¿OC¿ Consejería de Presidencia ¿OF¿¿SUC¿ 7708 Decreto número 27/1999, de 29 de abril, por el que se concede la Medalla de Oro de la Región de Murcia en favor de las Comunidades Murcianas asentadas fuera de la Región de Murcia. ¿SUF¿¿TXC¿ El Artículo 7 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia encomienda a los poderes públicos la prestación de una especial atención a los emigrantes murcianos y la aprobación de una Ley de la Asamblea Regional que regule el reconocimiento de las comunidades murcianas asentadas fuera de la Región y su derecho a colaborar y compartir la vida social y cultural de la misma. En este sentido, por Ley Regional 9/1986, de 9 de diciembre, sobre reconocimiento de las comunidades murcianas asentadas fuera de la Región, se vino a configurar el marco jurídico adecuado para poder adoptar las medidas necesarias para garantizar a todos los murcianos, ubicados fuera de su ámbito territorial, al igual que las asociaciones en que se agrupan y sus respectivos centros sociales, el reconocimiento de su condición, así como el derecho a colaborar y participar en la vida social y cultural de Murcia. Transcurridos casi trece años desde la aprobación de la citada Ley, se ha puesto de manifiesto la importancia que para la Región supone contar con estos conciudadanos que, por una razón u otra, no pueden convivir entre nosotros en su propia tierra pero que, sin embargo, se han convertido en los auténticos embajadores de la Región de Murcia, de su cultura, de su historia y tradiciones, de su folklore y gastronomía llevando por toda la geografía española el saber estar y el orgullo de ser murcianos. Por lo expuesto, vistos los artículos 4 y 5 de la Ley 7/1985, de 8 de noviembre, de Honores, Condecoraciones y Distinciones de la Comunidad Autónoma de Murcia y previo acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión del día 29 de abril de 1999, DISPONGO Conceder la Medalla de Oro de la Región de Murcia a las Comunidades Murcianas asentadas fuera de la Región reconocidas al amparo de lo dispuesto en la Ley 9/1986, de 9 de diciembre, que se relacionan en Anexo. Murcia a 29 de abril de 1999.¿El Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso.¿El Secretario del Consejo de Gobierno, Juan Antonio Megías García. ¿TXF¿ ¿¿