¿ O C ¿ Consejería de Educación y Cultura ¿ O F ¿¿ S U C ¿ 5220 Decreto n.º 29/2000, de 4 de mayo, por el que se crea un Colegio Público de Educación Infantil y Educación Primaria en la localidad de Puente Tocinos (Murcia). ¿ S U F ¿¿ T X C ¿ La previsión de necesidades para el próximo curso escolar, de acuerdo con el análisis de los datos de escolarización de la localidad de Puente Tocinos (Murcia), referidos a los niveles de Educación Infantil y Educación ¿CPI¿¿PC¿ Página 5760 ¿ P F ¿ ¿ F C ¿ Viernes, 12 de mayo de 2000 ¿FF¿¿NC¿ Número 109 ¿NF¿¿CPF¿ ¿NIC¿ BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA ¿NIF¿ Primaria, obliga a modificar la planificación escolar que afecta a los centros públicos ubicados en la citada localidad, a fin de conseguir un mejor aprovechamiento de los recursos materiales y personales disponibles. Lo que viene determinado por el aumento de la demanda de puestos escolares, debido al incremento demográfico que en la misma se está dando, precisando una respuesta por parte de la Administración educativa a dicha demanda con la creación de nuevas unidades escolares. Considerando que mediante Real Decreto 938/1999, de 4 de junio (B.O.E. del 30) se traspasan las funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en materia de enseñanza no universitaria, en concreto en el Anexo de dicho Real Decreto, en la letra B) apartado d), se traspasan a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y ésta asume mediante el Decreto 52/1999, de 2 de julio (B.O.R.M. del 2) las competencias, funciones y atribuciones que respecto a los centros públicos confiere al Ministerio de Educación y Cultura la legislación aplicable. Que en el artículo primero del Decreto del Consejo de Gobierno 147/1999, de 16 de diciembre (B.O.R.M. del 17) se disponen las competencias que corresponden a la Consejería de Educación y Cultura, entre las que se encuentran la propuesta y ejecución de las directrices generales del Gobierno Regional en materia de Educación, de Cultura y Universidades, concretándose en las de educación en toda su extensión niveles y grados, modalidades y especialidades. En virtud de lo anterior, y de acuerdo con lo establecido en el artículo diecisiete de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, a propuesta del Consejero de Educación y Cultura y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día cuatro de mayo de dos mil. D I S P O N G O Artículo único. Se crea el colegio público de educación infantil y educación primaria nº 4 (código 30012938), situado en la localidad de Puente Tocinos, municipio de Murcia. Disposición adicional primera. Nombramiento de Director provisional. En el colegio público creado mediante el presente Decreto la Consejería de Educación y Cultura nombrará al Director de forma provisional, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.3 de la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, la evaluación y el gobierno de los centros docentes. Disposición adicional segunda. Constitución del Consejo Escolar. La constitución del Consejo Escolar del colegio público creado por el presente Decreto se realizará una vez se haya desarrollado el proceso de elección de los representantes de los distintos sectores de su comunidad educativa, de acuerdo con la normativa vigente. Disposición final. Entrada en vigor. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». Dado en Murcia, a cuatro de mayo de dos mil.¿El Presidente en funciones, Antonio Gómez Fayrén.¿El Consejero de Educación y Cultura, Fernando de la Cierva Carrasco.