¿ O C ¿ Consejería de Economía y Hacienda ¿ O F ¿ ¿ S U C ¿ 4146 Decreto n.º 10/1999, de 4 de marzo de 1999, por el que se acepta la cesión gratuita de la propiedad de un inmueble sito en Cartagena, propiedad del Estado, con destino a la instalación de servicios integrantes de la Administración Regional. ¿ S U F ¿ ¿ T X C ¿ El Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en sesión celebrada el día 26 de marzo de 1998, acordó solicitar del Estado la cesión gratuita de un inmueble de 481,79 metros cuadrados, sito en Cartagena (Murcia), calle Jara, n.º 29, para destinarlo a la ubicación de servicios integrantes de la Administración Regional. Por Orden del Ministerio de Economía y Hacienda, de 6 de octubre de 1998, el Estado cede, a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, la propiedad del citado inmueble, por razones de utilidad publica o de interés social, para destinarlo al fin señalado. Visto el artículo 46.1 de la Ley 3/92, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Visto el expediente instruido al efecto por la Dirección General de Patrimonio, y los informes emitidos al respecto, y a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 4 de marzo de 1999. D I S P O N G O PRIMERO.- Aceptar la cesión gratuita, efectuada por el Estado, de la propiedad de la finca cuya descripción es la siguiente: Urbana: Piso bajo, destinado a local comercial, de la casa marcada con el número 6 de la calle de la Parra, hoy número 29 de la calle Jara. Superficie: 481,79 m2. Linderos: por el frente con la calle Jara, por la que se tiene acceso y en parte, con el edificio Gran Hotel y finca número 29 antiguo; por la derecha, entrando, con el citado Gran Hotel, con la calle de la Parra, a la que abre puerta, y finca número 2 de la misma calle, por el fondo, con callejón de Estereros y finca número 2; por la izquierda, con finca número 29 antiguo de la calle Jara. Internamente, por todos sus vientos, linda con el conjunto que forma el portal y hueco de escalera de acceso a los pisos. Inscripción: Inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Cartagena al tomo 2.263, libro 189, folio 46, finca número 10.965, inscripción 7ª. Referencia catastral: 79363002x67673 N0001. SEGUNDO.- Destinar el inmueble a la ubicación de servicios integrantes de la Administración Regional. TERCERO.- Si el bien cedido no fuere destinado al uso previsto en el plazo de un año o dejare de destinarse posteriormente, se considerará resuelta la cesión y revertirá al Estado, integrándose en su Patrimonio con todas sus pertenencias y accesiones, sin derecho a indemnización, teniendo el Estado derecho a percibir de la Comunidad Autónoma, previa tasación pericial, el valor de los detrimentos o deterioros experimentados por los mismos. CUARTO.- Que se inscriba el inmueble cedido a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el Registro de la Propiedad correspondiente. QUINTO.- Facultar al Consejero de Economía y Hacienda para la realización de cuantos actos sean necesarios, para proceder a la ejecución material de la aceptación de la cesión del citado inmueble, incluida la formalización de la correspondiente escritura pública de cesión. SEXTO.- Que se dé de alta el nuevo bien en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Dado en Murcia, a cuatro de marzo de mil novecientos noventa y nueve.¿El Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso.¿El Consejero de Economía y Hacienda, Juan Bernal Roldán.