¿OC¿ Consejería de Hacienda ¿OF¿¿SUC¿ 27 Decreto n.º 135/2004, de 30 diciembre de 2004, por el que se acepta la cesión gratuita, a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de la Propiedad de un terreno, sito en el paraje de La Bocamanga del Mar Menor, diputación del Rincón San Ginés, término municipal de Cartagena, con destino a la construcción de un Centro de Educación Secundaria. ¿SUF¿¿TXC¿ El Excmo. Ayuntamiento de Cartagena, mediante Acuerdo adoptado por el Pleno en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 26 de febrero de 1999, cedió gratuitamente al Patrimonio del Estado para su afectación al Ministerio de Educación y Cultura, un terreno de 12.400 m2 de superficie, sito en el Paraje de la Bocamanga del Mar Menor, diputación del Rincón San Ginés, término municipal de Cartagena, con destino a la construcción de un Centro de Educación Secundaria, cuya cesión no consta que fuera aceptada ni formalizada en escritura pública. En virtud de Real Decreto 938/1999, de 4 de junio, se produjo el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en materia de enseñanza no universitaria. El Excmo. Ayuntamiento de Cartagena, en sesión plenaria celebrada el día 21 de diciembre de 2001, adoptó el Acuerdo de ceder gratuitamente, a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la propiedad del referido terreno, sito en el Paraje de la Bocamanga del Mar Menor, diputación del Rincón San Ginés, término municipal de Cartagena, con destino a la construcción de un Centro de Educación Secundaria. Vistos los arts. 109 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (Real Decreto 1.372/1986, de 13 de junio) y el art. 46.1 de la Ley 3/92, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Visto el expediente instruido al efecto por la Dirección General de Patrimonio, los informes emitidos al respecto sobre la necesidad de regularizar la situación patrimonial del bien inmueble cedido, y a propuesta de la Consejera de Hacienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 30 de diciembre de 2004. Dispongo Primero.- Aceptar la cesión gratuita, efectuada por el Excmo. Ayuntamiento de Cartagena, de la propiedad del terreno, cuya descripción es la siguiente: Parcela situada en el Paraje de Bocamanga del Mar Menor, diputación del Rincón de San Ginés, término municipal de Cartagena. Su superficie es de 12.400 m2. Linda: Norte, Este y Oeste, más de donde la finca se segrega; Sur, resto de finca matriz en lo que es calle de su situación sin nombre. Título de Propiedad: la misma pertenece al Excmo. Ayuntamiento de Cartagena por título de cesión gratuita otorgada por la Mercantil «RIBENOR, S.A.» representada por D. Íñigo Semprún de Guerra en fecha 12 de septiembre de 1997 ante el Notario D. Pedro F. Garre Navarro (n.º 3.611 de su protocolo), y aceptada por el Ayuntamiento en escritura otorgada en 25 de febrero de 1999 ante el Notario D. Antonio Trigueros Fernández. Inscripción: figura en el Registro de la Propiedad de La Unión al tomo 926, Libro 454, Folio 165, Finca 37944, Sección 01. El valor de tasación del inmueble asciende a ciento cincuenta y nueve mil quinientos cincuenta y cinco euros con treinta y siete céntimos. (159.555,37 ¿). Libre de cargas y gravámenes. La referida finca aparece en el Inventario de Bienes y Derechos Municipales con la calificación jurídica de Bien Patrimonial. Segundo.- El citado inmueble se acepta con destino a la construcción de un Centro de Educación Secundaria, por lo que el inmueble queda afecto a la Conserjería de Educación y Cultura. La finca cedida deberá ser destinada al uso señalado en el plazo máximo de cinco años. Dicho destino deberá ser mantenido durante al menos los treinta años siguientes. El incumplimiento de cualquiera de los plazos establecidos en los apartados anteriores, dará lugar a la reversión de pleno derecho de la finca cedida al patrimonio de la Corporación, con todas sus pertenencias y accesiones, y sin derecho a indemnización alguna. Tercero.- Que se inscriba el inmueble cedido a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el Registro de la Propiedad correspondiente. Cuarto.- Facultar a la Directora General de Patrimonio para la realización de cuantos actos sean necesarios para proceder a la ejecución material de la aceptación del citado inmueble, incluida la formalización de la correspondiente escritura pública de cesión. Quinto.- Que se tome nota del contenido del presente Decreto en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Dado en Murcia, 30 de diciembre de 2004.¿El Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso.¿La Consejera de Hacienda, Inmaculada García Martínez. ¿TXF¿ ¿¿