¿ O C ¿ Consejería de Economía y Hacienda ¿ O F ¿¿ S U C ¿ 4822 Decreto n.º 14/1999, de 18 de marzo, por el que se acepta la cesión gratuita de la propiedad de una parcela en Alcantarilla, a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con destino a la construcción de un Centro de Salud. ¿ S U F ¿¿ T X C ¿ El Ayuntamiento-Pleno de Alcantarilla, en sesión celebrada el día 24 de noviembre de 1997, adoptó el Acuerdo de ceder un solar de propiedad municipal de 6.400 m.² de superficie situado en la citada localidad a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, con destino a la construcción de un Centro de Salud. Vistos los arts. 109 y ss. del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (Real Decreto 1.372/86, de 13 de junio) y el art. 46.1 de la Ley 3/92, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Visto el expediente instruido al efecto por la Dirección General de Patrimonio, la propuesta de la Dirección General de Salud de la Consejería de Sanidad y Política Social y los informes emitidos al respecto, y a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 18 de marzo de 1999. D I S P O N G O PRIMERO.- Aceptar la cesión gratuita de la propiedad, efectuada por el Ayuntamiento de Alcantarilla, de la finca cuya descripción es la siguiente: « Rústica. Un trozo de tierra, en el término de Alcantarilla, riego del Turberal, por medio de ceña propia, llamada del Yuste. Está incluida en el polígono que delimita el Plan Parcial del Sector 2.RI ¿Avenida de Murcia¿. Tiene una superficie de seis mil cuatrocientos metros cuadrados. Linda: Norte, Este y Sur, finca matriz de la que proviene; y Oeste, límite de la Unidad de Actuación III, IV y V, ¿Camino de la Piedra¿. Valor: Sesenta y cuatro millones de pesetas (64.000.000 ptas.). Inscrita en el Registro de la Propiedad Número Tres de Murcia, al Tomo 381, Libro 312 de Alcantarilla, folio 191, Finca n.º 22.313, inscripción 1.ª La referida finca se encuentra libre de cargas y gravámenes, según certificación del Registro de la Propiedad. SEGUNDO.- El Ayuntamiento de Alcantarilla asume el compromiso de dotar a la referida parcela municipal de los servicios de agua, luz, alcantarillado, telefonía y accesos de que pudiera carecer, así como de eliminar cualquier obstáculo que impida la realización de las obras de construcción. TERCERO.- Destinar el solar a la construcción y ubicación de un Centro de Salud. Dicha finalidad deberá cumplirse en un plazo de cinco años, debiendo mantenerse su destino durante los treinta años siguientes. CUARTO.- En el caso de no cumplirse la finalidad prevista durante los plazos expresados en el artículo tercero, los bienes revertirán al patrimonio privado de la corporación municipal. QUINTO.- Que se inscriba el inmueble cedido a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el Registro de la Propiedad correspondiente. SEXTO.- Facultar al Director General de Patrimonio para la realización de cuantos actos sean necesarios para proceder a la ejecución material de la aceptación de la cesión del citado inmueble, incluida la formalización de la correspondiente escritura pública de cesión. SÉPTIMO.- Que se dé de alta el nuevo bien en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Dado en Murcia a 18 de marzo de mil novecientos noventa y nueve.¿El Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso.¿El Consejero de Economía y Hacienda, Juan Bernal Roldán