¿OC¿ Consejería de Educación y Cultura ¿OF¿¿SUC¿ 7582 Decreto n.º 50/2004 de 21 de mayo de 2004, por el que se dispone la creación del conservatorio profesional de música de Cieza y se autorizan las enseñanzas a impartir en el mismo. ¿SUF¿¿TXC¿ Con fecha 2 de abril de 2004, el Consejo de Gobierno de la Región de Murcia autorizó la firma de un convenio marco de colaboración entre la Consejería de Educación y Cultura de la Región de Murcia y el Ayuntamiento de Cieza para la creación de un conservatorio profesional de música de titularidad municipal. Dicho convenio, se acoge a lo establecido en la disposición adicional 2ª.2 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, y fue suscrito el cinco de abril de 2004. El Ayuntamiento de Cieza remitió a esta Consejería la memoria a la que se refiere la cláusula séptima del citado convenio marco. Cumplidas las condiciones que recoge el convenio marco de colaboración arriba citado, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 21 de mayo de 2004 Dispongo Artículo 1. Se crea el conservatorio profesional de música de titularidad municipal que se describe a continuación, promovido por el Ayuntamiento de Cieza y objeto del convenio marco firmado al efecto el cinco de abril de 2004: Código del centro: 30018187. Denominación genérica: Conservatorio Profesional de Música de Cieza. Denominación específica: Sin determinar. Titular: Ayuntamiento de Cieza. Domicilio: Calle Cadenas, 6. Localidad: Cieza. Municipio: Cieza. Provincia: Murcia. Enseñanzas autorizadas: Grado medio de música, en las especialidades de acordeón, clarinete, contrabajo, flauta travesera, guitarra, percusión, piano, saxofón, trombón, trompeta, tuba, viola, violín, violonchelo Núm. puestos escolares: Ciento ochenta (180). Artículo 2º.- El citado conservatorio implantará progresivamente, año a año, los sucesivos cursos de las enseñanzas autorizadas en el artículo anterior, comenzando con el primer ciclo del grado medio (cursos primero y segundo) el año académico 2004-2005. Artículo 3º. El conservatorio creado por este Decreto tiene el carácter de centro público y adecuará su organización y funcionamiento a cuanto prevé el ordenamiento jurídico para los conservatorios de música. Disposiciones adicionales Primera.- Requerirán autorización, por Orden del Consejero de Educación y Cultura, la modificación de las enseñanzas autorizadas y de los demás elementos identificadores del conservatorio tal como quedan definidos en el artículo 1 de este Decreto. Disposiciones finales Primera.- Se autoriza al Consejero de Educación y Cultura a dictar cuantas otras disposiciones sean necesarias para la ejecución y desarrollo de lo dispuesto en este Decreto. Segunda.-. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». Dado en Murcia, a 21 de mayo de 2004.¿El Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso.¿El Consejero de Educación y Cultura, Juan Ramón Medina Precioso. ¿TXF¿ ¿¿