¿OC¿ Consejería de Educación y Cultura ¿OF¿¿SUC¿ 8163 Decreto número 55/2004, de 4 de junio, por el que se crea un colegio público de Educación Infantil y Educación Primaria en la localidad de Alhama de Murcia. ¿SUF¿¿TXC¿ La previsión de necesidades de escolarización para próximos cursos escolares, de acuerdo con el análisis de los datos de la localidad de Alhama de Murcia, referidos a los niveles de Educación Infantil y Educación Primaria, obliga a modificar la planificación escolar que afecta a los centros públicos existentes en la misma, a fin de conseguir un mejor aprovechamiento de los recursos materiales y personales disponibles. La modificación de los datos de escolarización viene determinada por el aumento de la demanda de puestos escolares, debido al incremento demográfico que se está dando en la citada localidad, requiriendo una respuesta por parte de la Administración educativa a dicha demanda con la creación de nuevas unidades escolares. De conformidad con las competencias atribuidas a la Consejería de Educación y Cultura en materia de Educación en toda su extensión, niveles y grados, y modalidades por el Decreto 72/2003, de 11 de julio («Boletín Oficial de la Región de Murcia» de 14 de julio), por el que se establecen los Órganos Directivos de la Consejería de Educación y Cultura. En virtud de lo anterior y de acuerdo con lo establecido en el artículo diecisiete de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 4 de junio de 2004, Dispongo Artículo único. Se crea el colegio público de educación infantil y educación primaria número 6 (Código 30018199), situado en Camino de Almendricos, Plan Parcial Residencial El Raal, de Alhama de Murcia. Disposición adicional primera. Nombramiento del Director provisional. La Consejería de Educación y Cultura nombrará de forma provisional al Director del colegio público que se crea mediante el presente Decreto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 91.2 de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, y teniendo en cuenta el contenido del apartado undécimo, punto 2, de la Orden de la Consejería de Educación y Cultura de fecha 27 de mayo de 2004 («Boletín Oficial de la Región de Murcia» del 29), por la que se regula y convoca concurso de méritos para la selección y nombramiento de Directores de centros docentes públicos en el ámbito de gestión de esta Comunidad Autónoma. Disposición adicional segunda. Constitución del Consejo Escolar. La constitución del Consejo Escolar del colegio público que se crea por el presente Decreto se realizará una vez se haya desarrollado el proceso de elección de los representantes de los distintos sectores de su comunidad educativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.3 del Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria, aprobado por Real Decreto 82/1996, de 26 de enero. Disposición final primera. Por el Consejero de Educación y Cultura se adoptarán las medidas necesarias para la ejecución del presente Decreto, acordándose, asimismo, lo procedente en relación con la dotación de personal a este centro. Disposición final segunda. Entrada en vigor. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». Dado en Murcia, 4 de junio de 2004.¿El Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso.¿El Consejero de Educación y Cultura, Juan Ramón Medina Precioso. ¿TXF¿ ¿¿