¿ O C ¿ Presidencia ¿ O F ¿ S U C ¿ 13488 Decreto número 56/1998, de 8 de octubre, por el que se aceptan y se atribuyen a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua, los medios adscritos a la gestión encomendada en materia de agricultura, Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA). ¿ S U F ¿ T X C ¿ Por Real Decreto 1.868/1998, de 4 de septiembre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 234, de 30 de septiembre de 1998, y en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» número 226, de 30 de septiembre de 1998, se realiza el traspaso a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia de los medios adscritos a la gestión encomendada en materia de agricultura, Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA). Por su parte, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece en su artículo 12, como principio general de organización, la necesidad de atribuir expresamente la competencia a los órganos que deban ejercerla. En su virtud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21.15 de la Ley 1/1988, de 7 de enero, del Presidente, del Consejo de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, a propuesta del Vicepresidente de la Comunidad Autónoma, como Vicepresidente de la Comisión Mixta de Transferencias y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 8 de octubre de 1998 DISPONGO Artículo 1 Aceptar los medios adscritos a la gestión encomendada en materia de agricultura, Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), de titularidad estatal, transferidos a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en los términos previstos en el Real Decreto 1.868/1998, de 4 de septiembre. Artículo 2 Atribuir los medios asumidos por la Comunidad Autónoma conforme a lo establecido en el artículo anterior, a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua. Artículo 3 Por la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura y Agua se adoptarán las medidas necesarias para su aplicación y desarrollo. Disposición final El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia». Dado en Murcia a 8 de octubre de 1998.¿El Presidente, Ramón Luis Valcárcel Siso.¿El Vicepresidente, Antonio Gómez Fayrén.