¿OC¿ Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente ¿OF¿¿SUC¿ 6923 Decreto n.º 51/2003, de 30 de mayo de 2003, por el que se derogan el Decreto 51/92, de 21 de mayo, que establece un sistema de ayudas para la mejora de la explotación y conservación de los recursos hídricos de uso agrícola de la Región de Murcia, y el Decreto 42/1996, de 13 de junio, por el que se modifica el anterior. ¿SUF¿¿TXC¿ El Decreto 51/1992, de 21 de mayo de 1992, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca, por el que se establece un sistema de ayudas para la mejora de la explotación y conservación de los recursos hídricos de uso agrícola, y el Decreto 42/1996, de 13 de junio, que modifica el anterior, se han justificado suficientemente como una herramienta eficaz hacia los agricultores para sus proyectos de inversión en infraestructuras de riego que presentan sus Comunidades de Regantes. Durante el periodo de vigencia de esta norma, han sido muy numerosas las Comunidades de Regantes que, en una o varias ocasiones, se han beneficiado de esas ayudas. El 3 de julio de 1999 entró en vigor el Reglamento (CE) 1257/99, del Consejo sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del FEOGA, que establece el marco de las ayudas comunitarias en favor de un desarrollo rural sostenible. Este Reglamento establece un marco de referencia único para la política ya reconocida como el «segundo pilar» de la PAC reformada. Este marco se completa con el Reglamento (CE) 1750/99 y por el Reglamento (CE) 2075/2000 de la Comisión, que regulan las disposiciones de aplicación de las medidas y la gestión de los programas del Reglamento (CE) 1257/99. La aprobación del Plan Hidrológico de la Cuenca del Segura, del Plan Hidrológico Nacional y el Plan Nacional de Regadíos, con sus objetivos y sus herramientas habilitadas para conseguirlos, abren una nueva dimensión para nuestra Región, que es conveniente aprovechar y complementar con el esfuerzo adicional necesario de la Administración Regional. Procede, por tanto, que la Comunidad Autónoma desarrolle un sistema de gestión de ayudas para modernizar los regadíos que garantice la fácil accesibilidad al mismo de los potenciales beneficiarios, una eficiente ejecución de los recursos y una operativa tramitación de los procedimientos de pago, así como asegurar un control adecuado del grado de cumplimiento de los objetivos y de la ejecución de las acciones. Todo ello sin ninguna expansión territorial del regadío regional, propiciando únicamente la consolidación del regadío existente. Por ello, se sustituirán las normas vigentes por una Orden de la Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, regulando las ayudas a la mejora y modernización de regadíos de las Comunidades de Regantes de acuerdo con la moción aprobada por la Asamblea Regional. Procede por tanto la derogación de las normas hasta ahora vigentes. Por lo expuesto, en virtud de las atribuciones conferidas, a propuesta del Consejero de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su Sesión del día 30 de mayo de 2003, Dispongo Artículo 1.- Derogación. Se derogan el Decreto 51/1992 de 21 de mayo, por el que se establece un sistema de ayudas para mejora de la explotación y conservación de los recursos hídricos de uso agrícola de la Región de Murcia, y el Decreto 42/1996 de 13 de junio, por el que se modifica el anterior. Disposición Final.- Entrada en vigor. El presente Decreto entrará en vigor a partir del día siguiente de la publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». En Murcia, a 30 de mayo de 2003.¿El Presidente de la Comunidad Autónoma, Ramón Luis Valcárcel Siso.¿El Consejero de Agricultura, Agua y Medio Ambiente, Antonio Cerdá Cerdá. ¿TXF¿ ¿¿