¿OC¿ Consejería de Presidencia ¿OF¿¿SUC¿ 413 Decreto n.º 1/2005, de 14 de enero, por el que se modifica el decreto N.º 71/2003, de 11 de julio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Hacienda. ¿SUF¿¿TXC¿ El Decreto del Consejo de Gobierno nº 60/2004, de 28 de junio, por el que se reorganiza la Administración Regional, altera la denominación y competencias de determinadas Consejerías y efectúa, en consecuencia, una nueva distribución competencial entre los Departamentos de aquélla. De acuerdo con la nueva situación creada, resulta conveniente modificar la estructura de Centros Directivos de la Consejería de Hacienda, establecida por el Decreto n.º 71/2003, de 11 de julio, con el fin de facilitar el desarrollo de los cometidos y competencias que tiene atribuidos. En consecuencia, a iniciativa de la Consejera de Hacienda y a propuesta del Consejero de Presidencia, por delegación del Presidente, según lo dispuesto en el artículo 47.1 de la Ley 1/1988, de 7 de enero, del Presidente, del Consejo de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Murcia, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 14 de enero de 2005, Dispongo Artículo 1. Se modifica el punto 7 del apartado 2 del artículo primero del Decreto n.º 71/2003, de 11 de julio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Hacienda, quedando redactado en los siguientes términos: «7. Dirección General de Informática». Artículo 2. Se modifica el artículo segundo del Decreto n.º 71/2003, de 11 de julio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Hacienda, quedando redactado en los siguientes términos: «La Secretaría Sectorial de Administración Pública coordinará el ejercicio de las funciones y competencias atribuidas a las Direcciones Generales de Función Pública, de Informática y de Patrimonio, así como a la Inspección General y Calidad de los Servicios». Artículo 3. Se modifica el apartado 3 del artículo tercero del Decreto n.º 71/2003, de 11 de julio, por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Hacienda, quedando redactado en los siguientes términos: «3.- La Dirección General de Informática asume las funciones y competencias en materia de sistemas de información y comunicaciones, atribuidas hasta ahora a la Dirección General de Organización Administrativa e Informática. La Secretaría Sectorial de Administración Pública asume las funciones y competencias en materia de organización, inspección y calidad de los servicios, atribuidas hasta ahora a la Dirección General de Organización Administrativa e Informática». Disposición final El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». Murcia a 14 de enero de 2005.¿El Presidente en Funciones, Fernando de la Cierva Carrasco.¿La Consejera de Presidencia en Funciones, Inmaculada García Martínez. ¿TXF¿ ¿¿