Orden de 29 de julio de 1996, de la Consejería de Sanidad y Politica Social, por la que se delega en el Colegio Oficial de farmacéuticos de Murcia el ejercigio de la competencia de tramitación de los procedimientos en materia de oficinas de farmacia y se dictan normas mínimas para el cumplimiento del Real Decreto-Ley 11/96, de 17 de junio, de ampliación del servicio farmacéutico a la población.