¿OC¿ Consejería de Educación y Cultura ¿OF¿¿SUC¿ 6468 Decreto nº 105/2002 de 21 de junio, por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de monumento, la Casa del Tío Lobo, en Portmán, La Unión (Murcia). ¿SUF¿¿TXC¿ El artículo 10.UNO.14 de la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, del Estatuto de Autonomía para la Región de Murcia, establece la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de patrimonio cultural, histórico, arqueológico, monumental, artístico, paisajístico y científico de interés para la Región. La Dirección General de Cultura, por Resolución de 11 de marzo de 1991, incoó expediente de declaración como Bien de Interés Cultural con categoría de Monumento, a favor de la «Casa del Tío Lobo, en Portmán, La Unión (Murcia). De acuerdo con el artículo 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en la tramitación del expediente emitió informe la Academia Alfonso X el Sabio señalando el valor arquitectónico y artístico del edificio y la necesidad de protegerlo. En consecuencia, terminada la instrucción del expediente, la Consejería de Educación y Cultura considera que procede declarar bien de interés cultural, con categoría de Monumento, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Ley citada. En virtud de lo expuesto y, de acuerdo con lo establecido en los artículos 6 y 9.1 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, según interpretación del Tribunal Constitucional, en sentencia 17/1991, de 31 de enero, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura y previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia del día 21 de junio de 2002 DISPONGO   Artículo 1 Se declara bien de interés cultural, con categoría de Monumento, la Casa del Tío Lobo, en Portmán, La Unión (Murcia), según descripción que figura en el anexo I y documentación y planos que obran en su expediente. Artículo 2 Se define el entorno de protección del Monumento con la delimitación que consta en el anexo II y en el plano que se encuentra en su expediente. Dado en Murcia a 21 de junio de dos mil dos.¿El Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso.¿El Consejero de Educación y Cultura, Fernando de la Cierva Carrasco.   ANEXO I   Descripción   La Casa del Tío Lobo, Zapata o Casa Grande en Portmán, pertenece a la tipología arquitectónica de «Hotelito» al estilo francés. Se construye en una localidad que surge gracias a la minería entre mediados del siglo XIX y comienzos del siglo XX, y se puede considerar que se encuentra entre la tradicional villa de recreo de la familia Zapata, propietaria de muchas de las minas, fábricas y fundiciones del entorno, y la evidente intención áulica de su propietario de significarse sobre sus convecinos. Se trata de un edificio de traza rectangular que consta de planta baja y un primer piso muy amplio. Aunque en esencia nos recuerda a los de su entorno, no se parece a las viviendas de tipo tradicional, el amplio jardín de que dispone en el frente principal, la diferencia con mucho del resto de las construcciones. La casa del Tío Lobo aparenta «pretenciosa» frente a las humildes viviendas de los mineros de la zona de Portmán, pero tiene similitudes muy cercanas a las construidas por los mineros ricos de La Unión: cubiertas de terrado plano, formas cúbicas y ladrillo visto. La decoración de las embocaduras de los vanos, las grandes dimensiones de la edificación, le confieren el deseado sentido áulico de la burguesía. Los guardapolvos de los balcones están decorados con cariátides, veneras y orejas de cerdo, detalle éste muy difundido por el barroco andaluz.   La nota más exótica de la edificación la confiere el mirador tipo templete muy volado sobre la calle, está cubierto por una cúpula bulbosa de cinc. Las fachadas laterales y traseras son de ladrillo, y dinteles de hierro, los trabajos de carpintería están inspirados en el modernismo catalán.   El interior se distribuía de la forma tradicional de la fecha de su construcción, es decir, la planta baja se utilizaba como zona de oficinas y la primera planta como vivienda, que constaba de seis dormitorios, una sala de labores, un comedor y una cocina, un baño y dos aseos.   El inmueble está precedido en la fachada principal por un patio-jardín vallado con verja de hierro, en cuyo centro se sitúa una fuente circular de piedra, constituyéndose todos estos elementos como partes integrantes del inmueble protegido.   ANEXO II   Delimitación del entorno   La Casa del Tío Lobo y el jardín anexo ocupan en el plano catastral la manzana 96290, parcelas 01 y 02 respectivamente, y se encuentran situados entre la Plaza Zapata y las Calles Caridad, Martín Alonso y García Alix.   El entorno de protección viene definido por la línea exterior que bordea el perímetro de las manzanas y parcelas que a continuación se detallan conteniendo todos los espacios públicos en ella recogidos.   Definición literal: Manzana 97306, completa. Manzana 97298, parcelas 01, 07 y 06, completas. Manzana 97297, parcela 01, completa. Manzana 97296, parcela 01, completa. Manzana 96295, parcelas 13, 12 y 11 completas. Manzana 96296, parcela 03, completa. Manzana 96297, parcelas 07, 06, 05 y 04 completas. Manzana 96298, parcela 03, completa. Manzana 96305, parcelas 21, 20, 19, 18, 17 y 16, completas.   Este entorno está justificado por constituir el espacio visual y ambiental inmediato, en el que cualquier intervención puede suponer una alteración de las condiciones de percepción del bien y carácter que lo define.   Todo ello según plano que obra en el expediente y que fue publicado, junto al anuncio de la Dirección General de Cultura, abriendo periodo de información pública del indicado expediente en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», número 70, de 24 de marzo de 2000. ¿TXF¿ ¿¿