¿ O C ¿ Consejería de Economía y Hacienda ¿ O F ¿ ¿ S U C ¿ 7314 Decreto número 89/2000, de 22 de junio, por el que se acepta la cesión gratuita, a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de la propiedad del inmueble denominado ¿Antiguo Banco de España¿, sito en Cartagena. ¿ S U F ¿ ¿ T X C ¿ El Ayuntamiento-Pleno de Cartagena, en sesión celebrada el día 20 de diciembre de 1.999, adoptó el Acuerdo de ceder gratuitamente a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia la propiedad del inmueble denominado ¿Antiguo Banco de España¿, situado en c/ Campos, n.º 4 de Cartagena, con el fin de destinarlo a uso o servicios públicos. Vistos los artículos 109 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (Real Decreto 1.372/86, de 13 de junio) y el art. 46.1 de la Ley 3/92, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Visto el expediente instruido al efecto por la Dirección General de Patrimonio, los informes emitidos al respecto y a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 22 de junio de 2000. D I S P O N G O PRIMERO.- Aceptar la cesión gratuita efectuada por el Excmo. Ayuntamiento de Cartagena de la propiedad del inmueble denominado ¿Antiguo Banco de España¿, situado en c/Campos nº 4 de Cartagena, cuya descripción es la siguiente: ¿URBANA, Edificio marcado con el número cuatro de la calle de Campos de esta Ciudad de Cartagena. Consta de cinco plantas. Su superficie es de ochocientos doce metros y cuarenta y un centímetros cuadrados. La superficie edificada en todas sus plantas es de dos mil seiscientos ochenta y ocho metros, dos decímetros y veinte centímetros cuadrados. Linda por el Norte, en línea de veintisiete metros y noventa y dos centímetros, con la calle de Campos; por la derecha, entrando y Oeste, en línea de veintiséis metros y noventa centímetros con el Edificio de la Delegación de Hacienda, propiedad del Estado; por la espalda o Sur, en línea quebrada que tiene cinco alineaciones que se cortan entre sí en ángulos sensiblemente rectos, formando dos ángulos entrantes y otros dos salientes y unas longitudes de izquierda a derecha, de ocho metros y treinta centímetros, tres metros, diez y seis metros y treinta y cinco centímetros, dos metros y un metro y setenta y dos centímetros, con las casas número veinte de la calle de Jara y por el Este o izquierda, en línea de treinta y seis metros y diez y seis centímetros, con la calle de Palas.¿ Inscripción: Inscrita en el Registro de la Propiedad n.º 1 de Cartagena al tomo 2498, libro 221, sección 1.ª, folio 161, finca número 8.693, inscripción 3.ª La referida finca se encuentra libre de cargas, según certificación del Registro de la Propiedad. Valor del inmueble: doscientos veintiocho millones ochocientas mil pesetas. (228.800.000.- ptas.). TERCERO.- Destinar el inmueble al uso o servicios públicos, así como aceptar la reversión a favor del Banco de España en las mismas condiciones que tiene aceptadas el Ayuntamiento de Cartagena. Dicha finalidad deberá cumplirse en un plazo máximo de tres años, debiendo mantenerse su destino durante los treinta años siguientes. CUARTO.- En el caso de no cumplirse la finalidad prevista durante los plazos expresados en el artículo tercero, los bienes revertirán al patrimonio de la corporación municipal, con todas sus pertenencias y accesiones, sin derecho a indemnización. QUINTO.- Que se inscriba el inmueble cedido a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el Registro de la Propiedad correspondiente. SEXTO.- Facultar a la Directora General de Patrimonio para la realización de cuantos actos sean necesarios para proceder a la ejecución material de la aceptación de la cesión del citado inmueble, incluida la formalización de la correspondiente escritura pública de cesión. SÉPTIMO.- Que se dé de alta el nuevo bien en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Dado en Murcia, 22 de junio de 2000.¿El Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso.¿El Consejero de Economía y Hacienda, Juan Bernal Roldán.