¿OC¿ Consejo de Gobierno ¿OF¿¿SUC¿ 13216 Decreto n.° 123/2005, de 4 de noviembre, por el que se acepta la cesión gratuita, a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de la propiedad de un terreno, sito en Ordenación Bahía, término de Mazarrón, con destino a la construcción de un centro médico. ¿SUF¿¿TXC¿ El Ayuntamiento de Mazarrón, en sesión plenaria celebrada el día 28 de diciembre de 2004, adoptó el Acuerdo de ceder gratuitamente, a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la propiedad de un terreno de 4.000 m2 de superficie, sito en Ordenación Bahía, término municipal de Mazarrón, con destino a la construcción de un Centro Médico. Visto el art. 46.1 de la Ley 3/1992, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Visto el expediente instruido al efecto por la Dirección General de Patrimonio, los informes emitidos al respecto, y a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 4 de noviembre de 2005. Dispongo Primero.- Aceptar la cesión gratuita, efectuada por el Ayuntamiento de Mazarrón, de la propiedad del terreno cuya descripción es: «Término municipal de Mazarrón, Diputación de Moreras y Puerto de Mar, paraje de los Saladares, solar de superficie 4.000 m2. Linda: Norte, calle Sierra del Algarrobo; Sur, C/ Sierra de las Moreras; Este, C/ Sierra del Carche; y Oeste, resto de finca matriz». Valor: trescientos sesenta mil euros (360.000,00 ¿). Dicha superficie se segrega de la finca de mayor cabida inscrita en el Registro de la Propiedad de Mazarrón, folio 78, libro 383, tomo 1.420, n.° de finca 33.189, cuyo detalle es: «En término municipal de Mazarrón, diputación de Moreras y Puerto de Mar, paraje de los Saladares, solar señalado como Polígono n.° 2. Mide 12.675 m2. Linda: Norte, en línea de ciento cuarenta y un metros calle Sierra de Algarrobo; Sur, en línea de ciento setenta y cinco metros calle Sierra de las Moreras; Este, en línea de setenta y nueve metros, calle Sierra del Carche; y Oeste, en línea de sesenta y seis metros con calle Sierra del Algarrobo». Según Registro, sobre la finca matriz pesa una condición resolutoria consistente en la obligación del propietario de no dedicar la finca que le fue vendida, total o parcialmente a la producción de sal, cloruro sódico, derivados de ambos productos y o a cualquier otro producto obtenido de agua de mar, concentrados o residuales. Dicha condición no constituye impedimento para la aceptación de la cesión. Segundo.- El referido inmueble se acepta con destino a la construcción de un Centro Médico por lo que el inmueble queda afecto a la Consejería de Sanidad. Tercero.- Con arreglo al Acuerdo municipal, la cesión quedará sujeta a las siguientes condiciones: - El terreno será dedicado exclusivamente a la construcción de un Centro Médico. La Comunidad Autónoma de Murcia no podrá cambiar el destino del terreno, ni utilizarlo para usos distintos del expresado. Tampoco podrá arrendar, traspasar, ni ceder a terceros, ni siquiera a título de precario. En caso de que en el plazo de cinco años no se llegue a realizar la instalación, la parte del bien que no sea utilizada para el fin que se cede revertirá al Ayuntamiento para lo cual la Comunidad Autónoma de Murcia deberá dejarla libre y expedita. - Si el bien dejara de destinarse al fin para el que se cedió, el terreno con la instalación revertirá al Ayuntamiento, fuere cual fuere el tiempo transcurrido desde la cesión. Cuarto.- El Ayuntamiento de Mazarrón asume el compromiso de dotar a la finca cedida de los servicios de agua, luz, alcantarillado, y acceso, así como eliminar cualquier obstáculo que impida el inicio de las obras. Quinto.- Que se inscriba el inmueble cedido a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el Registro de la Propiedad correspondiente. Sexto.- Facultar al Director General de Patrimonio para la realización de cuantos actos sean necesarios para proceder a la ejecución material de la aceptación del citado inmueble, incluida la formalización de la correspondiente escritura pública de cesión. Séptimo.- Que se dé de alta el nuevo bien en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Dado en Murcia, 4 de noviembre de 2005.¿El Presidente en Funciones, Fernando de la Cierva Carrasco.¿La Consejera de Economía y Hacienda, Inmaculada García Martínez. ¿TXF¿ ¿¿