¿ O C ¿ Consejería de Economía y Hacienda ¿ O F ¿¿ S U C ¿ 10710 DECRETO N.º 123 /1999, de 2 de septiembre, por el que se acepta la cesión gratuita de la propiedad de una parcela en Murcia a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia con destino a la instalación de la Imprenta Regional. ¿ S U F ¿¿ T X C ¿ Con fecha 27 de mayo de 1999 el Ayuntamiento Pleno de Murcia adoptó el Acuerdo de ceder una parcela de propiedad municipal de 6.139 m2 de superficie, a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia con destino a la instalación de la Imprenta Regional y otros equipamientos públicos. Vistos los arts. 110 y s.s. del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (Real Decreto 1.372/86, de 13 de junio) y el art. 46.1 de la Ley 3/92, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Visto el expediente instruido al efecto por la Dirección General de Patrimonio, y a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 2 de septiembre de 1999. DISPONGO Primero.- Aceptar la cesión gratuita de la propiedad de la parcela cuya descripción es la siguiente: ¿Parcela A de seis mil ciento treinta y nueve metros cuadrados, situada en término de Murcia, partido de Monteagudo, y que linda: a Norte, parcela B; a Este y Sur, casco urbano, y a Oeste, vial nuevo sobre el Camino Viejo de Monteagudo¿. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Murcia-1, sección 7.ª, libro 180, folio 46, finca n.º 20.526, inscripción 1.ª, a favor del Ayuntamiento de Murcia por título de adjudicación en sistema de compensación. Libre de cargas y gravámenes. Valoración: 91.115.550 pesetas. Segundo.- Destinar la parcela a la instalación de la Imprenta Regional y otros equipamientos públicos. Dicho destino deberá ser cumplido en el plazo máximo de cinco años. Debiendo ser mantenido durante, al menos, los treinta años siguientes. Tercero.- En el caso de no cumplirse la finalidad prevista durante los plazos expresados en el artículo anterior, el bien revertirá al patrimonio privado de la corporación municipal. Cuarto.- Que se inscriba el inmueble cedido a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el Registro de la Propiedad correspondiente. Quinto.- Facultar a la Directora General de Patrimonio para la formalización de la correspondiente escritura pública de cesión, y la realización de cuantos actos sean necesarios para proceder a la ejecución material de la aceptación de la cesión del citado inmueble. Sexto.- Que se dé de alta el nuevo bien en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Dado en Murcia a dos de septiembre de mil novecientos noventa y nueve.¿El Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso.¿El Consejero de Economía y Hacienda, Juan Bernal Roldán.