¿ O C ¿ Consejería de Economía y Hacienda ¿ O F ¿ S U C ¿ 17105 Decreto n.º 71/1998, de 20 de noviembre de 1998, por el que se acepta la cesión gratuíta de la propiedad de una parcela en Murcia a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia con destino a la construcción de un edificio anexo al Auditorio y Centro de Congresos. ¿ S U F ¿ T X C ¿ Con fecha 30 de abril de 1998 el Ayuntamiento Pleno de Murcia adoptó el Acuerdo, ampliado con fecha 30 de julio de 1998, de ceder una parcela de propiedad municipal de 9.892 m² de superficie, a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia con destino a la construcción de un edificio Anexo al Auditorio y Centro de Congresos. Vistos los arts. 110 y s.s. del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales (Real Decreto 1.372/86, de 13 de junio) y el art. 46.1 de la Ley 3/92, de 30 de julio, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Visto el expediente instruído al efecto por la Dirección General de Patrimonio, y a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 20 de noviembre de 1998 D I S P O N G O PRIMERO.- Aceptar la cesión gratuíta de la propiedad de la parcela cuya descripción es la siguiente: ¿Trozo de tierra solar sito en término de Murcia, y partido de Puente Tocinos, de superficie tiene nueve mil ochocientos noventa y dos metros cuadrados y que linda: a Norte, otra propiedad del Ayuntamiento; al Este, D. Ataúlfo Morales; al Sur, resto de la finca municipal en porción destinada a calle de veinte metros de anchura; y al Oeste, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.¿ Dicha finca se segrega de una finca matriz cuya descripción es la siguiente: ¿Trozo de tierra riego moreral en término de Murcia, y partido de Puente Tocinos, pago de la Condomina, de superficie veintiún mil quinientos cuarenta metros cuadrados, y que linda: a Norte, D. José Antonio Gómez Nicolás; al Este, D. Ataúlfo Morales, herederos de D. Antonio Marín Serrano, D. Francisco García Pardo y el Camino del Cementerio Viejo; al Sur, el Río Segura, y al Oeste, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y otra propiedad del Ayuntamiento destinada a Escuela Taller.¿ Figura inscrita en el Registro de la Propiedad de Murcia- 8, Sección 6.ª, con el n.º 35.199, del folio 112, del Libro 517, Tomo 3.342, inscripción 3.ª a favor del Ayuntamiento de Murcia. Libre de cargas y gravámenes. Valoración: 247.300.000 pesetas. SEGUNDO.- Destinar la parcela a la construcción de un edificio Anexo al Auditorio y Centro de Congresos. Dicho destino deberá ser cumplido en el plazo máximo de cinco años. Debiendo ser mantenido durante, al menos, los treinta años siguientes. La Comunidad Autónoma está obligada a reservar, en el edificio a construir, un local en planta baja de 100 m2, construido y en condiciones de utilización, con destino a servicios públicos, que será cedido en pleno dominio y libre de cargas al Ayuntamiento de Murcia. Igualmente la parte de la parcela cedida que no sea ocupada por la edificación quedará afecta en todo caso al uso público. Estas condiciones deberán constar en la escritura pública de cesión de la parcela a la Comunidad Autónoma que se otorgue en su día. TERCERO.- Se autoriza a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a ceder el uso de la parcela cedida a favor y en las condiciones que se pacten con cualquier Ente de los que componen la Administración Institucional autonómica. Igualmente queda autorizada a poder constituir un derecho de superficie sobre los terrenos cedidos afectados por la edificación proyectada en las condiciones que se pacten con cualquier Ente de los que componen la Administración Institucional Autónomica. CUARTO.- En el caso de no cumplirse la finalidad prevista durante los plazos expresados en el artículo segundo, los bienes revertirán al patrimonio privado de la corporación municipal. QUINTO.- Que se inscriba el inmueble cedido a favor de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en el Registro de la Propiedad correspondiente. SEXTO.- Facultar al Director General de Patrimonio para la formalización de la correspondiente escritura pública de cesión, y la realización de cuantos actos sean necesarios para proceder a la ejecución material de la aceptación de la cesión del citado inmueble. SÉPTIMO.- Que se dé de alta el nuevo bien en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Dado en Murcia a 20 de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.¿El Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso.¿El Consejero de Economía y Hacienda, Juan Bernal Roldán.