¿OC¿ Consejería de Economía y Hacienda ¿OF¿¿SUC¿ 6742 Decreto n.º 66/2005, de 27 de mayo, por el que se acepta la cesión gratuita, a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de la propiedad de un terreno, sito en Santiago y Zaraiche, Murcia, con destino a la construcción de un Centro de Salud. ¿SUF¿¿TXC¿ El Excmo. Ayuntamiento Pleno de Murcia, en sesión plenaria celebrada el 31 de mayo de 2001, adoptó el Acuerdo de ceder gratuitamente a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la propiedad de un terreno de 2.000 m2, sito en Santiago y Zaraiche, término municipal de Murcia, con destino a la construcción de un Centro de Salud. La Consejería de Sanidad y Consumo solicita la ampliación de la parcela cedida en 1.000 m2 más para conseguir un total de 3.000 m2, en estos términos, el Excmo. Ayuntamiento Pleno de Murcia, en sesión plenaria celebrada el 25 de julio de 2.002, adoptó el Acuerdo de ceder gratuitamente a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la propiedad de un terreno de 1.000 m2, sito en Santiago y Zaraiche, término municipal de Murcia, con destino a la construcción de un Centro de Salud. Vistos los arts. 109 y ss. del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (Real Decreto 1.372/86, de 13 de Junio) y el art. 46.1 de la Ley 3/92, de 30 de Julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Visto el expediente instruido al efecto por la Dirección General de Patrimonio, los informes emitidos al respecto, y a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 27 de mayo de 2.005. Dispongo Primero. Aceptar la cesión gratuita, efectuada por el Excmo. Ayuntamiento de Murcia, de la propiedad de los terrenos, cuya descripción es la siguiente: 1. Descripción: Parcela de dos mil metros cuadrados (2.000 m2) en la pedanía de Santiago y Zaraiche, término municipal de Murcia. Linderos: Norte, resto de finca matriz, en porción destinada a terrenos de equipamientos colectivos; Este, resto de la finca matriz, en porción destinada a Centro Cultural Integral; Sur, calle Periodista Encarna Sánchez; y Oeste, Avda. Marqués de los Vélez. El valor de tasación del inmueble asciende a 76.000.000 de ptas. (456.769,20 euros). La referida finca aparece en el Inventario de Bienes y Derechos Municipales con la calificación jurídica de Bien Patrimonial. El terreno que se cede es porción a segregar de otra finca mayor sita en Santiago y Zaraiche, de equipamientos colectivos, que tiene la siguiente descripción: Descripción: urbana: Parcela E-1 del Polígono 2.2 del Plan Parcial Ciudad Residencial Nº Tres de Murcia, con una superficie de cinco mil seiscientos veintiún metros cuadrados (5.621 m2), en partido de Santiago y Zaraiche, término municipal de Murcia, que linda, al Norte, Equipamiento público en el Polígono 3.1; Este, zona verde; Sur, vial público en Polígonos 2.2 y 3.3; y Oeste, vial público. Título de Propiedad: Adjudicación al Excmo. Ayuntamiento de Murcia en escritura de formalización del Proyecto de Compensación, otorgada el 11 de marzo de 1994 ante el Notario de Murcia, del Ilustre Colegio de Albacete, D. José Lucas Fernández. Inscripción: figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Murcia 8, Sección 6ª, Libro 436, Folio 216, Finca 31.910. Libre de cargas y gravámenes. 2. Descripción: Parcela de equipamiento colectivo sita en el Plan Residencial nº3 de mil metros cuadrados (1.000 m2) en la pedanía de Santiago y Zaraiche, término municipal de Murcia. Linderos: Norte, Calle Nuestra Señora de Atocha y otra parcela municipal destinada a centro de transformación; Este, resto de la finca matriz de la que se segrega; Sur, la parcela de 2.000 m2 para equipamiento sanitario; y Oeste, Avda. Marqués de los Vélez y otra parcela municipal destinada a centro de transformación. El valor de tasación del inmueble asciende a ciento cuarenta mil seiscientos ochenta y seis euros con diecisiete céntimos. (140.686,17 euros). La referida finca aparece en el Inventario de Bienes y Derechos Municipales con la calificación jurídica de Bien Patrimonial. El terreno que se cede es porción a segregar de otra finca mayor sita en Santiago y Zaraiche, de equipamientos colectivos, que tiene la siguiente descripción: Descripción: parcela de equipamiento colectivo sita en el Plan Parcial Residencial Número Tres de Murcia, en partido de Santiago y Zaraiche. Superficie: tiene una superficie de cuatro mil quinientos noventa y ocho metros cuadrados (4.598 m2). Linderos: Norte, Calle Nuestra Señora de Atocha; Sur, Calle Encarna Sánchez y parcela de 2.000 m2 para equipamiento sanitario; Este, zona verde; Oeste, Avda. Marqués de los Vélez y parcela de 2.000 m2 para equipamiento sanitario. Título de Propiedad: la matriz, de la que esta es resto tras una segregación anterior, pertenece al Ayuntamiento por agrupación de dos fincas adquiridas mediante sendas adjudicaciones en los Polígonos 2.2 y 3.2 del Plan Parcial Residencial nº 3. Inscripción: las fincas registrales que forman la parcela municipal figuran inscritas en el Registro de la Propiedad de Murcia 8, Sección 6ª, Libro 436, Folio 216, Finca 31.910, la 1ª Inscripción de la E-1, y en el mismo Registro, Sección 6ª, Libro 332, Folio 192, Finca 25.973 la otra porción denominada parcela Equipamiento municipal. Libre de cargas y gravámenes. Segundo. El citado inmueble se acepta con destino a la construcción de un Centro de Salud, por lo que el inmueble queda afecto a la Consejería de Sanidad. La finca cedida deberá ser destinada al uso señalado en el plazo máximo de cinco años. Dicho destino deberá ser mantenido durante al menos los treinta años siguientes. El incumplimiento de cualquiera de los plazos establecidos en los apartados anteriores, dará lugar a la reversión de pleno derecho de la finca cedida al patrimonio de la Corporación, con todas sus pertenencias y accesiones, y sin derecho a indemnización alguna. Tercero. El Excmo. Ayuntamiento de Murcia, asume el compromiso de dotar a la referida parcela municipal de los servicios de agua, luz, alcantarillado, telefonía y accesos de que pudiera carecer, así como de eliminar cualquier obstáculo que impida la realización de las obras. Cuarto. Que se inscriba el inmueble cedido a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el Registro de la Propiedad correspondiente. Quinto. Facultar, indistintamente, a la Consejera de Economía y Hacienda y al Director General de Patrimonio para la realización de cuantos actos sean necesarios para proceder a la ejecución material de la aceptación del citado inmueble, incluida la formalización de la correspondiente escritura pública de cesión. Sexto. Que se dé de alta el nuevo bien en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Dado en Murcia a veintisiete de mayo de dos mil cinco.¿El Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso.¿La Consejera de Economía y Hacienda, Inmaculada García Martínez. ¿TXF¿ ¿¿