESTRAL (ptas): a) Uso doméstico 1.569 b) Uso industrial 15.692 c) Hostelería, similares y talleres 3.138 d) Lavaderos 4.708 4.- CONSERVACIÓN DE CONTADORES (ptas): a) Hasta 50 mm, al bimestre 31 b) Más de 50 mm, al bimestre 93 Contra la presente Orden, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses, a contar desde la publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Murcia a 2 de marzo de 1998.—El Consejero de Industria, Trabajo y Turismo, Jose Pablo Ruiz Abellán.