¿OC¿ Consejería de Economía y Hacienda ¿OF¿¿SUC¿ 11261 Decreto número 73/2001, de 19 de octubre, por el que se acepta la cesión gratuita, a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de la Propiedad de un solar en Alquerías (Murcia), efectuada por el Ayuntamiento de esta capital. ¿SUF¿¿TXC¿ El Excmo. Ayuntamiento Pleno de Murcia, en sesión celebrada el día 29 de marzo de 2001, adoptó el Acuerdo de ceder gratuitamen`te a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia la propiedad de un solar de 5.775,89 m2, sito en Alquerías (Murcia), con destino a la ampliación del Instituto de Formación Profesional colindante. Vistos los arts. 109 y ss. del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (Real Decreto 1.372/86, de 13 de junio) y el art. 46.1 de la Ley 3/92, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Visto el expediente instruido al efecto por la Dirección General de Patrimonio, los informes emitidos al respecto, y a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 19 de octubre de 2.001. D I S P O N G O PRIMERO.- Aceptar la cesión gratuita efectuada por el Excmo. Ayuntamiento de Murcia de la propiedad del solar, cuya descripción es la siguiente: Parcela de equipamiento 9a.- Manzana 9ª. Situada en término de Murcia, partido de Alquerías, perteneciente a la Unidad de Ejecución IV del Estudio de detalle Alquerías Sur. Tiene una superficie de cinco mil setecientos setenta y cinco metros, ochenta y nueve decímetros cuadrados (5.775,89 m2). Linda: Norte, Límite U. E. IV; Sur, Límite U. E. IV, resto equipamiento 9a; Este, Límite U. E. IV; y Oeste, bloques 18 y 19. Volumen edificable: 17.327,67 m3. Valor: ochenta y seis millones seiscientas treinta y ocho mil trescientas cincuenta pesetas (86.638.350 ptas.), equivalentes a quinientos veinte mil setecientos seis euros y noventa y siete céntimos (520.706,97 euros). Inscripción: En el Registro de la Propiedad de Murcia nº 7, en el libro 85 de la sección 3ª, al folio 199, la finca 6.791, su 1ª inscripción. La referida finca se encuentra libre de cargas y gravámenes, según certificación del Registro de la Propiedad. SEGUNDO.- El citado inmueble se acepta para su destino a la ampliación del Instituto de Formación Profesional colindante. La finca cedida deberá ser destinada al uso señalado en el plazo máximo de cinco años. Dicho destino deberá mantenerse durante, al menos, los treinta años siguientes. El incumplimiento de cualquiera de los plazos establecidos en los apartados anteriores dará lugar a la reversión de pleno derecho de la finca cedida al patrimonio de la citada Corporación, con todas sus pertenencias y accesiones, y sin derecho a indemnización alguna. TERCERO.- Que se inscriba el inmueble cedido a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el Registro de la Propiedad correspondiente. CUARTO.- Facultar a la Directora General de Patrimonio para la realización de cuantos actos sean necesarios para proceder a la ejecución material de la aceptación del citado inmueble, incluida la formalización de la correspondiente escritura pública de cesión. QUINTO.- Que se dé de alta el nuevo bien en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Murcia, 19 de octubre de 2001.¿El Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso.¿El Consejero de Economía y Hacienda, Juan Bernal Roldán. ¿TXF¿ ¿¿