¿OC¿ Consejería de Educación y Cultura ¿OF¿¿SUC¿ 7927 Decreto n.º 107/2002, de 26 de julio, por el que se crea el conservatorio profesional de música de Caravaca de la Cruz y se autorizan las enseñanzas a impartir en el mismo. ¿SUF¿¿TXC¿ Con fecha 20 de julio de 2001, el Consejo de Gobierno de la Región de Murcia autorizó la firma de un convenio marco de colaboración entre la Consejería de Educación y Universidades de la Región de Murcia y el Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz para la creación de un conservatorio profesional de música de titularidad municipal. Dicho convenio se acoge a lo establecido en la disposición adicional 2.ª2 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, y fue suscrito el 31 de julio de 2001. El Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz remitió a la citada Consejería la memoria a la que se refiere la cláusula séptima del convenio marco y, posteriormente, el proyecto de construcción del edificio que será sede definitiva del Conservatorio. Visto lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su sesión del día 26 de julio de 2002 DISPONGO Artículo 1. Se crea el conservatorio profesional de música de titularidad municipal que se describe a continuación, promovido por el Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz y objeto del convenio marco firmado al efecto el 31 de julio de 2001: Código del centro: 30017894 Denominación genérica: Conservatorio Profesional de Música de Caravaca de la Cruz Denominación específica: Sin determinar Titular: Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz Domicilio: Polígono SCR2, sin número Localidad: Caravaca de la Cruz Municipio: Caravaca de la Cruz Provincia: Murcia Enseñanzas autorizadas: Grado medio de música, en las especialidades de flauta travesera, clarinete, saxofón, trompeta, trombón, tuba, percusión, piano, guitarra, violín, viola, violonchelo y contrabajo. Núm. puestos escolares: Ciento ochenta (180). Artículo 2. El citado conservatorio implantará progresivamente, año a año, los sucesivos cursos de las enseñanzas autorizadas en el artículo anterior, comenzando con el primer ciclo del grado medio (cursos primero y segundo) el año académico 2002-2003. Artículo 3. El conservatorio creado por este Decreto tiene el carácter de centro público y adecuará su organización y funcionamiento a cuanto prevé el ordenamiento jurídico para los conservatorios de música. Disposiciones adicionales Primera.- En tanto no concluyan las obras del edificio que será sede definitiva del centro, el Conservatorio Profesional de Música de Caravaca de la Cruz desarrollará sus actividades en el actual edificio de la Escuela Municipal de Música, ubicado en la calle Escritor Gregorio Javier, número 21, de dicha localidad Segunda.- Requerirán autorización, por Orden del Consejero de Educación y Cultura, a) La modificación de las enseñanzas autorizadas y de los demás elementos identificadores del conservatorio tal como quedan definidos en el artículo 1 de este Decreto, y b) El traslado del conservatorio a su sede definitiva, una vez finalicen las obras de adecuación de la misma. Disposiciones finales Primera.- Se autoriza al Consejero de Educación y Cultura a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la ejecución y desarrollo de lo dispuesto en este Decreto. Segunda.-. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». Dado en Murcia a 26 de julio de 2002.¿El Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso.¿El Consejero de Educación y Cultura, Fernando de la Cierva Carrasco. ¿TXF¿ ¿¿