¿OC¿ Consejería de Hacienda ¿OF¿¿SUC¿ 14585 Decreto número 120/2004, de 5 de noviembre, por el que se acepta la cesión gratuita, a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de la propiedad de un solar, sito en Mazarrón, con destino a la construcción de una oficina de empleo. ¿SUF¿¿TXC¿ El Excmo. Ayuntamiento de Mazarrón, en sesión plenaria celebrada el 30 de marzo de 2004, adoptó el acuerdo de ceder gratuitamente a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para su adscripción al Servicio Regional de Empleo y Formación, la propiedad de un solar de 226 metros cuadrados, sito en Mazarrón, con destino a la construcción de una oficina de empleo. Visto el artículo 46.1 de la Ley 3/92, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Visto el expediente instruido al efecto por la Dirección General de Patrimonio, los informes emitidos al respecto, y a propuesta de la Consejera de Hacienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 5 de noviembre de 2004. Dispongo: Primero.- Aceptar la cesión gratuita, efectuada por el Excmo. Ayuntamiento de Mazarrón, de la propiedad del solar cuya descripción es la siguiente: «Una casa, hoy solar, en la calle Lardines, 16, de Mazarrón, de cabida 226 metros cuadrados y cuyos linderos son: Derecha entrando, otra de don Ginés José Vivancos Francés; izquierda, la de Alfonso Méndez, y espalda la de Andrés Acosta Acosta y calle Farol». Valor: Cincuenta y siete mil cuarenta y seis euros (57.046 ¿). Inscripción: Figura en el Registro de la Propiedad de Mazarrón, tomo 172, libro 32, folio 50, finca número 2.128, inscripción 7.ª La referida finca se encuentra libre de cargas y gravámenes. Segundo.- El citado inmueble se acepta con destino a la construcción de una Oficina de Empleo, por lo que el inmueble queda adscrito al Servicio Regional de Empleo y Formación. La cesión estará sujeta a las siguientes condiciones: - El solar será dedicado a la construcción de una oficina de empleo. - El edificio que se construya constará de bajo, primera y segunda planta. - La Consejería de Trabajo, Consumo y Política Social, Servicio Regional de Empleo y Formación, no podrá cambiar el destino del edificio, ni utilizarlo para usos distintos del expresado. Tampoco podrá arrendar, traspasar, ni ceder a terceros, ni siquiera a título de precario. - En caso de que en el plazo de cinco años no se llegue a realizar dicha instalación, el bien revertirá al Ayuntamiento para lo cual la Consejería de Trabajo, Consumo y Política Social deberá dejarlo libre y expedito. - Al término de la construcción la Consejería de Trabajo, Consumo y Política Social, Servicio Regional de Empleo y Formación, deberá ceder al Ayuntamiento de Mazarrón la segunda planta del citado edificio, previo pago, por parte de éste, de los gastos de construcción de la misma que deberán acreditarse mediante las oportunas certificaciones de obras. Tercero.- Que se inscriba el inmueble cedido a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el Registro de la Propiedad correspondiente. Cuarto.- Facultar a la Directora General de Patrimonio para la realización de cuantos actos sean necesarios para proceder a la ejecución material de la aceptación del citado inmueble, incluida la formalización de la correspondientes escritura pública de cesión. Quinto.- Que se dé de alta el nuevo bien en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Dado en Murcia, 5 de noviembre de 2004.¿El Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso.¿La Consejera de Hacienda, Inmaculada García Martínez. ¿TXF¿ ¿¿